Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2001 (25/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2001

Financieros, inobservando el MORDAZA de Contabilidad generalmente aceptado de "EXPOSICION" y la MORDAZA General del Sistema de Contabilidad Gubernamental "VERIFICACION INTERNA", siendo pasibles de responsabilidad administrativa el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro MORDAZA . 7. Se ha determinado que en la cuenta patrimonial Hacienda Nacional Adicional no se ha contabilizado las transferencias recibidas del Tesoro Publico por los conceptos de Fondo de Compensacion Municipal, Canon Petrolero y el Impuesto a la Promocion Municipal MORDAZA MORDAZA y Frontera, por los importes de S/. 5´507,746 y S/. 4´910,290 por los ejercicios economicos 1997 y 1998 respectivamente, que corresponden al 80 % para destinarlos a solventar gastos de capital con excepcion del Impuesto a la Promocion Municipal - MORDAZA MORDAZA y Frontera que se destina el 100 % a obras de interes social, transgrediendo el Decreto de Urgencia Nº 01-94 y el MORDAZA Plan Contable Gubernamental aprobado con R. CNC Nº 010-97-EF/93C.01, asistiendoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 8. De la revision y analisis de las cuentas Hacienda Nacional, Hacienda Nacional adicional y Resultados Acumulados, se ha comprobado que los saldos mostrados en los estados financieros se presentan totalmente distorsionados con los reflejados en los libros contables por los importes de S/. 2´816,544, S/. 4´724,912 y S/. 4´020,582 en los ejercicios economicos 1996, 1997 y 1998 respectivamente transgrediendo la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Contabilidad Publica "Conciliacion de Saldos" y politicas contables en la preparacion y MORDAZA de estados financieros, acarreandoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 9. Del examen practicado al saldo de existencias se ha determinado, que la Unidad de Contabilidad no ha tenido en cuenta la informacion alcanzada por la Unidad de Abastecimiento para realizar la correspondiente conciliacion de los Inventarios Fisicos Valorizados a fin de sustentar fehacientemente este rubro en los estados financieros por importes de S/. 499,315, S/. 808,321 y S/. 308,816 correspondiente a los ejercicios economicos 1996, 1997 y 1998 respectivamente, lo que se ha transgredido el MORDAZA de Contabilidad generalmente Aceptado de "EXPOSICION" y la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Contabilidad "EXPOSICION" y la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Contabilidad "CONCILIACION DE SALDO", siendo pasibles de responsabilidad administrativa el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 10. De la Revision selectiva a los pagos efectuados a las Administradoras de Fondos de Pensiones, se ha observado que por los meses de marzo y MORDAZA de 1997 la Municipalidad cancelo a las AFP Integra y Profuturo obligaciones que corresponden a los anos 1995 y 1996 y al verificar el registro de estas operaciones en los libros contables se ha evidenciado una contabilizacion incorrecta; es decir, se ha utilizado la cuenta 42 Cuentas por Pagar en lugar de emplear la cuenta 40 Tributos por Pagar originando distorsion en los importes de estas cuentas inobservando las Normas Generales del Sistema de Contabilidad Gubernamental - "METODOLOGIA CONTABLE" y "VERIFICACION INTERNA"; asistiendoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 11. De la verificacion a los libros de Contabilidad se ha comprobado la inexistencia del Libro de Inventarios y Balances de la Municipalidad, lo que se ha transgredido la Resolucion de Contaduria Nº 067-97-EF/93.01 que obliga a llevar el referido libro, acarreandoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 12. Del examen realizado a los ingresos recaudados por la Municipalidad, se ha observado que los Fondos recaudados en el dia no son depositados en el Banco de la Nacion integramente y el transcurso de las 24 horas de su captacion, vulnerando la Normas de Control Interno

del sector Publico para el Area de Tesoreria "DEPOSITO OPORTUNO EN CUENTAS BANCARIAS", asistiendoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro MORDAZA y a los ex Tesoreros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pintado Saguma y MORDAZA MORDAZA Nunez. 13. Se ha evidenciado que durante los ejercicios economicos 1996, 1997 y 1998 no se han efectuado arqueos de los fondos y/o valores a fin de determinar su existencia fisica y que estos concilien con los registros contables, transgrediendo la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Tesoreria "Arqueo de Fondos y Valores", siendo pasibles de responsabilidad administrativa el ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro MORDAZA y a los ex Tesoreros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pintado Saguma y MORDAZA MORDAZA Nunez. 14. De la revision y analisis selectivo de los Comprobantes de Pago que acreditan anticipos de efectivo, se ha observado el otorgamiento de cheques por la cantidad de S/. 27,569.31 a autoridades y funcionarios sin que se MORDAZA efectuado la rendicion correspondiente, inobservando la MORDAZA General del Sistema de Tesoreria "Medidas de Seguridad para giro de Cheques" y de Contabilidad Gubernamental "DOCUMENTACION SUSTENTATORIA", acarreandoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Contador y el ex Director Municipal MORDAZA Ferro Cordova. 15. De la evaluacion y revision a los documentos sustentatorios de gastos por la compra de insumos para el Programa Vaso de Leche, se aprecia que con fecha 7 de MORDAZA de 1996, la Municipalidad extendio el Comprobante de Pago Nº 05 y el Cheque Nº 58699203 del Banco de la Nacion por el importe de S/. 10,991, para adquirir 145 bolsas de azucar rubia al Proveedor Comercial MORDAZA, segun Factura Nº 001-00050 del 6 de MORDAZA de 1996, utilizando indebidamente los recursos del Programa Vaso de Leche por cuanto el azucar no es producto alimenticio para el referido programa, transgrediendo la Directiva Nº 175-95-EF/76.01, siendo pasibles de responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Jefe del Programa del Vaso de Leche MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calle. 16. De la revision y evaluacion a los documentos de gestion y file de personal, se evidencia que la Municipalidad no ha implementado un reglamento interno de trabajo, asi como el de puntualidad, permanencia y asistencia, de igual manera no se ha evaluado al personal: Los Legajos de Personal de las autoridades y trabajadores que se han evaluado selectivamente, se aprecia que se encuentran desactualizados y no se ha cumplido con presentar la Declaracion Jurada Actualizada de Bienes y Rentas, inobservando las Normas Tecnicas de Control Interno para el Area de Administracion de Personal, la Ley Nº 24801 que MORDAZA la MORDAZA de la declaracion jurada de Bienes y Rentas, asistiendoles responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Director Municipal MORDAZA Ferro MORDAZA y a los ex Jefes de Personal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Alcedo MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calle. 17. De la verificacion y evaluacion al control interno de la Oficina de Rentas, se observa que carece de una estructura organica definida y eficiente que le permitira cumplir sus objetivos y funciones en las Areas de Contabilidad, Licencias, Cobranzas y Fiscalizacion respectivamente y funciona en una sola oficina, apreciandose falta de programacion, direccion, ejecucion, coordinacion y control de las actividades relacionadas con la recaudacion y fiscalizacion de los tributos y rentas municipales. Asi mismo, no cuenta con un Reglamento y Manual de Organizacion y Funciones, con un Padron de Contribuyentes de Impuestos y Tributos Municipales, originando que la municipalidad no conozca con precision la morosidad de los contribuyentes y es por ello que no registra en los estados financieros Cuentas por Cobrar, contraviniendo la Ley Nº 26703 Gestion Presupuestaria del Estado, siendo pasibles de responsabilidad administrativa al ex MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Director Municipal MORDAZA Ferro MORDAZA y los ex Jefes de Rentas MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Calle.

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