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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (20/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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Pág. 201684 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 General de Planificación por movilidad local en forma permanente, incluyendo sábados y domingos; además, el Sr. Fernando Cervera Vallejos, Jefe de Control Pre- vio, en el mes de enero 99' cobró por movilidad local, en distintos días del mes por duplicado y/o triplicado, infringiendo de esta manera la Directiva Nº 002-98- INPE/OFIN-UT "Normas para el Manejo y Uso de Fondo para Pagos en Efectivo y Fondo Fijo para Caja Chica", aprobada con Resolución Nº 355-98-INPE/CR-P y Directiva Nº 005-99-INPE/OGP-OOM sobre "Normas de Austeridad en el Gasto Presupuestal del INPE", aprobado por Resolución Nº 320-99-INPE-P, y las medi- das complementarias de Manejo y Uso del Fondo para Pagos en Efectivo y Fondo de Caja Chica. Además, la precitada funcionaria habría efectuado la recepción y retención indebida de S/. 435.00 nuevos soles, entrega- do por la Srta. Tatiana Enciso Zegarra, como pago de responsabilidad pecuniaria, que debió ser revertido al Tesoro Público oportunamente, incumpliendo la Reso- lución de Contraloría General Nº 072-98-CG Norma de Control Interno para el Area de Tesorería Nº 230-11 y el Art. 49º de la Directiva de Tesorería para el Ejercicio Presupuestal 1999, aprobada por Resolución Directoral Nº 077-98-EF/77.15; por estos hechos habría incumpli- do las obligaciones establecidas en los Incs. a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, tipificadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del citado dispositivo legal; Se ha constatado en el Area de Logística, que en marzo de 99', se mandó reparar una fotocopiadora que no pertenece a la Institución por la suma de S/. 4,476.20 nuevos soles, de propiedad de la Empresa ALL COPIER SRL, sin mediar un contrato de alquiler, con orden de servicio que fue autorizada por el ex funcionario JUAN RODRIGUEZ EGOAVIL, ex Director de Logística; in- cumpliendo las obligaciones establecidas en los Incs. a), b) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del citado dispositivo legal; De otro lado, mediante Resolución Nº 002-99-INPE- SG de fecha 25.ENE.99, se nombró una Comisión de Créditos Devengados, conformada por JUAN RODRI- GUEZ EGOAVIL, ex Director de Administración, JOSE ESTEVES OSTOLAZA, ex Jefe de Adquisiciones, y GLADYS ALBINACORTA HUYHUA, Directora de la Oficina Financiera, con la finalidad de asumir los adeu- dos pendientes de los años 95', 96', 97' y 98', quienes reconocieron y autorizaron los pagos de créditos deven- gados por S/. 61,506 nuevos soles, por los servicios de acondicionamiento de ambientes de la Secretaría Gene- ral y la Unidad de Personal, realizados en el año 1995, y cancelados en el ejercicio presupuestal 1999, median- te comprobantes de pago Nºs. 1005, 1006, 1007 del 30.ABR.99, contando sólo con copias de los documentos sustentatorios, cuyo trámite de adjudicación presenta irregularidades; además dicha Comisión no cumplió con elaborar el Informe de las acciones realizadas tal como lo señalaba el Art. 3º de la citada Resolución, sin embargo el Director de Logística JUAN RODRIGUEZ EGOAVIL, sin estar autorizado firmó la Resolución Directoral Nº 31-99-INPE-SC-LO del 2.MAR.99, reco- nociendo y autorizando el pago del crédito devengado a la Empresa Berenstein Oliva Elishe EIRL. Los precita- dos funcionarios habrían incumplido la Norma de Con- trol Interno para la Administración Financiera Guber- namental Nº 210.03 "Control Previo de los Compromi- sos Presupuestales", Norma para el Area de Tesorería Nº 230.13, Norma para el Area de Contabilidad Pública Nº 280.06 y 280.07, alcanzando responsabilidad admi- nistrativa al ex funcionario Nivel F-1 LUIS GONZA- LES PINEDA, ex Jefe de la Unidad de Tesorería, por lo tanto los funcionarios involucrados habrían incumplido con las obligaciones contenidas en los Incs. a), b) y h) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipifica- das en los Incs. a) y d) del Art. 28º de la acotada Ley; Asimismo, se ha determinado que el Balance Gene- ral al 30.JUN.99, la divisionaria "Construcciones" en el rubro: "Inmuebles Maquinaria y Equipo", presenta un saldo deudor de S/. 284'591,729 nuevos soles, el mismo que representa anticipos concedidos para proyectos de inversión (obras), los cuales se encuentran pendientes de rendición de cuentas, hechos originados por cuanto la Oficina Ejecutiva de Infraestructura del INPE, que estuvo a cargo del ex funcionario Nivel F-4 Ing. MARIO EDMUNDO MEJIA RODRIGUEZ, ex Director Generalde Infraestructura, no adoptó las medidas adecuadas y oportunas, para el cumplimiento de la Norma de Con- trol Interno para el Area de Contabilidad Pública Nº 280-04 "Control de los Saldos Pendientes de Rendición de Cuenta y/o Devolución", así como la Norma Nº 280- 06 "Documentación Sustentatoria", tendientes a exigir a los responsables que recibieron recursos financieros, efectúen las liquidaciones de obras oportunamente, por estos hechos le alcanza responsabilidad administrativa al precitado ex funcionario, al haber incumplido las obligaciones que impone la carrera administrativa con- tenidas en los Incs. a) y b) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas tipificadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo cuerpo de Ley; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos y las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001- JUS, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 089-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios Nivel F-4 Ing. MARIO EDMUNDO MEJIA RODRIGUEZ, ex Director de la Dirección General de Infraestructura, Nivel F-2 JUAN RODRIGUEZ EGOAVIL y MANUEL VICUÑA SOTO, ex Directores de Logística; Nivel F-2 GLADYS ALBINACORTA HUYHUA, Directora de la Oficina de Financiera, Nivel F-1 JOSEFINA ALVAREZ VILLALOBOS y Nivel F-1 LUIS GONZALES PINEDA, ex Jefes de la Unidad de Tesorería de la Sede Central del INPE. Artículo 2º.- Los funcionarios y ex funcionarios procesados pueden presentar sus descargos y pruebas convenientes a su defensa, ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el plazo de 5 días, conforme a Ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/ o a través del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 22126 OSITRAN Aprueban la creación de Comités Con- sultivos de Usuarios de Aeropuertos, Red Ferroviaria y de Puertos RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2001-CD/OSITRAN Lima, 19 de abril de 2001 VISTO: El Informe Oral presentado por la Presidenta del Consejo Directivo en su sesión de fecha 6 de abril de 2001; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público, establece que la misión de OSITRAN es regular el comportamiento de los merca- dos en los que actúan las Entidades Prestadoras que explotan infraestructura de transporte de uso público, así como supervisar el cumplimiento de los contratos de