Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2001 (11/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001
: BC-TV : Video: 549.25 MHz Audio: 553.75 MHz : 27 : OBV-6H : Video: 1 Kw. Audio: 100 w. : Video: C3F. Audio: F3E. : H24

nicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 21595

Otorgan a empresa autorizacion y permiso de instalacion para operar estacion transmisora del servicio de radiodifusion por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 242-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO MORDAZA S.R.Ltda., para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion transmisora del servicio de radiodifusion por television en UHF, en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 100-2001-MTC/15.19.03.2 y 113-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO MORDAZA S.R.Ltda., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO MORDAZA S.R.Ltda., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion por television en UHF, en el distrito de Paucarpata, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas:

Horario Ubicacion de Estudios y Planta Transmisora : Av. San MORDAZA Nº 204 - Urb. MORDAZA MORDAZA, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Coordenadas: L.O. 71° 31' 17" L.S. 16° 25' 08" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa RADIO MORDAZA S.R.Ltda., esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion por television concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 21594

Otorgan concesion a empresa para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 341-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 27 de marzo de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2001-000690, 008710, 2001-000690-A y 2001-000199-B de fechas 19 de enero, 20 y 27 de febrero y 6 de marzo del 2001, organizados sobre concesion de ruta: MORDAZA - Ilo y viceversa, solicitado por la empresa Transportes Cromotex S.A.C., Informe Tecnico Nº 169-2001-MTC/15.18.04.1 y Memorandum Nº 777-2001-MTC/15.18.04 de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa Transportes Cromotex S.A.C., mediante los expedientes indicados en Vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: MORDAZA - Ilo y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 169-2001-MTC/ 15.18.04.1 concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC;

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