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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (10/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 194853 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de noviembre de 2000 setiembre de 1995 (renta de 5ta. categoría) que nos han sido acotados por la SUNAT y por cuyo impago la Muni- cipalidad se encuentra sancionada administrativamente con Resoluciones de Multa del Nº 021-2-20852 al 021-2- 20864 que suman S/. 28,112.00; debiendo a su vez cumplir con el pago atrasado más los correspondientes intereses de las retenciones no pagadas en su oportunidad conforme a los montos y detalles que constan en las Ordenes de Pago Nº 021-1-99536 al 021-1-99543 y que suman S/. 17,524.00; Que, estando al tiempo de las retenciones no pagadas, 1994-1995, de la revisión del Reglamento de Organiza- ción y Funciones vigente en dicho período aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 001-91-MDSA se tiene que la Dirección de Administración era la entidad responsable de la adecuada conducción de los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad y tesorería, de donde se tiene que correspondía al titular de dicha dependencia emitir las disposiciones administrativas correspondien- tes en coordinación con la alta dirección respecto del pago oportuno y adecuado de las precitadas retenciones efec- tuadas; Que, de la información contenida en el Oficio Nº 128- 2000-OAI/MDSA emitido por la Oficina de Auditoría Interna se ha identificado que han ejercido el cargo de Director en la Dirección de Administración en los períodos objeto de examen las siguientes personas: Roberto Solano Torres, Wilfredo Orellana Palomino, Pedro Alván Aliaga, Rodolfo Castro Retes, por lo que dichas personas al no disponer en su oportunidad el pago de las retenciones objeto de acotación y multa por parte de la SUNAT habrían incurrido en incumplimiento de las normas esta- blecidas en el Decreto Ley Nº 276 y su reglamento al no cumplir diligentemente sus funciones y en negligencia en el ejercicio de sus funciones; infracciones previstas en los literales a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276, constitu- yéndose en faltas susceptibles de merituarse en proceso administrativo disciplinario dentro de los cauces de los Capítulos XII y XIII del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM. Estando a lo expuesto, de conformidad con el Art. 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Art. 47, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO a los Ex-Directores de Administración: don Roberto Solano Torres, don Wilfredo Orellana Palomino, don Pedro Alván Aliaga y don Rodolfo Castro Retes, otorgándoles el término de CINCO DIAS hábiles a efectos que efectúen su descargo correspondien- te. Artículo Segundo.- PUBLIQUESE la presente Re- solución en el Diario Oficial El Peruano para conocimiento de los procesados. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Dirección Municipal, Secretaría General y Unidad de Personal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 12945 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Muni- cipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023 Santa Rosa, 24 de junio del año 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Santa Rosa, visto en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de junio del año 2000, el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) para el presente ejercicio fiscal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APRUEBASE el Texto Unico de los Procedimientos Administrativos TUPA-2000 de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, conjuntamente con los derechos y precios contenidos en el mismo, que en veinticinco folios, debidamente visados por los órganos respectivos, forman parte integrante de la presente orde- nanza. Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Dirección Municipal el cabal cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza y el trámite de su ratificación ante el Concejo Metropolitano de Lima. Artículo Tercero.- DEROGASE los dispositivos le- gales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, cumpla y archive. LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde 12786 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Establecen beneficio de regularización tributaria a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 018-2000/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30.OC- TUBRE.2000, bajo la Presidencia del señor Alcalde, Dr. Washington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regidores, Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomi- no Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos; se trató sobre Beneficio de Regularización Tributaria para el pago de Arbitrios Municipales; CONSIDERANDO: Que, en aplicación a lo dispuesto por el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo previsto por la norma IV del Título Preliminar y el Artículo 41º del Código Tributario aproba- do por Decreto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden condonar con carácter gene- ral, el interés moratorio y sanciones que les corresponda administrar; Que, atendiendo el pedido de numerosos contribuyen- tes y el elevado índice de morosidad, debido a la recesión económica existente en nuestro país, lo que dificulta que