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Pág. 187077 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de mayo de 2000 mas que regulan el concurso, sin necesidad de declaración expresa por parte de los postores. 7.5.4 La presentación de propuestas requiere el previo cumplimiento de lo señalado en las bases administrativas del concurso, así como los requisitos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Pesquería que resulten aplicables. El pago del derecho por concepto de permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras que accedan a la Pesquería del calamar gigante o pota referente al esfuerzo pesquero, podrá efectuarse hasta en 3 cuotas iguales y en un plazo no mayor de 120 días. El pago de la primera cuota se efectuará dentro de los primeros 10 días útiles de obtenida la buena pro y previo al otorgamiento del permiso de pesca. El pago de las cuotas restantes deberá efectuarse de acuerdo a lo previsto en las bases del concur- so. El pago por publicación de la Resolución autoritativa, así como el pago del Sistema de Seguimiento Satelital, serán efectuados en caso de haberse obtenido la buena pro del concurso dentro de los diez (10) días útiles siguientes a la notificación de su resultado y previo al otorgamiento del permiso de pesca. 7.5.5 Las propuestas se presentarán en sobre cerrado dirigido a la Presidencia de la Comisión, según el formato establecido en las bases administrativas, incluyendo la carta(s) fianza por el diez por ciento (10%) del monto ofrecido por el postor en los mismos términos a que se refiere el numeral 7.3.2 literal g) y conforme el modelo establecido; esta(s) carta(s) fianza garantizara los términos y condicio- nes establecidos para el concurso y tendrán una vigencia no menor de treinta (30) días calendario posteriores a la apertura de los sobres. Asimismo, debe contener las propuestas y declaraciones juradas según modelos establecidos en las bases adminis- trativas del concurso. Los postores que no obtengan la buena pro podrán solicitar al Ministerio de Pesquería la devolución de la(s) carta(s) fianza presentada(s), antes del vencimiento del período señalado. 7.5.6 Los postores que obtengan la buena pro deberán presentar dentro de los diez (10) días útiles posteriores al concurso y previo al otorgamiento del permiso de pesca la(s) carta(s) fianza por un importe equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la buena pro, según las condiciones estable- cidas para las cartas fianza en el literal g) del numeral 7.3.2., del presente Plan de Ordenamiento y en los Artículos 80º y 81ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca, en cuyo caso se procederá a la devolución de la(s) carta(s) fianza presentada(s) inicialmente. 7.6 De la recepción de propuestas 7.6.1 La recepción de propuestas se llevará a cabo en el día, hora y lugar fijados en el aviso de convocatoria. El acto es público y lo conducen el Presidente y los miembros de la comisión de recepción y evaluación de propuestas. Se dará una tolerancia de treinta (30) minutos para la recepción de propuestas. Vencida la tolerancia, no se reci- birá propuesta alguna y se procederá a la apertura de los sobres. En caso de no presentarse por lo menos dos (2) postores, el concurso será declarado desierto. La Comisión podrá, previo consentimiento expreso de los representantes auto- rizados del único postor proceder a la apertura del respec- tivo sobre. 7.6.2 Se admitirá la participación de dos (2) represen- tantes por cada postor, uno de los cuales será necesaria- mente quien, como representante legal, haya suscrito la propuesta. 7.6.3 En ejercicio de sus funciones, el Organo de Control Interno del Ministerio de Pesquería acreditará en calidad de observador, un representante durante la recepción de propuestas, el que deberá suscribir el acta respectiva. 7.6.4 La recepción de propuestas deberá contar con la presencia de un Notario Público, quien certificará la docu- mentación presentada y dará fe de lo actuado. 7.6.5 Las propuestas deberán ser presentadas en origi- nal, a la mano, en sobres cerrados, redactados en castellano y serán leídas públicamente. La comisión de recepción y evaluación rechazará las propuestas presentadas en copia, así como las que presentan enmendaduras, borraduras o correcciones. 7.6.6 Terminada la lectura de las propuestas, en la secuen- cia que determine la Comisión de Recepción, se procederá a establecer el orden de méritos y prelación provisional de los postores conforme los siguientes criterios:a) Serán descartadas las propuestas que no alcancen el valor base del derecho de pesca señalado en las bases del concurso y/o no contengan la carta fianza y los compromisos conforme el numeral 7.3.2 literales d), e) y g); b) El orden de prelación provisional se establecerá sobre la base del mayor valor ofertado por unidad de esfuerzo pesquero; La propuesta ganadora será la que ofrece el mayor valor por unidad de esfuerzo pesquero; c) De producirse un empate en el valor por unidad de esfuerzo de pesca en las ofertas originales de esta etapa, se dará preferencia a la oferta con mayor cantidad de unidades de esfuerzo; d) Si la cantidad de las unidades de esfuerzo pesquero solicitado por la empresa o armador ganador fuese inferior al ofrecido en el concurso, los demás postores podrán ade- cuar su propuesta respecto del esfuerzo de pesca, no pudien- do exceder ésta a la presentada inicialmente, para acceder al remanente no adjudicado siguiendo el orden de prelación provisional establecido hasta completar el total del esfuer- zo licitado; La aceptación por parte de los postores que deseen acceder a dicho remanente deberá constar en la respectiva acta; e) Estas ofertas se presentarán en el mismo acto del concurso, dándose preferencia a la propuesta con el mayor esfuerzo pesquero, hasta completar el total del esfuerzo licitado; f) De producirse un empate en precios y unidades de esfuerzo pesquero de las ofertas durante o en alguna de las etapas precedentes; y, si el total de las ofertas es mayor al saldo por adjudicar, el esfuerzo o su remanente se distribui- rá proporcionalmente, previa aceptación de los postores; 7.6.7 Finalizado el acto de recepción de propuestas se levantará un acta la que será firmada por los miembros de la comisión de recepción y evaluación de propuestas, los asistentes que deseen hacerlo, el Notario Público y el observador representante del Organo de Control Interno. 7.6.8 Los postores durante el acto de recepción de propuestas podrán formular observaciones, dejando cons- tancia de ello en el acta. Si el postor que hizo la observación no suscribiese el acta, se tendrá por no presentada. 7.6.9 Los postores, que hicieron observaciones y suscri- bieron el acta, tendrán derecho a interponer dentro de los dos (2) días útiles posteriores al acto de recepción y evalua- ción de propuestas, los recursos impugnativos contra los acuerdos de la comisión. 7.6.10 Si se declaran infundados los recursos de impug- nación, se ejecutará la carta fianza a que se refiere el primer párrafo del numeral 7.5.5. 7.6.11 La comisión de recepción y evaluación de pro- puestas aprobará el orden de méritos y prelación de las propuestas válidas en un plazo no mayor de dos (2) días útiles del acto de recepción de propuestas, salvo que exista una impugnación en trámite. En este caso, la comisión adoptará su acuerdo, luego que este trámite quede resuelto. Estos acuerdos constarán en actas y deberán estar debida- mente sustentados. 7.6.12 De ser el caso, la comisión podrá solicitar aclara- ciones a los postores, siempre que ello no constituya modi- ficación sustancial de su propuesta técnica y económica. Se entiende por modificación sustancial, la variación del valor por unidad de esfuerzo pesquero respecto a lo ofrecido en el acto del concurso, variación de las condiciones de pago, especificaciones técnicas, plazos de cumplimiento y demás condiciones exigidas por las bases administrativas. 7.6.13 El orden de mérito y prelación que establezca la comisión de recepción y evaluación tendrá carácter provi- sional y estará condicionada al cumplimiento por parte del armador de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesque- ría, así como en el numeral 7.5.4; requisitos que serán verificados en lo que corresponda por la Dirección Nacional de Extracción. En caso de incumplimiento, dicha Dirección dispondrá la ejecución de la carta fianza que fuera presentada al concurso quedando los permisos de pesca sin adjudicar disponibles para que sean propuestos, por la comisión de recepción y evaluación, a los postores ubicados en los puestos inmediatos inferiores hasta por el esfuerzo pesque- ro que no excederá al que se le habría adjudicado inicial- mente. Estos deberán cumplir con los requisitos exigidos en un plazo adicional de cinco (5) días útiles. El número de permisos para adjudicarse en estas condiciones, deberá respetar el valor por unidad de esfuerzo pesquero ofertado en su propuesta original.