Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2001 (11/04/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

Pag. 201242

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001

y pequenos conos de deyeccion, se indica que estas obras se hallan en abandono, pero evidencian una inversion por parte del interesado con la cual inicio un MORDAZA de habilitacion; Que, en igual forma los citados Informes Tecnicos concluyen que de la evaluacion concerniente a la habilitacion parcial del area adjudicada, que el Sector Centro Sur cuenta con una extension de 20.00 ha. habilitadas desde el punto de vista MORDAZA cultivos de mangos (10 ha. en abandono) y la inversion realizada en las obras de nivelacion de MORDAZA, preparacion de terrenos para cultivo, carreteras de acceso y la construccion de infraestructuras de MORDAZA, reservorios, haciendo un avance parcial de 16.67% del proyecto equivalente a 20.00 ha. y respecto al resto del area sin habilitacion corresponden a un 83.33% o 100 ha., que se mantienen en su estado eriazo original, sin explotacion y/o actividad economica alguna; Que en el Informe Legal Nº 014-2,000-AG-PETT-DTE, de 11 de MORDAZA de 2000, de fojas 40 a 41, elaborado por el Area Legal de la Direccion de Tierras Eriazas MORDAZA mencionada, se opina que procede declararse la caducidad parcial del derecho de propiedad otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA del Rio Aramburu, MORDAZA MORDAZA del Rio MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Torero; Que, conforme al Articulo 53º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 653, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-91-AG, la caducidad del derecho de propiedad por incumplimiento de los plazos debe ser formalizada por Resolucion Ministerial; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad parcial del derecho de propiedad, otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA del Rio Aramburu, MORDAZA MORDAZA del Rio MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Torero mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos con Fines de Irrigacion y/o Drenaje Nº 000643-93, de fecha 12 de agosto de 1993, expedido por la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao, sobre la superficie de 100 ha. de terrenos eriazos, ubicados en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, revirtiendose al dominio del Estado dicha superficie de las 120 ha. adjudicadas con Unidad Catastral Nº 11580. Articulo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural elabore la memoria descriptiva y el plano catastral correspondiente de la superficie de 100 ha. para su independizacion y subsiguiente inscripcion registral a nombre del Ministerio de Agricultura para su posterior transferencia al sector privado a traves de la COPRI, remitiendose los actuados al citado Proyecto Especial para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 21650

Que, mediante Ley Nº 27422 se restituyo hasta el 30 de junio de 2001 el plazo de acogimiento establecido en el Articulo 17º del Decreto de Urgencia Nº 031-2000; Que, en consecuencia, es necesario designar a los miembros de la Comision Tecnica Nacional a fin de dar cumplimiento al mandato establecido por la Ley precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, Ley Nº 27422, Decreto de Urgencia Nº 031-2000 y Decreto Supremo Nº 020-2000-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir del 1 de MORDAZA de 2001, como Miembros de la Comision Tecnica Nacional a que se refiere el Decreto Supremo Nº 020-2000-AG, a las siguientes personas: - Dr. ERICK MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROJAS; - Dr. WILMER MORDAZA OCAMPO; - Sr. ILIICH MORDAZA ASCARZA LOPEZ; y, - Sr. MORDAZA MORDAZA BARBACHAN PALACIOS. Articulo 2º.- Dejase sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0362-2000-AG, de fecha 6 de junio de 2000. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 21651

ECONOMIA Y FINANZAS
Incluyen procedimiento sobre acceso a la informacion en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas
DECRETO SUPREMO Nº 060-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 060-2000-EF de fecha 27 de junio del 2000, se aprobo la modificacion y actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, dispone que las entidades del Sector Publico, deberan incorporar en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), un procedimiento que posibilite el acceso de las personas a la informacion que posean o produzcan; Que, en tal sentido se hace necesario incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economia y Finanzas un procedimiento de acceso a la informacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 094-92PCM, y Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economia y Finanzas, el procedimiento denominado "Acceso a la informacion que produzcan o posean las dependencias del Ministerio" cuyas caracteristicas constan en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas

Designan miembros de la Comision Tecnica Nacional a que se refiere el D.S. Nº 020-2000-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0315-2001-AG MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 031-2000 se establecieron normas transitorias de excepcion destinadas a crear las condiciones necesarias para el desarrollo de programas de reprogramacion de pago de creditos agropecuarios comprendidos en los alcances de la referida MORDAZA, a traves de mecanismos de conciliacion entre deudores y acreedores; Que, por Decreto Supremo Nº 020-2000-AG se dictaron normas complementarias para el procedimiento de reprogramacion de pago establecido en el Decreto de Urgencia senalado en el parrafo precedente, creandose en el Ministerio de Agricultura una Comision Tecnica Nacional encargada de resolver, de manera colegiada en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, las impugnaciones interpuestas contra el pronunciamiento de las Comisiones Tecnicas Regionales;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.