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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (02/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 192454 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 2º de la Resolución Directo- ral Nº 166-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Dirección Nacio- nal de Turismo autorizó a la empresa Masaris S.A. la explotación de 84 máquinas tragamonedas en la Discote- ca “Masaris Sullana” ubicada en el jirón San Martín Nº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que, mediante el Expediente Nº 016351-2000-MITINCI, la empresa Masaris S.A. pretende explotar 68 máquinas tragamonedas correspondientes a modelos autorizados, en la Discoteca “Masaris Sullana”, con lo cual se busca la modifica- ción del Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 166-2000- MITINCI/VMT/DNT; Que, la documentación e información requerida para efectuar incrementos y reducciones de máquinas tragamone- das en las salas de juego autorizadas se encuentra establecida en el Artículo 25º del Reglamento para la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas aprobado me- diante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Pro- cedimiento Nº 79 del TUPA del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014- 2000-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa Masaris S.A. se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para apro- bar su solicitud; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI, Nº 004-2000-ITINCI, Nº 014- 2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante el Informe Nº 145-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 166-2000-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa MASARIS S.A. a explotar sesentiocho (68) máquinas tragamonedas y ciento seis (106) memorias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 9957 Autorizan a Yon's Brother S.R.L. la explotación de máquinas tragamone- das en establecimiento ubicado en la provincia de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 551-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 25 de agosto del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002062-2000-MITINCI presen- tado por la empresa Yon's Brother S.R.L. solicitando autori- zación para la explotación de máquinas tragamonedas en la Discoteca "Lucky Cherry", ubicada en Jr. Ucayali Nºs. 741- 747; distrito, provincia y departamento de Lima y los Infor- mes Técnico Nº 020-2000-DEJCMT/EB, Financiero Nº 031- 2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 144-2000-DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, establecién- dose los requisitos y documentos requeridos para obtener una autorización para explotar máquinas tragamonedas e indi-cando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; Que, de la evaluación de la documentación e información presentada por la empresa Yon's Brother S.R.L. en el Expe- diente Nº 002062-2000-MITINCI se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para obtener la auto- rización para explotar máquinas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 020- 2000-DEJCMT/EB, Financiero Nº 031-2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 144-2000-DE-JCMT/CFS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa YON'S BROTHER S.R.L. la explotación de máquinas tragamonedas en la Disco- teca "Lucky Cherry", ubicada en el Jr. Ucayali Nºs. 741-747; distrito, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empre- sa YON'S BROTHER S.R.L. a explotar setentiséis (76) má- quinas tragamonedas y quinientas treinticuatro (534) memo- rias de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en los anexos I y II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladadas a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizadas. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máquinas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2º de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización otorgada a la empresa YON'S BROTHER S.R.L. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 9958 INTERIOR Sancionan con destitución a servido- res de la PNP RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1066-2000-IN/PNP Lima, 22 de agosto del 2000 Visto, el Acta Nº 78-2000-COPEPROAD-PNP de 28.JUN.2000, de la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC PA PNP (OBSTE- TRIZ) Marlene Salomé LEON BEJARANO (42) CIP Nº 263852; CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3544-DIPER-PNP de 15.MAY.2000, se instauró proceso administrativo disci- plinario a la EC PA PNP Marlene Salomé LEON BEJA- RANO, por la presunta comisión de Incumplimiento de Normas y Actos de Inmoralidad, al haberse establecido que cuando prestó servicios en la XI-RPNP-AREQUIPA recibió de los esposos Esteban LOPEZ SALAZAR y Nelly APAZA CHAMBI la suma de CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS ($ 4,000.00), por concepto de Anticresis de la primera planta del inmueble de su propiedad, el cual se encontraba hipotecado a favor de BANCOSUR y en Anticresis a otra persona, dando lugar a queja por parte de los agraviados, a quienes devolvió parte de la suma recibida; Que, asimismo, durante el transcurso del proceso se ha recepcionado el Informe Nº 307-XI-RPNP/IR-UI del 14.DIC.99, formulado en la Inspectoría de la XI-RPNP, dando cuenta de falta disciplinaria por incumplimiento de obligación econó- mica cometida por la mencionada servidora, en agravio de