Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2000 (02/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 2 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 192447

monto de ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani. El prestamo sera cancelado, para la parte correspondiente a obras de agua potable, en un plazo total de 25 anos, que incluye un periodo de MORDAZA de 7 anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 1,7% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago; y para la parte del prestamo que se destine a obras de alcantarillado y gastos de consultoria, sera cancelada en un plazo total de 40 anos, incluyendo un periodo de MORDAZA de 10 anos, y devengara una tasa de interes del 0,75% anual. En ambos casos se pagara una comision del 0,1% sobre los montos desembolsados, que sera financiada con los recursos del prestamo. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, MORDAZA y Sicuani, sera el Ministerio de la Presidencia, a traves del Programa Nacional de Agua Potable - PRONAP, con la participacion de: EPS SEDALORETO S.A., SEDACUSCO S.A. y EMPSSAPAL S.A., en calidad de Unidades Implementadoras. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Articulo 1º de este Decreto Supremo, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, trasladara a la EPS SEDALORETO S.A., SEDACUSCO S.A. y EMPSSAPAL S.A., los recursos de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por la presente MORDAZA legal, mediante Convenios de Traspaso de Recursos que seran aprobados por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en este Decreto Supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con los recursos que las Unidades Implementadoras: EPS SEDALORETO S.A., SEDACUSCO S.A. y EMPSSAPAL S.A. proporcionaran oportunamente al Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de agosto del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 10066

US$ 2 900 000 000,00 (DOS MIL NOVECIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con el Japan Bank for International Cooperation -JBIC-, hasta por un monto de ¥ 24 854 000 000,00 (VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/ 100 YENES JAPONESES), destinado a financiar, parcialmente, el Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA, a ser ejecutado por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27211; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27211; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Japan Bank for International Cooperation -JBIC-, hasta por un monto de ¥ 24 854 000 000,00 (VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de Lima. El prestamo sera cancelado en un plazo total de 25 anos, que incluye un periodo de MORDAZA de 7 anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 1,7% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago; excepto por la parte del prestamo que se destine al pago de gastos de consultoria, que sera cancelada en un plazo total de 40 anos, incluyendo un periodo de MORDAZA de 10 anos, y devengara una tasa de interes del 0,75% anual. Ademas se pagara una comision del 0,1% sobre los montos desembolsados, que sera financiada con los recursos del prestamo. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora del Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA sera la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Articulo 1º de este Decreto Supremo, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, trasladara a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, los recursos de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por la presente MORDAZA legal, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos que sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en este Decreto Supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con los recursos que la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, proporcionara oportunamente al Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de agosto del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Presidencia 10067

Aprueban operacion de endeudamiento externo destinada a financiar parcialmente el Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 097-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 16º de la Ley Nº 27211, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000, autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a

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