NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (03/09/2000)
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Pág. 192521 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de setiembre de 2000 temporal sin goce de remuneraciones hasta por 12 meses y destitución, norma que prevalece por el principio de especiali- dad previsto por el Art. 4º de la precitada Ley; Que, la conducta descrita evidencia el incumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público", con- figurando presuntas faltas de carácter administrativo previs- tas en los incisos a) y d) del Artículo 82º de la norma acotada; Que, de conformidad con el Art. 166º del D.S. Nº 005-90- PCM, el proceso administrativo es el medio adecuado para efectuar, con equidad y justicia, las investigaciones del caso denunciado, salvaguardando los derechos de defensa del servidor procesado, así como el interés de la Entidad. Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en su Informe de Vistos ha establecido luego de las investigaciones efectuadas, la existencia de indicios sobre una supuesta sobrevaloración de precios, pronunciándose por unanimidad por la procedencia de instaurar proceso adminis- trativo disciplinario contra el servidor CESAR AUGUSTO ANAMPA GUTIERREZ; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al servidor CESAR AUGUSTO ANAMPA GUTIERREZ, empleado, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- OTORGAR al citado servidor, un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución, para que presente el descargo documentado ante la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- NOTIFICAR personalmente al servidor en el plazo de 72 horas contadas a partir del día siguiente de la expedición de la presente Resolución, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- El servidor no podrá hacer uso de vacacio- nes, licencia por motivos particulares mayores a cinco (5) días o presentar renuncia, conforme lo dispone el Art. 172º del D.S. Nº 005-90-PCM. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cumplimiento de la presente Resolución dando estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, bajo responsabilidad de incurrir en falta de carácter disciplinario prescrita en los incisos a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA DELIA VERGARA PEREZ Alcaldesa 9337 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Modifican artículo de ordenanza relati- va al régimen tributario de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardi- nes y relleno sanitario ORDENANZA Nº 017 San Juan de Lurigancho, 18 de agosto de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Proyecto de Ordenanza presentada por el Presidente de la Comisión Interna de Trabajo de Participación Vecinal Señor Santos Lescano Reto; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, es objetivo de esta Gestión Municipal, desarrollar una eficiente y Moderna Administración, dando fluidez a los Proce- dimientos Administrativos, eliminando toda traba o carga innecesaria e improductiva aplicando los principios de simpli- cidad, celeridad, eficiencia, previstos en la Ley de Simplifica- ción Administrativa Nº 25035; Que, mediante Ordenanza Nº 015 de fecha 23 de junio de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de julio de 1999, el Concejo Municipal del distrito de San Juan de Lurigan- cho, aprobó la Modificatoria del "REGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDI- NES Y RELLENO SANITARIO"; Que, es necesario modificar los alcances del Artículo 21º a fin de asegurar la inmediata atención a las peticiones de los recurrentes en Estado de Indigencia la misma que previamente deben tener la opinión de la Comisión Especial de Regidores; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 36º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades y por unanimidad se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- MODIFICAR, el Artículo Veintiuno de la Ordenanza Nº 015 de fecha 23 de junio de 1999 de la siguiente manera: "Artículo Veintiuno.- Los Contribuyentes que estuvieran en probado Estado de Indigencia, están Exonerados Totalmente del Pago de los Arbitrios regulados por la presente Ordenanza, siempre que dicho estado sea acreditado debidamente y merezca opinión favorable del Area del Servicio Social, para ser evaluada y dictaminada por la Comisión Interna de Trabajo de Participación Vecinal". Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 10001 Aprueban Reglamento de Organiza- ción y Funciones y Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad EDICTO Nº 003-CDSJL San Juan de Lurigancho, 5 de agosto de 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 007-2000-CEPP de la Comisión Interna de Trabajo de Econo- mía, Presupuesto y Planeamiento; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto de la mayoría del Pleno del Concejo, se aprobó lo siguiente: REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de 101º artículos y Seis Disposiciones Transitorias y Finales. Artículo Segundo.- APROBAR, la Nueva Estructura Or- gánica de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigan- cho, la misma que forma parte integrante del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- Deróguese el Edicto Nº 002-CDSJL de fecha 27 de enero del 2000. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 9914 Declaran en emergencia el Programa del Vaso de Leche de la municipalidad distrital ACUERDO DE CONCEJO Nº 044 San Juan de Lurigancho, 18 de agosto de 2000