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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (21/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 201703 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de abril de 2001 Visto el Oficio Nº 113-2001-TR/DM, de fecha 29 de marzo de 2001, del Ministro de Trabajo y Promoción Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 240-96- JUS, de fecha 11 de diciembre de 1996, se designó al doctor Fernando de Trazegnies Granda, como Procu- rador Público Ad Hoc, para que asuma la represen- tación y defensa de los derechos e intereses del Estado, en las acciones de inconstitucionalidad inter- puestas contra el Decreto Ley Nº 25967 y Decreto Legislativo Nº 817; Que, habiendo culminado el trámite de los referidos procesos es necesario expedir la correspondiente reso- lución administrativa que dé por concluida la designa- ción del citado profesional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, y en el Reglamento para la Desig- nación de Procuradores Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación del doctor FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA, como Procurador Público Ad Hoc, a que se refiere la Resolu- ción Suprema Nº 240-96-JUS. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 22247 Amplían plazo de Comisión encargada de revisar la legislación penal, proce- sal penal y ejecución penal antidrogas dictada con posterioridad a la vigencia del Código Penal de 1991 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2001-JUS Lima, 19 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 021-2001- JUS de fecha 17 de enero de 2001, se constituyó una Comisión encargada de revisar la legislación penal, procesal penal y de ejecución penal antidrogas, dictada con posterioridad a la entrada en vigencia del Código Penal de 1991, y proponer las reformas que se conside- ren pertinentes; Que el Presidente de la citada Comisión ha solici- tado la ampliación del plazo señalado en la Resolu- ción Ministerial Nº 021-2001-JUS, con el objeto de concluir con el encargo conferido, dada la compleji- dad del tema; Que es conveniente ampliar el plazo señalado en el Artículo 3º de la citada Resolución, así como incluir en la conformación de la citada Comisión al coronel Julio Wilmot Bueno Tirado, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacio- nal del Perú;De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar en 60 días el plazo señalado en el Artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 021- 2001-JUS. Artículo 2º.- Incluir en la conformación de la Comi- sión encargada de revisar la legislación penal, procesal penal y de ejecución penal antidrogas, dictada con posterioridad a la entrada en vigencia del Código Penal de 1991, al coronel Julio Wilmot Bueno Tirado, Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Antidro- gas de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación Encargado de la Cartera de Justicia 22150 Autorizan a la Municipalidad Provin- cial del Callao funcionar como centro de conciliación RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 074-2001-JUS Lima, 17 de abril de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 13726 de fecha 18 de noviembre de 1999 de la Municipalidad Provincial del Callao; CONSIDERANDO: Que la Municipalidad Provincial del Callao, es una institución que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Concilia- ción denominado "Centro de Conciliación de la Mu- nicipalidad Provincial del Callao", con sede en la Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 8 de marzo de 2001, se ha realizado la constata- ción respectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 168-2001-DM- STC-SDSCCC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la Municipalidad Provincial del Callao; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolu- ción Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Municipalidad Provincial del Callao, a funcionar como Centro de Conciliación, denominado "Centro de Conciliación de la Municipalidad Provincial del Callao", con sede en la Provincia Constitucional del Callao, departamento de Lima.