Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (11/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 59

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de abril de 2001 AÑO XIX - Nº 7597 Pág. 201239Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" P C M Autorizan viaje del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción a los Estados Uni- dos Mexicanos, en misión oficial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2001-PCM Lima, 9 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, en atención a la comunicación cursada por la Embajada de México en Perú, el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ingeniero Luis Ortega Navarrete, debe asistir a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, a fin de sostener una reunión con el Secretario de Comunicaciones y Transportes de México, durante los días 10 al 12 de abril de 2001; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031- 89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial del Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, ingeniero Luis Ortega Navarrete, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, durante los días 10 al 12 de abril de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes $757.00 Viáticos $660.00 Tarifa uso de Aeropuerto $25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 21714 Encargan la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción al Ministro de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 208-2001-PCM Lima, 9 de abril de 2001CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Luis Ortega Navarrete, se ausen- tará del país del 10 al 12 de abril de 2001, a fin de asistir a una reunión con el Secretario de Comunicaciones y Transportes de México, en la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; Que, en consecuencia es necesario encargar la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción al ingeniero Juan Incháustegui Vargas, Ministro de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales, del 10 al 12 de abril de 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 21715 AGRICULTURA Declaran en proceso de Reestructura- ción Organizativa Institucional al Proyecto Especial PROABONOS DECRETO SUPREMO Nº 015-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Promoción del Aprove- chamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, es un órgano técnico desconcentrado de- pendiente del Ministerio de Agricultura, que constituye una Unidad Ejecutora dentro del citado Pliego, teniendo a su cargo las actividades de extracción, procesamiento y comercialización del guano de las islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, con autonomía econó- mica, financiera, administrativa y de gestión para los fines que establece la Ley Nº 26857, estando su presupuesto financiado con recursos directamente recaudados; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427 de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, establece que las entidades del Sector Público pueden llevar a cabo, en un plazo que no exceda de sesenta días calendario contados a partir de la publicación de la citada Ley, un proceso de Reestructuración Organizativa Institucional en función a la evaluación de sus competen- cias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su efi- ciencia en el cumplimiento de las funciones a su cargo, estableciéndose además que la Reestructuración Organi- zativa Institucional es aprobada por Decreto Supremo; Que, resulta necesario declarar a PROABONOS en proceso de Reestructuración Organizativa Institucional, a fin de lograr la consecución de sus fines institucionales;