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Pág. 201252 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 115º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial cuenta con un Consejo Consultivo presidido por un Vocal Consejero de la Corte Suprema de Justicia de la República, designado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y conformado por un Vocal de la Corte Superior, un Juez Especializado o Mixto y un Juez de Paz Letrado, igualmente designados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, los señores Magistrados José Antonio Silva Valle- jo, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República; Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, Pablo Roge- lio Talavera Elguera y Leticia Niño Neyra Ramos, Vocal, Juez Especializado en lo Penal y Juez de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Lima, respectivamente, tienen los requisitos para integrar el Consejo Consultivo; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los siguientes Magis- trados, para que en adición a sus funciones jurisdicciona- les, integren el Consejo Consultivo del Centro de Investi- gaciones Judiciales del Poder Judicial: - Doctor José Antonio Silva Vallejo, Vocal Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, quien lo presi- dirá. - Doctora Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. - Doctor Pablo Rogelio Talavera Elguera, Juez Titular Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima. - Doctora Leticia Niño Neyra Ramos, Juez de Paz Letrado Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento la presen- te resolución del Presidente de la Corte Suprema de Justi- cia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima, e interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO URRELLO ALVAREZ LUIS ORTIZ BERNARDINI NELSON REYES RIOS VICTOR RAUL MANSILLA NOVELLA BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 21656 Aceptan renuncia de relatora de la Sala Penal Permanente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 014-2001-CE-PJ Lima, 6 de abril del 2001 VISTA: La solicitud presentada el 7 de marzo del presente año, por la doctora Julia Amparo Prada Vargas, mediante la cual formula por motivos personales renuncia, al cargo de Relatora Titular de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, la doctora Julia Amparo Prada Vargas, fue nom- brada en el cargo de Relatora Titular de la Primera Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República, por acuerdo de Sala Plena del Supremo Tribunal de fecha 30 de noviembre de 1990; Que, del Oficio Nº 438-2001-GD-OCMA-FAT, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aparece que la recurrente no tiene proceso disciplinario alguno en trámite;Que, asimismo, del Oficio Nº 304-2001-P-CNM, del 27 de marzo del año en curso, remitido por el Consejo Nacional de la Magistratura, aparece que la renunciante no registra ninguna denuncia, ni existe en trámite proceso disciplina- rio en su contra; Que, mediante la solicitud de fecha 26 de marzo del año en curso, la doctora Julia Amparo Prada Vargas, solicita que su renuncia, sea aceptada con efectividad al 9 de marzo del presente año; Que, en consecuencia, la citada Relatora, no se encuen- tra comprendida dentro de las limitaciones establecidas en la última parte del Artículo 162º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, a mérito de la certificación de firma de fecha 9 de marzo del año en curso; y, en uso de sus facultades, el Consejo Ejecutivo, en sesión ordinaria de la fecha; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar con efectividad al 9 de marzo del año en curso, la renuncia formulada por la doctora Julia Amparo Prada Vargas, al cargo de Relatora Titular de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolu- ción a la Corte Suprema de Justicia de la República, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial y a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO URRELLO ALVAREZ LUIS ORTIZ BERNARDINI NELSON REYES RIOS VICTOR RAUL MANSILLA NOVELLA BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 21657 Aceptan renuncia de jueza de paz letra- do de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 015-2001-CE-PJ Lima, 6 de abril del 2001 VISTA: La solicitud presentada el 8 de marzo del presente año, por la doctora María Angélica Julca Vargas, mediante la cual formula por motivos personales renuncia al cargo de Juez de Paz Letrado Titular de la Corte Superior de Justicia del Callao; y, CONSIDERANDO: Que la doctora María Angélica Julca Vargas, fue nom- brada en el cargo Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia del Callao, mediante Resolución Suprema Nº 212-83-JUS de fecha 21 de junio de 1983; Que, de los Oficios Nºs. 439-2001-GD-OCMA-FAT de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y 1624-P-2001-CSJCL/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, aparece que la Magistrada renunciante no tiene proceso disciplinario alguno en trámi- te; Que, asimismo, del Oficio Nº 303-2001-P-CNM, del 27 de marzo del año en curso remitido por el Consejo Nacional de la Magistratura, aparece que la citada Magistrada no registra ninguna denuncia, ni existe en trámite proceso disciplinario en su contra; Que, mediante la solicitud de fecha 30 de marzo del año en curso, la referida Magistrada, solicita que su renuncia, sea aceptada con efectividad al 12 de marzo del presente año; Que, en consecuencia, la doctora María Angélica Julca Vargas, no se encuentra comprendida dentro de las limita- ciones establecidas en la última parte del Artículo 162º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que a mérito de la certificación de firma de fecha ocho de marzo del año en curso; y, en uso de sus facultades, el Consejo Ejecutivo, en sesión ordinaria de la fecha;