Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2000 (02/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 2 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las sumas de MIL OCHOCIENTOS y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA DOLARES AMERICANOS ($ 1,800.00) y ($ 2,650.00), contraidas el 17.JUL.96 y 15.ENE.97, respectivamente; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente Resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Incs. "a" y "j" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 00590-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 78-2000-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

imponga la sancion de Destitucion; y que el Consejo de Investigacion respectivo se pronuncie sobre la grave falta cometida por el Oficial Superior cuestionado; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Incs. "a" y "j" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 27-2000-COPEPROAD-PNP de 19.ABR.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC AA PNP MORDAZA Luz FALEN MORDAZA con Destitucion por Faltas Disciplinarias (Incumplimiento de Normas y Actos de Inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 9785

Articulo 1º.- Sancionar a la EC PA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion por Falta Disciplinaria (Incumplimiento de Normas y Actos de Inmoralidad). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 9784 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1067-2000-IN/PNP MORDAZA, 22 de agosto del 2000 Visto, el Acta Nº 27-2000-COPEPROAD-PNP de 19.ABR.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a la EC AA PNP MORDAZA Luz FALEN MORDAZA (38) CIP Nº 31029329; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 7657-DIPERPNP de 17.DIC.99, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a la EC AA PNP MORDAZA Luz FALEN MORDAZA, quien presta servicios en el Hospital Regional de la II-RPNPCHICLAYO, por la presunta comision de incumplimiento de normas y actos de inmoralidad, al imputarsele la autoria en la suscripcion de una carta anonima en contra de la SOT3 AE PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vinculandola sentimentalmente con el Cmdte. Med. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estableciendose ademas que la referida EC mantuvo convivencia ilicita con el citado Oficial Superior PNP, con quien procreo un hijo; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada ha presentado su descargo escrito ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores civiles de la Policia Nacional del Peru; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, observando las garantias y procedimientos establecidos, no habiendose establecido la autoria en la redaccion de la carta anonima; determinandose, sin embargo, que la procesada mantuvo convivencia ilicita con el Cmdte. Med. PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, accion que constituye falta grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra representante de empresa por presunto delito de apropiacion ilicita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1083-2000-IN/PNP MORDAZA, 23 de agosto de 2000 Visto, el Parte Nº 058-99-DIRLOG-PNP-INSPECTORIA. 1 del 25.NOV.99, formulado por la Inspectoria de la Direccion de Logistica PNP, sobre el incumplimiento en la entrega de 50 Reflectores de Luz Halogena destinados a la X-RPNP-CUSCO, por parte de la Empresa "SAN MORDAZA TRANSPORTE E.I.R.L." CONSIDERANDO: Que, de las investigaciones efectuadas se ha llegado determinar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVALDONI representante de la Empresa "SAN MORDAZA TRANSPORTE E.I.R.L.", ha incurrido en el Delito de Apropiacion Ilicita previsto y penado en el Art. 190º del Codigo Penal, al no entregar a la X-RPNP-CUSCO, 50 Reflectores de Luz Halogena, que recepciono de la Division de Almacenes de la Direccion de Logistica PNP con fecha 29.DIC.97; Que, se hace necesario autorizar al Sr. Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVALDONI representante de la Empresa "SAN MORDAZA TRANSPORTE E.I.R.L.", de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica PNP, en su Dictamen Nº 159-2000DIRLOG-PNP/OAJ del 12.FEB.2000; Lo propuesto por el Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Sr. Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAVALDONI representante de la Empresa "SAN MORDAZA TRANSPORTE E.I.R.L.", por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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