Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2000 (07/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de octubre de 2000

Amplian plazo de vigencia de concesiones especiales otorgadas para instalar sistemas de captacion de larvas de moluscos en la Reserva Nacional de Paracas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 259-2000-PE MORDAZA, 6 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 406-97PE del 10 de setiembre de 1997, se otorgaron concesiones especiales para la instalacion de sistemas de captacion de larvas de moluscos hasta precultivo para su posterior repoblamiento con fines sociales, en el ambito de la Reserva Nacional de Paracas, cuyas areas fueron predeterminadas por la Resolucion Directoral Nº 304-96/DCG; concesiones especiales cuya vigencia fue prorrogada hasta el 30 de setiembre del 2000, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 309-99-PE y 222-2000-PE, del 29 de octubre de 1999 y 9 de agosto del 2000; Que, a fin de regular el manejo integral de las areas marinas de la Reserva Nacional de Paracas, la Direccion Nacional de Acuicultura con la opinion favorable del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA ha visto por conveniente extender la vigencia de las indicadas concesiones especiales a fin de elaborar, el Plan de Manejo de las Especies Marinas de la Reserva Nacional de Paracas, y el Reglamento de Administracion Tecnico - Cientifico de las Concesiones de Maricultura en la mencionada Reserva Nacional; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliase el plazo de vigencia de las concesiones especiales, otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 222-2000-PE en forma improrrogable hasta el 31 de diciembre del ano 2000. Articulo 2º.- Los titulares de las concesiones especiales deberan estar registrados e identificarse ante el personal de la Reserva Nacional de Paracas del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA cada vez que se les requiera. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion Regional de Pesqueria - Ica, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HANDABAKA MORDAZA Ministro de Pesqueria 11495

Ministerio de Pesqueria otorga concesion para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que mediante Resolucion Directoral Nº 135-85-MA/DGC/ RB del 16 de MORDAZA de 1985, la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, considera como extension habil para el desarrollo de la maricultura, el area acuatica ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Ostra del Pacifico" (Crassostrea gigas), en un area de mar de veintiocho hectareas y siete mil novecientos metros cuadrados (28.79 Has.), ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se concluye que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 35 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 01799-PE; asimismo, mediante Oficio Nº 533-2000-PE/DIREMA, del 20 de MORDAZA del 2000, la Direccion de Medio Ambiente informa que el Estudio de Impacto Ambiental ha sido calificado favorablemente, por lo que procede otorgar la concesion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura segun Nota Nº 5662000-PE/DNA-Dm y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 009-2000-PE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Ostra del Pacifico" (Crassostrea gigas), en un area de mar de veintiocho hectareas y siete mil novecientos metros cuadrados (28.79 Has.), ubicada en la MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, delimitada por las siguientes coordenadas geograficas: VERTICE A B C D LATITUD SUR 11° 11° 11° 11° 09' 09' 09' 09' 00" 13" 13" 00" LONGITUD OESTE 77° 77° 77° 77° 36' 35' 36' 36' 03" 53" 18" 25"

Otorgan concesion a persona natural para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 053-2000-PE/DNA MORDAZA, 5 de octubre del 2000 Visto los escritos con registro Nºs. CE-00061003, del 24 de MORDAZA, 5 de MORDAZA, 7 de junio, 20 de MORDAZA y 4 de setiembre del 2000, 03684003 del 19 de MORDAZA del 2000, y 07228002 del 8 de agosto del 2000, presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala; CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y 111º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 01-94-PE; establecen que el

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de diez (10) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la beneficiaria cumplir con lo siguiente: a) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del sistema MORDAZA circundante. b) Tramitar ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la correspondiente autorizacion para la ocupacion de area de mar. c) Tramitar ante la Direccion Nacional de Extraccion el permiso de pesca para el abastecimiento de semilla o larva, cuando dicha actividad se realice fuera del area de la concesion otorgada. d) Presentar Informes semestrales a la Direccion Nacional de Acuicultura sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el desarrollo del cultivo. e) La transferencia de la propiedad o posesion de las respectivas instalaciones acuicolas debera ser comunicada a la Direccion Nacional de Acuicultura, conforme a lo dispuesto en el Articulo 124º del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 09-94-PE.

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