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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2000 (28/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 187088 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de mayo de 2000 - Sr. Juan José Peñaloza Delgado Intendencia Regional Loreto - Sr. William Anatoly Cardich Menacho Intendencia Regional Junín Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 5880 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 029-2000-SEPS/CD Mediante Oficio Nº 230-2000-SEPS/OAJ la Superin- tendencia de Entidades Prestadoras de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Intendencia General Nº 046-2000-SEPS/IG, publicada en nuestra edi- ción del día 20 de mayo de 2000, en la página 186882. En el quinto considerando. DICE: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 009- 98/SEPS, de fecha 8 de mayo de 1998 se ha aprobado el Reglamento de Arbitraje y Solución de Controversias del Centro de Conciliación, Arbitraje y Solución de Controver- sias de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; DEBE DECIR: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 012- 98/SEPS, de fecha 5 de junio de 1998 se ha aprobado el Reglamento de Arbitraje y Solución de Controversias del Centro de Conciliación, Arbitraje y Solución de Controver- sias de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud; 5921 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL Nº 046-2000-SEPS/IG Mediante Oficio Nº 230-2000-SEPS/OAJ la Superin- tendencia de Entidades Prestadoras de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Intendencia General Nº 046-2000-SEPS/IG, publicada en nuestra edi- ción del día 24 de mayo de 2000, en la página 186967. En el sétimo considerando. DICE: Que, de otro lado, encontrándose Santa Cruz S.A. EPS en proceso de fusión, resulta conveniente emitir la Reco- mendación Técnica con carácter obligatorio consistente en la suspensión de nuevas afiliaciones a efectos de evitar que se eleve el de riesgos asumidos por Santa Cruz S.A. EPS; DEBE DECIR: Que, de otro lado, encontrándose Santa Cruz S.A. EPS en proceso de fusión, resulta conveniente emitir la Recomendación Técnica con carácter obligatorio consis- tente en la suspensión de nuevas afiliaciones a efectos de evitar que se eleve el riesgo asumido por Santa Cruz S.A. EPS; 5922MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban ordenanzas referidas a ampliación de cargos dirigenciales en consejos directivos de diversas orga- nizaciones, para cuidado de parques, losas y protección del niño ORDENANZA Nº 063-A-2000-SEGE-07-MDEA El Agustino, 31 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 29 de enero del año 2000, ha aprobado la: ORDENANZA DE AMPLIACION DE CARGOS DIRI- GENCIALES EN LOS CONSEJOS DIRECTIVOS DE LOS DIFERENTES PUEBLOS DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO, EXCLUSIVAMENTE PARA EL CUIDA- DO Y PROTECCION DE PARQUES, LOSAS DEPOR- TIVAS, PISTAS Y VEREDAS Y PROTECCION DEL NIÑO BASE LEGAL Artículo 2º Incs. 13) y 17) de la Constitución Política del Estado. Artículo 10º inciso 11) de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades. Ordenanza Nº 191-98 de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º incisos 13) y 17) de la Constitución Política del Estado reconoce como derecho de la persona humana a asociarse y constituir diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley, así como a participar en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación, más aún como derecho y deber de participar en el Gobierno Municipal en su jurisdicción; Que, el inciso 11) del Artículo 10º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades, establece como competencia de las Municipalidades el promover y organizar las formas de participación vecinal en el desarrollo local; Que, la actual Gestión Municipal, viene ejecutando diversas obras públicas como pistas, losas deportivas, esca- leras y otras, pero éstas vienen siendo deterioradas por cuanto no reciben el debido cuidado del pueblo receptor de la obra, esto porque se carece de una norma que establezca el compromiso del pueblo beneficiado a prestar el cuidado y mantenimiento a fin de garantizar un mayor tiempo de duración de las mismas; Que, es necesario e importante la presencia real y positiva de los vecinos en la gestión municipal, por lo cual es conveniente se organicen adecuadamente para lograr una labor eficiente al interior de sus Instituciones y el apoyo recíproco de la Municipalidad; Que, las estructuras de los cargos dirigenciales de las Organizaciones Vecinales necesitan adecuarse a la reali- dad actual de cada pueblo, esto es a la Ordenanza Nº 191- 98 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la presente Ordenanza obligando a todos los pueblos del distrito de El Agustino a ampliar en sus Juntas Directivas las Secreta- rías de Desarrollo Urbano, de Ecología y Medio Ambiente y la de Educación y Protección del Niño; Por tanto, estando a lo expuesto por votación en mayoría el Concejo acuerda: Artículo 1º.- Incluir dentro de la Estructura de Cargos Dirigenciales de las Organizaciones Vecinales del distrito de El Agustino las siguientes Secretarías: