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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (02/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 192457 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 007/2000- INADE-PECHP-8401, de fecha 17 de enero del 2000, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Chira Piura del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE- designó al Co- mité Especial responsable de llevar adelante la convoca- toria y desarrollo del proceso de Licitación Pública Nº 001/ 2000-INADE-PECHP-8401, para seleccionar y contratar una empresa que se encargue del suministro diario de combustible para las diferentes unidades de dicho Pro- yecto Especial, con un valor referencial de S/. 473 411,00 (Cuatrocientos Setentitrés Mil Cuatrocientos Once y 00/ 100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas; Que, mediante Actas del 16 de marzo y 19 de abril del 2000, el Comité Especial al que se hace referencia en el considerando anterior declaró desierto el proceso de Licita- ción Pública Nº 001/2000-INADE-PECHP-8401 en primera y segunda convocatoria, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- se encuentran exonerados de Licitación Pública y Concurso Público, las contrataciones y adquisiciones cuyos procesos de selección sean declara- dos desiertos en dos oportunidades, debiendo la Contra- loría General de la República evaluar las causas que la motivaron, para lo cual las entidades remitirán dentro de los diez días siguientes a la declaración, el expediente correspondiente; Que, en cumplimiento de lo referido en el considerando precedente, mediante Oficio Nº 1000/2000-INADE-PECHP- 8401, de fecha 12 de mayo del 2000, el Proyecto Especial Chira Piura del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE- remitió a la Contraloría General de la República los antecedentes de la citada Licitación Pública, declarada desierta en dos opor- tunidades; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del Artículo 20º de la citada Ley, las adquisiciones o contrataciones exone- radas de Licitación Pública y Concurso Público se realizarán mediante el procedimiento de Adjudicación Directa, debien- do ser aprobada mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el inciso c) del Artículo 44º del Regla- mento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM establece que el procedimiento de menor cuan- tía es aplicable en las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la Ley Nº 26850, siendo el responsa- ble de la misma la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, en consecuencia la selección y contratación de la empresa que se encargue del suministro de combustible para las diferentes unidades del Proyecto Especial Chira Piura, deberá realizarse mediante el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía; De conformidad con lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19º, Artículo 20º y Artículo 32º de la Ley Nº 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- y el Artículo 44º del Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Exonérase a la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Chira Piura del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE- del requisito de Licitación Pública para la selección y contratación de la empresa que se encargue del suministro diario de combustible para las diferentes unidades de dicho Proyecto Especial, autori- zándose que la adquisición se efectúe mediante el procedi- miento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía regula- do por el Artículo 44º del Reglamento de la Ley Nº 26850 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, has- ta por un valor referencial de S/. 473 411,00 (Cuatrocientos Setentitrés Mil Cuatrocientos Once y 00/100 Nuevos So- les), incluido el Impuesto General a las Ventas. Artículo 2º.- La adquisición se efectuará con cargo al Presupuesto del Pliego Instituto Nacional de Desarrollo - INADE- del Ministerio de la Presidencia, aprobado para el Ejercicio Fiscal del año 2000. Artículo 3º.- La contratación que se efectúa en virtud de la autorización otorgada por el presente Decreto Supremo se regulará por las disposiciones de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y normas complementarias. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será puesto en conocimiento de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.Artículo 5º.- La presente Norma será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 10052 Aceptan renuncia de miembro del Directorio del FONCODES RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2000-PRES Lima, 30 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-97-PCM, se designó al Ing. Manuel Máximo Vara Ochoa como miembro del Directorio del Fondo Nacional de Compensación y Desa- rrollo Social - FONCODES; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 26157, Decreto Ley Nº 25515, Ley Nº 26923 y Decreto Supre- mo Nº 057-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar con efectividad al 22 de julio de 2000, la renuncia presentada por el Ing. Manuel Máximo Vara Ochoa como miembro del Directorio del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FEDERICO SALAS GUEVARA S. Presidente del Consejo de Ministros MARIA LUISA ALVARADO BARRANTES Ministra de la Presidencia 10059 Designan miembro del Directorio del FONCODES RESOLUCION SUPREMA Nº 095-2000-PRES Lima, 30 de agosto del 2000 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Direc- torio del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al Capitán de Navío AP Ra- fael De la Puente Basombrío como miembro del Directorio del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FON- CODES.