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Pág. 187094 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de mayo de 2000 "La Merced de Lima", en la que se declara que se efectuarán las obras de pavimentación y sembrío de parques en un plazo máximo de 10 años. Que de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas, Arts. 17º, 18º, y 19º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC - Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitacio- nes Urbanas, contando con la opinión favorable de la Comisión de Habilitaciones Urbanas y en uso de las facul- tades previstas en el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plano de Replan- teo reajustado de Trazado y Lotización de la Asociación de Vivienda "La Merced de Lima" signado con el Nº 002- CHU-MDSJM-2000, así como la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana de Tipo Progresivo del terreno de 80,804.3850 m2 (OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON TRESCIEN- TOS OCHENTA Y CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS) ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, en sus- titución de lo aprobado por Resolución Nº 1088-88- MLM/AM-SMDU, expedida por la Municipalidad de Lima Metropolitana; en consecuencia autorízase la ins- cripción individualizada y la libre adjudicación de los lotes que la constituyen, excepto los lotes de aportes reglamentarios. Del Area Bruta de 80,804.3850 m2, corresponde a áreas útil de vivienda 47,312.80 m2 distribuidos de la siguiente manera: MANZANA Nº DE NUMERACION AREA (m2) LOTES A 22 01 al 22 3,700.00 B 42 01 al 16 y 16A al 42 6,723.00 C 14 01 al 14 2,352.00 D 16 01 al 16 2,716.00 E 34 01 al 34 5,571.00 F 36 01 al 36 6,075.00 G 43 01 al 43 7,020.00 H 32 01 al 32 5,430.00 I 27 01 al 14 y 14A al 27 4,474.00 J 20 01 al 20 3,251.00 K 02 01 y 02 1,499.00 ----------------------------------------------------------------------------- TOTAL 288 47,312.80 De la diferencia de área, corresponde 25,244.5830 m2 para Uso de Vías, 4,773.00 m2 para Recreación Pública, 1,975.00 m2 para el Ministerio de Educación, 420.00 m2 para el Local Comunal y 1,079.00 m2 para la Parroquia "La Merced". Artículo Segundo.- DECLARESE a la presente Habi- litación Urbana de TIPO PROGRESIVO, dejándose diferi- das las obras de pavimentación de calzadas y aceras, ornamentación y sembríos de parques para ser ejecutadas por los adjudicatarios de los lotes en un plazo máximo de 10 (DIEZ) años a partir de la notificación de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, esté a cargo de los interesados, estableciéndose para ello un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano, a través de la División de Obras Privadas, Habilitación Urbana y Control Urbano, incorporar la pre- sente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Miraflores. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao, para los efectos de la inscripción correspondiente en el Registro de la Pro- piedad Inmueble de Lima, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y Superintendencia de Bienes Nacionales, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 5944MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Autorizan adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCION Nº 210-00-MDCH/A Chancay, 5 de mayo de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHANCAY VISTO: El Memorándum Nº 064-00-DM/MDCH, de la Direc- ción Municipal, el que solicita se declare en situación de Urgencia la Adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, correspondiente al mes de mayo y poder convocar a nuevo proceso de selección desde el mes de julio hasta diciembre; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Comité Especial para la Adquisición de Insumos del Programa de Vaso de Leche convocó a Licitación Pública la Adjudicación Directa con Publicación, la misma que resultó beneficiario de la Buena Pro para la provisión de 239,742.15 Kilos de Hojuela de Avena, la Empresa Molinera Los Angeles S.A. por cumplir con los requisitos exigidos suscribiéndose el Contrato de Suministro de Hojuela de Avena para el Progra- ma del Vaso de Leche, con fecha 21.2.2000 de conformidad a lo dispuesto por el Art. 80º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 206-00-MDCH/ A se RESOLVIO, el Contrato de Suministro de Hojuela de Avena para el Programa del Vaso de Leche, de fecha 21.2.00 y su ADDENDUN de fecha 22 de marzo del presente Suscrito con la Empresa Molinera Los Angeles S.A.; Que, como consecuencia de dicha Resolución, el Progra- ma del Vaso de Leche, se ve perjudicado por el Suministro de Hojuelas de Avena y por consiguiente la atención de las raciones alimenticias a los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche, para el mes de mayo del presente año; Que, al no recibirse dicho insumo por los argumentos antes expuestos, estos hechos constituyen una situación de Urgencia, previstos en los Arts. 19º literal c) y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850; Que, siendo política de esta Gestión Municipal atender de manera prioritaria y oportuna los insumos para las raciones alimenticias del Programa del Vaso de Leche para el beneficio de la población; De conformidad, a lo establecido en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Arts. 19º, 20º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y Art. 44º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 039-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en SITUACION DE URGENCIA la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chancay consistente en Hojuelas de Avena por un lapso de 60 días calendario en tanto dure el desarrollo del proceso de selec- ción para adquisición del insumo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Administra- ción a través de la Unidad de Logística para que se proceda a la adquisición del insumo para el PROVAL mediante el procedi- miento de Adjudicación Directa sin Publicación en tanto dure la situación de Urgencia declarada en el Art. anterior. Artículo Tercero.- Hacer del conocimiento de la pre- sente Resolución, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario. Regístrese, comuníquese, archívese. GROVER TORRES MALAGA ZVIETCOVICH Alcalde 5956