Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2001 (11/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, en merito a la inspeccion ocular del 22 de marzo de 2000, obrante a fojas 06 a 07, se emite el Informe Tecnico Nº 102-2000-AG-PETT-DTE de fecha 9 de MORDAZA de 2000, que obra a fojas 08 y 09, se establece que el predio de 4 ha. 2,000 m2 con Unidad Catastral Nº 15491, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, se encuentran en su totalidad sin habilitacion, ni actividad economica o explotacion MORDAZA, pecuaria, forestal, asi como sin posesionario alguno, continuando por lo tanto en su condicion original; Que, mediante Informe Legal Nº 139-2000-AG-PETT/ DTE de fecha 29 de noviembre de 2000, que obra a fojas 20, se indica que al haberse constatado que el adjudicatario no ha cumplido con habilitar el terreno a la actividad agraria respecto del area adjudicada en el plazo establecido ha incurrido en causal de caducidad del derecho de propiedad; Que, a traves del Informe Tecnico Legal Nº 51-2000AG-PETT/DTE de fecha 23 de noviembre de 2000, de fojas 21 a 23, de la ex Direccion de Tierras Eriazas del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, opina por que se declare la caducidad total del derecho de propiedad respecto a la extension superficial de 4 ha. 2,000 m2, otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jauri al no haber cumplido con las condiciones contractuales pactadas; Que, el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 653, establece que el derecho de propiedad sobre las tierras eriazas caduca si el comprador no las destina al uso agrario para el que las adquirio dentro del plazo senalado en el correspondiente contrato; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 653, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-91-AG, en su Articulo 53º dispone que la caducidad del derecho de propiedad sera formalizada por Resolucion Ministerial; Que, habiendose determinado en el expediente mediante los Informes Tecnico Nº 102-2000-AG-PETT-DTE y Legal Nº 139-2000-AG-PETT/DTE y Tecnico Legal Nº 512000-AG-PETT/DTE que el adjudicatario no ha cumplido con habilitar el terreno que le fuera adjudicado dentro del plazo senalado en el Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios Nº 4923-AG-PETT, se ha incurrido en causal de caducidad total; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del derecho de propiedad otorgado a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jauri sobre la superficie de 4 ha. 2,000 m2 de terrenos eriazos, del predio signado con Unidad Catastral Nº 15491, no habilitado a la actividad agraria, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, declarandose igualmente resuelto el Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios Nº 4923-AG-PETT de fecha 14 de MORDAZA de 1995, debiendose revertir dichos terrenos al dominio del Estado. Articulo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione la cancelacion de la inscripcion registral de la propiedad a nombre de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jauri y la subsiguiente inscripcion a favor del Ministerio de Agricultura, para su posterior

transferencia al Sector Privado a traves de la COPRI, devolviendose el expediente al citado Proyecto Especial para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 21649 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0188-2001-AG MORDAZA, 13 de marzo de 2001 VISTO: El expediente administrativo sobre caducidad parcial del derecho de propiedad, organizado por don MORDAZA MORDAZA del Rio Aramburu y otros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos con Fines de Irrigacion y/o Drenaje Nº 000643-93, de fecha 12 de agosto de 1993, la Unidad Agraria Departamental Lima-Callao otorgo a favor de don MORDAZA MORDAZA del Rio Aramburu, MORDAZA MORDAZA del Rio MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Torero, la extension superficial de 120.00 ha., con Unidad Catastral Nº 11580, ubicadas en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima; fijandosele el plazo de cuatro (4) anos para cumplir con la ejecucion del proyecto de factibilidad presentado; Que, el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 653, prescribe que el derecho de propiedad sobre las tierras eriazas caduca si el adjudicatario no ejecuta las obras de irrigacion y/o drenaje dentro de los plazos establecidos en el contrato, o las ejecuta sin observar las especificaciones tecnicas contenidas en el proyecto; Que, los Informes Tecnicos Nºs. 090-2000-AG-PETTCAH, de 14 de febrero de 2000 y 259-2000-AG-PETT-DTE, de 15 de agosto de 2000, de fojas 25 a 27 y 46 a 47, respectivamente, elaborados por la ex Comision Ad Hoc de Saneamiento de Tierras Eriazas y por la ex Direccion de Tierras Eriazas del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, senalan que el terreno adjudicado esta signado con la Unidad Catastral Nº 11580, esta constituido por una plantacion de mangos actualmente sin riego (de aproximadamente 4 anos), adicionalmente cuenta con pozos con vestigios de cosecha y en preparacion de terrenos de terreno; existe igualmente un tendido de tuberias de PVC de 6" y 4" de diametro a traves de la cual se habria captado agua de MORDAZA ubicado en un terreno colindante; en la parte Centro-Sur, se ubica un reservorio de agua a tajo abierto, revestido con concreto y reforzada con mamposteria de MORDAZA de 50 m. de largo y 2.00 m. de altura, haciendo aproximadamente un vaso de 400 m3 de capacidad al que llega un alimentador en tierra de unos 100 m. y otro de 400 m. de longitud; existen centros de servicios, implementos agricolas, etc.; el resto del area adjudicada esta conformada por montanas, colinas y por MORDAZA altas

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados.

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