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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (13/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 193939 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto, conocerá todas las materias de las especialidades Civil, Laboral, Familia y Penal con Reos Libres, en el caso de Reos en Cárcel estos procesos serán calificados en el Módulo Básico y luego serán remitidos al Juzgado Especializado en Reos en Cárcel de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque . Artículo Segundo.- Crear y Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Motupe, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a) Crear el Juzgado Mixto, el mismo que comenzará sus labores con carga procesal cero. b) Reubicar el Juzgado de Paz Letrado de Motupe, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La Competencia Territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bási- co de Justicia de Motupe, comprenden los distritos de Motupe, Salas, Jayanca, Chóchope y Olmos; de la provin- cia y departamento de Lambayeque. Artículo Cuarto.- El Juzgado de Paz Letrado de Olmos tendrá como instancia de apelación el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Motupe. Artículo Quinto.- El gasto que origine el cumplimien- to de la presente Resolución, en la designación de los Magistrados, así como la designación del personal auxiliar y administrativo, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego del Poder Judicial del Presu- puesto vigente. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque para adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean nece- sarias para el cumplimiento de la presente Resolución, tales como la designación de Magistrados y la designación del personal auxiliar y administrativo en el Módulo Básico de Justicia de Motupe. Artículo Octavo.- Quedan sin efecto, todas las dispo- siciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Noveno.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial y sus órganos de línea, así como del Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11738 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1304-CME-PJ Lima, 12 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 550-E-2000-PJ-SE, de la Secretaría Ejecu- tiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documen- tación correspondiente para la creación del Módulo Básico de Justicia de Yunguyo, comprensión del Distrito Judicial de Puno, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF de 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda-miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Cortes, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Puno; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "Yunguyo", perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Puno; asimismo, por Resolución Administrativa Nº 327-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico de Actualización en los aspectos de organización jurisdiccional, competencia territorial, competencia por materia, carga procesal y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personalizado validado, debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicho Módulo inicie sus operaciones; Que, mediante Oficio Nº 0605-2000-P-CSJP/PJ, de fe- cha 21 de julio de 2000 el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno aprobó la organización jurisdiccional y administrativa, los asuntos de competencia territorial, competencia funcional y el funcionamiento del Módulo Básico de Justicia de Yunguyo; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Yunguyo, ubicado en el distrito y provincia de Yunguyo, departamento y Distrito Judicial de Puno, auto- rizando su funcionamiento a partir de 16 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto, conocerá todas las materias de las especialidades Civil, Laboral, Familia y Penal con Reos en Cárcel y Reos Libres. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Yunguyo, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Yunguyo, con su carga procesal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado de Yunguyo, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La Competencia Territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bási- co de Justicia de Yunguyo, comprenden la provincia de Yunguyo, departamento de Puno. Artículo Cuarto.- Los gastos que originen el cumpli- miento de la presente Resolución, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General del Pliego del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno para adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias