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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (25/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 201876 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 INDECI Aprueban contratar servicios persona- lísimos de profesionales para coordi- nar estudios, obras y otras actividades de Defensa Civil en zonas afectadas por el Fenómeno de El Niño RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 178-2001-INDECI Lima, 16 de abril del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2001- PCM, se incorporó al Comité Ejecutivo de Recons- trucción de "El Niño" - CEREN, al Instituto Nacional de Defensa Civil, disponiendo la transferencia de los recursos de toda índole y en calidad de Organismo Consultivo; Que los ingenieros Guillermo SEMINARIO VE- LEZ, Alfredo PEREZ GALLENO, Jorge CARRASCO CALDERON y el Ing. economista Erik CORTIJO ZARATE, por el tiempo en el que han desempeñado funciones en dicho comité, poseen características particulares que acreditan la calidad de profesiona- lismo, siendo por tanto necesario seguir contando con sus servicios profesionales a fin de continuar con la coordinación de los estudios y obras de reconstruc- ción, estudios de prevención y otras actividades de Defensa Civil, dispuesta por el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 014-2001-PCM; Que el inciso h) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitación pública, concursos públicos o adju- dicación directa, los Servicios Personalísimos, figura dentro del cual están inmersos el personal antes indica- do; Que el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selec- ción los contratos de locación de servicios que se celebran con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por su determi- nada calidad o profesión; Que el Artículo 105º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, establece que de producirse el supuesto señalado en el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudicación directa, ésta deberá contar con autorización expresa del Titular del pliego o de la Máxima Autoridad Administrativa de la Enti- dad; Al amparo de lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, con la opinión favorable de los Informes Técnico y Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar en vía de regulariza- ción la contratación por servicios Personalísimos del Ing. civil Guillermo SEMINARIO VELEZ, el Ing. civil Alfredo PEREZ GALLENO, el Ing. civil Jorge CA- RRASCO CALDERON y el Ing. economista Erik COR- TIJO ZARATE, con el propósito de continuar la coor- dinación de los estudios y obras de reconstrucción, estudios de prevención y otras actividades de Defensa Civil en las zonas afectadas por el Fenómeno de El Niño y para la coordinación en medidas necesarias con la finalidad de atender las emergencias producidas en nuestro país. Artículo Segundo.- La presente Resolución Jefatu- ral será puesta en conocimiento de la Contraloría Gene- ral de la República, dentro de los diez (10) días calenda- rio siguientes a la expedición de la presente.Artículo Tercero.- La Dirección Nacional de Logísti- ca será la encargada de procesar los contratos de que se refiere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 22313 INDECOPI Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Ad Hoc adscrita a la Comi- sión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 041-2001-INDECOPI/DIR Lima, 20 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 104-99/INDECOPI-DIR se designó al señor Gustavo Montero Flores en el cargo de miembro de la Comisión Ad-Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad; Que el señor Gustavo Montero Flores ha presentado su renuncia al citado cargo; Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Directorio del Indecopi de fecha 19 de abril de 2001; De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gustavo Montero Flores al cargo de miembro de la Comisión Ad-Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, con efectividad al 30 de abril de 2001, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 22310 Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Represión de la Competencia Desleal del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 042-2001-INDECOPI/DIR Lima, 20 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, modificado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creó la Comisión de Represión de la Competencia Desleal; Que por Resolución Nº 058-1999-INDECOPI/DIR, se designó a la señora Ximena Fernández Zapata en el