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Pág. 208278 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de agosto de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 0007506, 0028606, 0032906, 0045506, 0043606, 0042406, 0031106, 0050806, 0047306, 0038406, 0072106, 0001206, 0056706, 0078006, 0024706, 0031706, 0029106, 0071106, 0065806, 0008806, 0014306, 0013306, 0007906, 0059406, 07989, 0008006, 0036906, 0033806, 0024806, 0029406, 0041006, 0052006, 0059306, 0057006, 0056806, 0061306, 0060706 y 0008906, organizados en torno a la infracción al Regla- mento de Tránsito, por conducir en estado de ebriedad, Informe Nº 316-2001-MTC/15.18.05.03.AA. emitido por el Area de Antecedentes de la Subdirección de Otorga- miento de Licencias de Conducir y Memorándum Nº 589- 2001-MTC/15.18.05 de la Dirección de Parque Automo- tor y Circulación Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarías de la Policía Nacional del Perú, han remitido las Licencias de Conducir retenidas a sus titulares por conducir vehículos en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etílico corres- pondiente o negarse al mismo, cuya relación es la si- guiente: Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA D/E FECHA 1.ALVARADO VALDEZ, Ubaldo Noel E-015045/2B2 0.95 17/12/00 2.ANAYA CORDOVA, Alberto Gerardo L-521569/2B2 1.87 02/12/00 3.ANAYA CORDOVA, Alberto Gerardo W-021569/2B2 1.87 02/12/00 4.AREVALO ACHA, Jorge Luis B-021049/2B1 0.70 30/12/00 5.AREVALO ACHA, Jorge Luis B-0021049/2B1 0.70 30/12/00 6.AYRA ROJAS, Romulo JN-010531/2B1 1.30 22/09/00 7.BARRAGAN COLOMA, Daniel Hugo X-017460/2B2 Se negó 24/12/00 8.BUSTAMANTE FONSECA, Orlando Y-010390/2B1 1.68 25/10/00 9.CALLE URIBE, Luis Antonio Y-014911/2B2 0.58 24/06/00 10. CANTO CHUQUIYAURI, Antonio Víctor P-028274/2B2 1.27 17/12/00 11. CHAVEZ BONILLA, Alejandro Patricio P-042787/2B1 1.46 03/12/00 12. DE LA CRUZ QUISPE, Glicerio Fernando X-018517/2B2 Se negó 28/12/00 13. DEL CARPIO ZUÑIGA, Héctor Marcelo H-079874/2B1 0.82 22/10/00 14. GUEVARA SALVATIERRA, Felipe Artemio P-022053/2B1 1.71 11/12/00 15. GUIDO BAUTISTA, Carlos Eleazar W-018859/2B2 0.89 02/12/00 16. GUIDO BAUTISTA, Carlos Eleazar L-518859/2B2 0.89 02/12/00 17. HERRERA QUISPE, Miltón Teofilo F-011317/2B2 1.51 29/10/00 18. JARAMILLO CARDOSO, Fredy Valentin F-011997/2D 1.25 31/12/00 19. LLANA INCHE, Miguel Angel N-014489/2B2 Se negó 28/10/00 20. LOAYZA MENDOZA, Nicasio Raúl B-025921/2B2 1.99 04/01/01 21. MATA ALFARO, Germán Demetrio D-022690/2B2 2.56 13/12/00 22. MEDRANO VICUÑA, John Richard P-042635/2B1 0.81 15/01/01 23. MENVRILLO FERNANDEZ, Jorge C-018408/2B1 1.06 01/01/01 24. MONTALVO ZIGUEÑAS, José Santos E-011363/2B2 1.96 01/11/00 25. MORALES ACOSTA, Ruben Adalberto M-000295/2D 1.39 08/12/00 26. MUÑOZ SOLIS, Zocimo L-015085/2B2 1.54 24/12/00 27. OBANDO LICERA, José Francisco A-022326/2B2 0.96 13/12/00 28. OLIDEN GONZALES, Luis Alexander B-048903/2B1 0.77 16/12/00 29. OLIVA MENA, Eucarpio B-035701/2B2 Se negó 30/12/00 30. OLIVA MENA, Eucarpio B-0035701/2B2 Se negó 30/12/00 31. PARIONA PRINCIPE, Hugo Salomón Y-011460/2E 1.13 25/12/00 32. PEREZ CASAS, Gilberto Alejandro F-040876/2B2 0.70 01/01/01 33. QUISPE CAMARGO, Rosalio R-009541/2B2 1.22 29/12/00 34. RAMOS ENRIQUEZ, Juan Ernesto R-015624/2B1 2.74 06/01/01 35. ROJAS VILLAJUAN, Eduardo W-017696/2B2 1.74 28/12/00 36. ROJAS VILLAJUAN, Eduardo L-517696/2B2 1.74 28/12/00 37. ROSALES ABARCA, Wilfredo Hugo N-020374/2B1 2.11 23/12/00 38. SEDANO DEL AGUILA, Odín Rodrigo Y-024961/2B2 Se negó 30/12/00 39. SILVA ALIAGA, Raúl L-024367/2B2 2.06 22/12/00 40. SUASNABAR RAMOS, Hugo Didi A-010941/2C 1.46 30/12/00 41. TIPULA SANCHO, Gabino U-031598/2B1 1.34 07/01/01 42. VELAPATIÑO GUERREROS, Carlos Eliceo S-014780/2B2 1.76 07/01/01 43. VELARDE DEL CARPIO, Jerry Williams F-021592/2B2 Se negó 30/11/00 Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Trán- sito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al conducir vehículos automo- tores en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etílico correspondiente o negarse al mismo; por lo tanto, son pasibles a la sanción administrativa esta- blecida en el literal d) del Artículo 6º del Reglamento acotado; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece: "En los casos en que la infrac- ción originara retención de la licencia de conducir, ésta será remitida a la Autoridad Competente de Circulación Terrestre para la aplicación de la sanción administrativa prevista en el presente Reglamento...";Nº APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIA D/E FECHA 14. PEREDA LA MADRID, Luis Alejandro P-022371/2B2 1.49 17/03/01 15. PILLACA INGA, Raúl Armando S-014668/2B2 2.35 25/01/01 16. QUINTANA TORRES, Orlando F-032621/2C 1.40 22/02/01 17. QUISPE ALPELIMA, Edwin Luis P-037013/2B1 1.96 12/01/01 18. ZEVALLOS SALAZAR, Nilo Daniel M-005168/2B2 2.28 20/02/01 19. BALQUE GOMEZ, Alejandro W-006198/2B1 1.33 11/02/01 20. CULQUI VIGO, Segundo Teodomiro W-009119/2B1 1.71 02/03/01 21. DAGA QUISPE, Freddy Solar N-016975/2B2 Se negó 27/02/01 22. DELGADO NUÑEZ, José Armando J-012628/2B2 1.42 18/02/01 23. DIAZ TORRES, Juan Pablo A-020104/2B2 1.40 18/02/01 24. GOMEZ BAO, Augusto Elías L-010799/2B2 0.91 08/02/01 25. LEGUIA ALARCON, Luis Gregorio X-013405/2B2 2.48 29/12/00 26. LIZARRAGA CARHUAVILCA, Jacinto Emiliano P-017315/2B2 1.12 14/03/01 27. MORALES CACERES, Magno Ricardo F-041794/2B2 1.49 10/02/01 28. QUISPE MENDOZA, Elías S-015900/2B1 1.60 03/03/01 29. RODRIGUEZ SUAREZ, Antonio Jesús P-014960/2B2 Se negó 11/03/01 30. ROQUE SALOME, Angel Luis E-013453/2B1 1.89 25/02/01 31. VILCA SARAVIA, Carlos Alberto K-033437/2B1 1.43 23/02/01 32. CARBAJAL CABANA, Cesario Y-021128/2B2 1.76 11/03/01 Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal C-1 del Artículo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Trán- sito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al conducir vehículos automo- tores en ESTADO DE EBRIEDAD comprobado con el examen etílico correspondiente o negarse al mismo; por lo tanto, son pasibles a la sanción administrativa esta- blecida en el literal d) del Artículo 6º del Reglamento acotado; Que, el Artículo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece: "En los casos en que la infrac- ción originara retención de la licencia de conducir, ésta será remitida a la Autoridad Competente de Circulación Terrestre para la aplicación de la sanción administrativa prevista en el presente Reglamento... "; Estando a lo opinado por las Direcciones de Parque Automotor y Circulación Vial en Memorándum Nº 959- 2001-MTC/15.18.05. y de Asesoría Legal en Informe Nº 1103-2001-MTC/15.18.01, ambas dependencias de esta Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26322, modificatoria del Artículo 111º del Código de Tránsito y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420, Reglamento de Infracciones y Sanciones de Tránsito aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Oficio Circular Nº 019-2000- MTC/15.18 y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero .- Sancionar, a las personas indicadas en el primer considerando de esta Resolución, con la SUS- PENSION de sus Licencias de Conducir por el lapso de un (1) año, computado a partir de la fecha de la toma del examen de dosaje etílico o de la fecha de remisión de los oficios por parte de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú, según corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución y control de esta Resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circu- lación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 28516 RESOLUCIÓN DIRECTORAL 1055-2001-MTC/15.18 Lima, 23 de julio de 2001