Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2000 (07/10/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
ANO XVIII - Nº 7411

http://www.editoraperu.com.pe
Pag. 193783

MORDAZA, sabado 7 de octubre de 2000

PCM
Designan Comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 442-2000-PCM MORDAZA, 6 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27347 se crea la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que es necesario designar la Comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la mencionada Universidad, en coordinacion con el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades -CONAFU- e instituciones afines; De conformidad con la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27347, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar la Comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA creada por Ley Nº 27347, la misma que estara integrada por las siguientes personas: - MORDAZA LLUMPO CUMPA, quien la presidira - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 11533

ocurrencias de brotes de Fiebre Aftosa MORDAZA "A" en el distrito de Huancaya, provincia de Yauyos del departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25902, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA- como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria de la actividad MORDAZA y pecuaria nacional; Que, la Ley Nº 27322 "Ley MORDAZA de Sanidad Agraria" establece que es funcion del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA-, en tanto autoridad nacional en sanidad agraria; proponer, establecer y ejecutar, segun el caso, la normatividad juridica, tecnica y administrativa necesaria para la aplicacion de los reglamentos vigentes, a efectos de prevenir la introduccion, establecimiento y diseminacion de plagas y enfermedades, controlarlas y erradicarlas; Que, conforme a lo preceptuado en el Articulo 5º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 24-95-AG, el SENASA tiene entre sus funciones controlar y supervisar el estado sanitario de los animales, vegetales y de productos e insumos agrarios en el comercio nacional y el de importacion y exportacion; Que, asi mismo los incisos i), g) del referido Reglamento facultan al SENASA a normar los aspectos sanitarios dentro de las actividades de comercializacion y MORDAZA interno de animales y vegetales; asi como de organizar y conducir el Sistema Cuarentenario Nacional, con el fin de evitar la introduccion de nuevos problemas sanitarios y la dispersion de los ya existentes hacia otras regiones, subregiones y paises libres de ellos; Que, el Informe Tecnico visto da cuenta de la presencia de Fiebre Aftosa MORDAZA "A" en el distrito de Huancaya, provincia de Yauyos de este departamento; situacion epidemiologica que es confirmada mediante los resultados del Laboratorio de Sanidad Animal correspondientes; Que, los Articulos 2º y 3º del Reglamento para el Control y Erradicacion de la Fiebre Aftosa aprobado por Decreto Supremo Nº 044-99-AG establece que el control y la erradicacion de la Fiebre Aftosa es obligatoria en todo el territorio y de interes nacional, para cuyo efecto el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA dispondra del conjunto de normas y medidas sanitarias tendientes a su efectivo control y erradicacion; Que, en consecuencia y con el fin de evitar la difusion de esta enfermedad y disminuir al MORDAZA el riesgo de multiplicacion, permanencia y diseminacion del virus al resto del departamento de MORDAZA, y del territorio nacional; de acuerdo a lo recomendado por la Unidad de Servicio de Proteccion, Inspeccion y Regulacion Animal, deviene en necesario declarar el estado de cuarentena temporal al distrito afectado, con el proposito de salvaguardar el capital pecuario y evitar que los productores pecuarios sufran perdidas economicas por este motivo; En ejercicio de las funciones conferidas por Decreto Ley Nº 25902, Ley Nº 27322, Decreto Supremo Nº 24-95AG, Decreto Supremo Nº 044-99-AG, Resolucion Jefatural Nº 043-98-AG concordante con la Resolucion Ministerial Nº 1032-99-AG y con los vistos buenos del Coordinador de la Unidad de Servicio de Proteccion, Inspeccion y Regulacion Animal y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en estado de Cuarentena Temporal el distrito de Huancaya, provincia de Yauyos del departamento de MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Establecer como Area focal del Brote de Fiebre Aftosa MORDAZA "A" a los predios de los senores MORDAZA Rivachaqua y MORDAZA Gamian MORDAZA y como Area Perifocal el ambito geografico restante del distrito de Huancaya. Articulo 3º.- Prohibir la salida y/o ingreso de ganado bovino desde y/o hacia los distritos declarados en estado de

AGRICULTURA
Declaran en estado de cuarentena temporal el distrito de Huancaya, provincia de Yauyos, por brote de fiebre aftosa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 150-2000-AG-SENASA LIMA-CALLAO MORDAZA, 6 de octubre de 2000 VISTO: El Informe Tecnico Nº 081-2000-AG-SENASA-LIMA CALLAO/USPIRA de fecha 29 de septiembre de 2000, sobre

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.