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Pág. 208276 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de agosto de 2001 029-2000-MTC y Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso de Operación de Trans- porte Turístico de ámbito departamental a favor de la empresa de transporte ANDRE SERVICIOS TURÍSTI- COS S.A.C. por el período de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: AMBITO :Departamento de Lima MODALIDAD :Traslados, visitas y excursiones. FLOTA VEHICULAR :Un (1) ómnibus de placa: UZ-1606 (1994) Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS y demás disposiciones vigentes concernientes al Servicio de Transporte Turístico Terrestre de Pasajeros por Ca- rretera que se autoriza. Tercero.- La empresa no podrá realizar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasa- jeros por carretera, bajo apercibimiento de aplicarse la sanción establecida en la Tercera Disposición Comple- mentaria del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 046-99-MTC y de reincidirse se dejará sin efecto la autorización del Permi- so de Operación dispuesta en el Artículo Primero de esta resolución. Cuarto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 26634 Sancionan a diversos conductores con suspensión de sus licencias de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1053-2001-MTC/15.18 Lima, 23 de julio de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 0215806, 0261106, 0261506, 0251106, 0272606, 0251406, 0223006, 0248306, 0216306, 0214406, 0268406, 0268306, 0268206, 0268006, 0268706, 0271206, 0272206, 0274706, 0274806, 0243306, 0242506, 0245806, 0243106, 0238706, 0239306, 0236006, 0236206, 0234806, 0247406, 0247706, 0254606, 0252306, 0236906, 0253606, 0264506, 0264606, 0256906, 0256706, 0256206, 0259106, 0259506, 0265706, 0266106, 0224106, 0266506, 0245306, 0225006, 0224406, 0227306, 0227406, 0228406, 0232706, 0220806, 0220906, 0223506, 0223406, 0222306, 0226806, 0226506, 0225606, 0261706, 0266806, 0266906 y 0267006, organizados en torno a la infracción al Reglamento de Tránsito, por conducir en estado de ebriedad, Informe Nº 532- 2001-MTC/15.18.05.03.AA. emitido por el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorándum Nº 970-2001- MTC/15.18.05. de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú, han remitido las Licencias de Conducir retenidas a sus titulares por conducir vehículos en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etílico corres-Horario :H24 Ubicación de la Planta Retransmisora :Av. Serafino Filomeno Cua- dra 4, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. Coordenadas: L.O. 76° 57' 14.3" L.S. 06° 02' 9.7" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- La empresa CORPORACIÓN GES- TIÓN S.A. está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolu- ción, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio auto- rizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 28697 Otorgan permiso de operación de trans- porte turístico a favor de Andre Servi- cios Turísticos S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 825-2001-MTC/15.18 Lima, 28 de junio de 2001 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2001-003271 de fecha 28 de marzo del 2001, organizado por la empresa de transporte ANDRE SERVICIOS TURÍSTICOS S.A.C., sobre Permiso de Operación para realizar Servicio Pú- blico de Transporte Turístico, Informe Nº 414-2001- MTC/15.18.04.1 y Memorándum Nº 1582-2001-MTC/ 15.18.04 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transporte ANDRE SERVICIOS TURÍSTICOS S.A.C. mediante el expediente indicado en Vistos y al amparo del Reglamento de Empresas de Transporte Turístico aprobado por Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS, solicita permiso de operación para realizar Servicio Público de Transporte Turístico en las modalidades de traslados, visitas y excursiones, para el ámbito departamental; Que, en el Informe Técnico Nº 414-2001-MTC/ 15.18.04.1 elaborado por la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional, se concluye que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029- 2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memo- rándum Nº 1582-2001-MTC/15.18.01 y de Asesoría Legal en Informe Nº 922-2001-MTC/15.18.01; De conformidad con lo establecido en la Resolución Suprema Nº 011-78-TC/DS de fecha 6 de febrero de 1978, Oficio Nº 1283-2001-MITINCI/VMT/DNT, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070- 89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº