Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2001 (29/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2001

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Colombia para participar en la "XIII Reunion del CAATUR"
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2001-ITINCI MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, del 2 al 5 de MORDAZA del 2001, se llevara a cabo la "XIII Reunion del CAATUR", a realizarse en la MORDAZA de Cartagena, Colombia; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y con Resoluciones Ministeriales Nº 009-96ITINCI/DM, Nº 077-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 1 al 6 de MORDAZA del 2001, a la MORDAZA de Cartagena, Colombia, del senor MORDAZA Ramirez-Gaston MORDAZA, Director Nacional de Turismo, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, asista y participe en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. MORDAZA RAMIREZ-GASTON MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 529.82 US$ 1,000.00 US$ 25.00

a la Policia Nacional del Peru, solicita se expida Resolucion Ministerial autoritativa, para interponer las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASHU; Que, el 22.JUN.99 a horas 03.00 a.m. aproximadamente, se produjo un accidente de MORDAZA con lesiones personales y danos materiales, entre el camion MORDAZA HYUNDAI de Placa de Rodaje XG-7204, conducido por MORDAZA MORDAZA AMPUERO MORDAZA y el automovil MORDAZA DAEWOO modelo MORDAZA de Placa de Rodaje AIT-797, conducido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASHU, en la interseccion de las avenidas Universitaria y MORDAZA MORDAZA - Comas, en dicho accidente intervino personal de la Comisaria de la PNP de La Pascana, la misma que formulo el Atestado Nº 51-CC-LP-SIAT de fecha 3.AGO.99; Que, la Compania de Seguros "La Fenix Peruana", con fecha 12.JUL.99 dirigio una carta al MORDAZA Jefe de la Division de Reconocimiento Medico del Hospital PNP "Augusto B. Leguia", solicitando se determine el grado de ebriedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASHU, quien presento el Certificado de Dosaje Etilico Nº B-129376 contenido en el formato Nº 004795, con el resultado de 0.20 g/l; Que, el Jefe de la Division de Reconocimiento Medico del Hospital PNP "Augusto B. Leguia", establecio que el precitado documento es falso, por cuanto en los archivos de dicha Division obra el Certificado de Dosaje Etilico Nº B129376 contenido en el formato Nº 029635, con resultado 0.49 g/l, de cuya irregularidad dio cuenta a la Superioridad; Que, para efectos de establecer la responsabilidad del Personal PNP de la Comisaria de La Pascana y de la Division de Reconocimiento Medico del Hospital PNP "Augusto B. Leguia", Inspectoria General de la PNP efectuo las investigaciones pertinentes y al termino de las mismas, no encontro responsabilidad en el personal de la Comisaria de La Pascana y del Hospital MORDAZA B. Leguia; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASHU, resulta ser presunto responsable de falsificacion en el contenido, sellos y firmas del Certificado de Dosaje Etilico Nº B-129376 contenido en el formato Nº 004795, que difiere del verdadero; Que, el hecho descrito esta previsto en el Articulo 428º del Codigo Penal, como Delito contra la Fe Publica, que amerita ser investigado por la autoridad jurisdiccional correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; concordante con el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, y estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en su Informe Nº 786-2001-IN0202 de 26.FEB.2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior Relativos a la Policia Nacional del Peru, para que interponga las acciones legales pertinentes, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASHU, por el ilicito penal descrito en los considerandos que anteceden. Articulo 2º.- Remitir al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior Relativos a la Policia Nacional del Peru, los antecedentes del caso para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KETIN MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 22168

Articulo 3º.- Al termino de la comision de servicios el funcionario presentara un informe de las actividades realizadas y la rendicion de cuenta documentada, de conformidad con los Articulos 20º y 22º de la Directiva Nº 002-96ITINCI/DM, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 00996-ITINCI/DM y modificada por Resolucion Ministerial Nº 077-2001-ITINCI/DM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 22666

PRES
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal del FONCODES
RESOLUCION SUPREMA Nº 105-2001-PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO:

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a presunto responsable de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0411-2001-IN/0103 MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2001 Visto, el Oficio Nº 166-2001-PP.PNP/1204 de 17.FEB.2001, con el cual el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PRES, publicado el 14 de MORDAZA del 2001, se declara al Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES en MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, facultandosele a aprobar sus instrumentos de gestion, asi como a efectuar las acciones de personal que conlleve dicho proceso;

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