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Pág. 193938 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 de Justicia de Catacaos, comprensión del Distrito Judicial de Piura y Tumbes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda- miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Cortes, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "Catacaos" perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Catacaos, ubicado en el distrito de Catacaos, provin- cia y departamento de Piura, Distrito Judicial de Piura y Tumbes, autorizando su funcionamiento a partir del 16 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: • Un (1) Juzgado Penal. • Un (1) Juzgado Mixto. • Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto, conocerá los procesos en materia Civil, Laboral y de Familia. El Juzgado Penal conocerá materias tanto de Reos Libres como Reos en Cárcel. Artículo Segundo.- Crear, Reubicar y Convertir en el Módulo Básico de Justicia de Catacaos, los órganos juris- diccionales que se indican a continuación: a) Crear el Juzgado Mixto de Catacaos, el mismo que comenzará sus labores con carga procesal cero. b) Crear el Juzgado Penal de Catacaos, el mismo que comenzará sus labores con carga procesal cero. c) Reubicar y Convertir el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Castilla como Juzgado de Paz Letrado de Catacaos, con su carga procesal actual. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales creados en el artículo anterior que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Catacaos, comprende los distritos de Catacaos y La Arena, provincia y departamento de Piura. Artículo Cuarto.- El gasto que origine el cumplimien- to de la presente Resolución, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego Poder Judicial del Presupuesto vigente. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean nece- sarias para el cumplimiento de la presente Resolución.Artículo Séptimo.- Quedan sin efecto, todas las dis- posiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Octavo.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial y sus órganos de línea, así como del señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11737 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1300-CME-PJ Lima, 12 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 550-C-2000-PJ-SE, de la Secretaria Ejecu- tiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documen- tación correspondiente para la creación del Módulo Básico de Justicia de Motupe, comprensión del Distrito Judicial de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda- miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Cortes, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "Motupe", perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; asimismo, por Resolución Administrativa Nº 327-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico de Actualización en los aspectos de organización jurisdiccional, competencia territorial, competencia por materia, carga procesal y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personalizado validado, debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicho Módulo inicie sus operaciones; Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Motupe, ubicado en el distrito de Motupe, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lambayeque, autori- zando su funcionamiento a partir del 16 de octubre del