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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (19/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 208981 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de agosto de 2001 Para el caso que el tipo de indicador sea "con valor de referencia" se deberá establecer el valor de referencia. Fuente auditable Son los documentos que serán el sustento de los resultados remitidos. Datos históricos Se debe consignar, en aquellos casos que sea factible, el comportamiento histórico del indicador en los últimos 3 años, y adjuntar como anexo al proyecto de convenio los documentos establecidos en la fuente auditable que sustenten las cifras históricas correspondientes a 2000. Meta para el año Se debe señalar el resultado que se espera alcanzar en el 2002 indicador a fin del año, conforme a la forma de cálculo estable- cida. Metas parciales Se detallarán los resultados que se espera alcanzar en cada uno de los períodos a reportar según la frecuencia de reporte. Frecuencia de Puede ser trimestral, semestral o anual. Es la frecuencia con reporte al que la entidad reportará al FONAFE los resultados obtenidos FONAFE para el indicador según la forma de cálculo establecida. Frecuencia de Frecuencia con la que se analizará el resultado del indicador, evaluación según la forma de cálculo establecida y se comparará con la meta para determinar el porcentaje de cumplimiento del indicador. Es anual salvo pacto en contrario. 8. BONO DE PRODUCTIVIDAD De cumplirse con los requisitos establecidos en el numeral 8.2 del presente Convenio de Gestión, el FONA- FE dará la conformidad para la aplicación del Bono de Productividad. La aplicación del Bono de Productividad deberá sujetarse a lo establecido en el numeral 8.3 del presente Convenio de Gestión. Los valores máximos para el Monto de Financiamiento del Bono de Productividad y el Bono Teórico Máximo serán determinados por FONAFE aplicando los criterios que se detallan en el Anexo Nº 1. El FONAFE comunicará dichos valores a la Entidad. 8.1 Financiamiento del Bono de Productividad El Bono de Productividad será financiado exclusiva- mente con los ahorros de los recursos GIP del presupuesto aprobado para el ejercicio 2002. 8.2 Requisitos para otorgar la conformidad para la aplicación del Bono de Productividad La conformidad para la aplicación del Bono de Produc- tividad sólo procederá cuando se cumplan todas y cada una de las condiciones siguientes: a. Del Superávit Económico: Que la Entidad haya cumplido con el nivel de superávit económico aprobado y comunicado para el ejercicio 2002, vigente al 31 de diciembre del año 2002. b. Del porcentaje de cumplimiento de metas: Que la Entidad haya logrado como mínimo el 90% ponderado de cumplimiento de las metas establecidas en el presente Convenio de Gestión, calculado de conformi- dad con lo estipulado en las Normas para el Seguimiento y Control de los Convenios de Gestión para el año 2002, que como Anexo Nº 2 conforma el presente convenio. c. Del reporte final del cumplimiento de los indi- cadores de gestión: Que la Entidad haya entregado el reporte final del cumplimiento de los indicadores de gestión, a más tardar el 15 de marzo del año 2003. d. De las observaciones a la información remiti- da: Que la Entidad haya levantado todas las observacio- nes con respecto a la información remitida que haya formulado el FONAFE, tal como se estipula en las Normas para el Seguimiento y Control de los Convenios de Gestión para el año 2002. e. Haber generado ahorros en el GIP: Los ahorros podrán cubrir total o parcialmente el monto del Bono de Productividad. 8.3 Aplicación del Bono de Productividad La Entidad podrá otorgar el Bono de Productividad única- mente después de haber recibido del FONAFE, la comunica- ción de conformidad con la aplicación del referido bono. Para la determinación del Monto de Financiamien- to del Bono de Productividad y del Monto Máximo del Bono de Productividad para cualquier funcio- nario , la Entidad deberá aplicar las siguientes fórmulas:Monto de Financiamiento =Máximo valor para el -Monto de las utilidades a ser del Bono de Productividad Monto de Financiamiento distribuidas a los trabajadores del Bono de Productividad correspondiente al período para la categoría de la 2002 empresa (*) Monto Máximo del Bono =Bono Teórico Máximo para -Exceso sobre -Monto de de Productividad para la categoría de la empresa TMI justificado. utilidades cualquier funcionario (***) (**) percibidas Monto Máximo del Bono =Monto Máximo del Bono de -Penalidades de Productividad para el Productividad para cualquier Gerente General o funcionario equivalente (*) Columna (c) del Anexo Nº 1 (**) Columna (d) del Anexo Nº 1 (***) Sólo tendrán derecho a recibir el Bono de Productividad aquellos funcionarios cuyos ingresos anuales del año 2002 no sobrepasen el TMI autorizado o hayan justificado ante el FONAFE los excesos sobre el TMI. 9. PENALIDADES En caso de incumplimiento en la remisión de informa- ción, las penalidades a aplicar serán: Incumplimiento Penalidad No remitir los reportes de resultados Por un retraso de hasta 15 días, 5% me- de los indicadores, correspondientes nos del monto máximo autorizado para el al I, II o III trimestre del año 2002 en funcionario de mayor jerarquía de la Enti- el plazo establecido. dad; y 5% adicional de penalidad por cada período de hasta 15 días de retraso adi- cional. Los incumplimientos computables para la determinación de las penalidades serán aquellos que surjan a partir de la fecha de suscripción del presente Convenio de Gestión. 10. SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS CON- VENIOS DE GESTION El seguimiento y control del Convenio de Gestión se hace de conformidad con las "Normas para el Seguimiento y Control de los Convenios de Gestión para el año 2002", que como Anexo Nº 2 conforman el presente convenio. 11. VIGENCIA DEL CONVENIO El presente convenio entrará en vigencia a la fecha de su suscripción. 12. MODIFICACION DEL CONVENIO Las modificaciones al presente Convenio de Gestión deberán realizarse a través de Addenda, de común acuer- do entre el FONAFE y la Entidad. 13. PROCESO DE RENDICION DE CUENTAS Lo contenido en el presente Convenio de Gestión, sus resultados, así como toda información complementaria relativa al cumplimiento de los mismos, podrá ser publica- da por el FONAFE, para apoyar la estrategia de mejorar los esquemas de rendición de cuentas del Estado. Excepcionalmente, podrá haber información que debi- do a su naturaleza deba ser tomada como confidencial y no difundida según se establece en el párrafo precedente, para lo cual la Entidad deberá sustentar la razón de la naturaleza confidencial de la información. 14. GLOSARIO DE TERMINOS. Se incluirán las definiciones y detalles de los conceptos que se utilicen en el fundamento, forma de cálculo y meta de cada indicador. Suscrito en Lima, el ANEXO Nº 1 DEL CONVENIO: CARACTERISTICAS DEL BONO DE PRODUCTIVIDAD Categoría Condiciones para aplicar a la categoría Máximo valor para el Bono Teórico (***) Monto de Máximo Financiamiento del Bono de Productividad (a) (b) © (d) I -Haber suscrito Convenio de Gestión en 6% del rubro sueldos 1/4 del TMI los años 2000 y 2001. y salarios del (**) -Haber logrado como mínimo 90% de presupuesto cumplimiento de las metas de los indica- ratificado (*) dores del año 2001.