Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2000 (07/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de octubre de 2000

cuarentena temporal, salvo que el destino final sea el beneficio inmediato de los animales; lo que se ejecutara bajo estricta supervision del personal del SENASA - MORDAZA Callao. Articulo 4º.- Queda temporalmente suspendida la realizacion de ferias, concentraciones y exposiciones de especies susceptibles a fiebre aftosa dentro del ambito declarado en estado de cuarentena temporal conforme al Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en los articulos precedentes; sera sancionado con el importe de las multas a que se hacen referencia en el Decreto Supremo Nº 044-99-AG "Reglamento para el Control y Erradicacion de la Fiebre Aftosa". Articulo 6º.- El levantamiento del estado de cuarentena temporal declarado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, se sujetara a lo dispuesto en el Articulo 27º del Reglamento para el Control y Erradicacion de la Fiebre Aftosa y su modificatoria Resolucion Jefatural Nº 167-2000-AG-SENASA. Articulo 7º.- Notifiquese la presente Resolucion a la Policia Nacional del Peru de la jurisdiccion, a las Autoridades Politicas y Gubernamentales a efectos que brinden el apoyo y las facilidades al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA para el mejor cumplimiento del presente dispositivo legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Director Departamental Direccion Departamental MORDAZA - Callao Servicio Nacional de Sanidad Agraria 11484

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 11534

JUSTICIA
Conceden derecho de MORDAZA por razones humanitarias a interno del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 210-2000-JUS MORDAZA, 6 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que en el ano 2000, se celebra el gran jubileo, ocasion propicia para que se promuevan acciones a favor de la justicia y, en particular para que se haga una valoracion MORDAZA del funcionamiento de las instituciones penales; Que por lo tanto, esta celebracion es una oportunidad valida para promover a traves del derecho de MORDAZA una renovacion autentica de la mentalidad de los reclusos a fin de que se replanteen positivamente su comportamiento ante la sociedad; Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra en calidad de procesado en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA Castro; Que de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 1142-2000-INPE/OSP, del 3 de octubre de 2000, el citado interno ha sido diagnosticado con acromegalia activa, reactivacion de tumor en la hipofisis e hipertension arterial controlada, indicando que es factible tenerlo en cuenta para que se le otorgue indulto humanitario, debido a que requiere de tratamiento medico especializado; Que, atendiendo a la situacion juridica del interno, corresponderia otorgarle el derecho de MORDAZA humanitario; Que el caso del referido interno, por sus condiciones personales, familiares y su delicado estado de salud, se adecua a los requerimientos de una decision humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el Acta MORDAZA mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica conceder derecho de gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder el derecho de MORDAZA por razones humanitarias, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra interno en calidad de procesado en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial MORDAZA MORDAZA Castro. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 11535

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Venezuela para participar en la XI Reunion del Comite MORDAZA de Autoridades de Turismo de Paises Miembros
RESOLUCION SUPREMA Nº 147-2000-ITINCI MORDAZA, 6 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, del 12 al 13 de octubre del 2000, se llevara a cabo la "XI Reunion del Comite MORDAZA de Autoridades de Turismo de los Paises Miembros", a realizarse en la MORDAZA Los Roques, Caracas, Venezuela; Que, la entidad organizadora financiara los gastos de traslado Caracas/Los Roques y parte de los viaticos en lo que corresponde al alojamiento y alimentacion; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058-2000, en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y en la Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 11 al 14 de octubre del 2000, a la MORDAZA Los Roques, Caracas, Venezuela, de la senorita MORDAZA del MORDAZA Vesga Gatti, Directora Nacional de Turismo, del Viceministerio de Turismo, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Srta. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Pasajes US$ 247.80 Viaticos US$ 400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion.

Autorizan viaje de asesor del Ministerio a Austria para participar en sesiones de comite especial de las NN.UU. encargado de elaborar la Convencion contra la Delincuencia Transnacional Organizada
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2000-JUS MORDAZA, 6 de octubre del 2000

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