Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2001 (22/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

NORMAS LEGALES
REQUISITOS CALIFICACION DERECHO AUT. EVALUACION DE PAGO NO POS. NEG. REG.

MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2001
Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad que aprueba el tramite Autoridad que resuelve el recurso impugnativo

4. Si el conyuge fuese minusvalido, Resolucion judicial que declare la minusvalia. 2.- Departamento de Expedientes y Pensiones: a) Proyecto de Resolucion. b) Proyecto de Liquidacion de considerarse procedente. c) Informe Tecnico Legal. d) Legajo Personal del causante: con inclusion de la Resolucion de reconocimiento de derecho a pension de cesantia, de haberse emitido. NOTA: 1. Los plazos que impliquen inicio de prestaciones economicas se cuentan desde el primer dia habil del mes siguiente al de la recepcion de los documentos en MORDAZA, pues el MORDAZA de calificacion esta centralizada en esta ciudad. 2. Estos plazos no consideran los tiempos de espera en la complementacion del expediente por pruebas supletorias, solicitados como producto del MORDAZA de calificacion. 3. Segun lo dispuesto por el Art. 4º in fine del D.S.Nº 070-98-EF, cada entidad continua manteniendo la responsabilidad del pago de las pensiones que le corresponde con arreglo a Ley. 4. Segun lo dispuesto por el Art. 25º del D.Leg. Nº 817 y Art. 26º del TUO del Regimen Pensionario del Estado, aprobado por D.S. Nº 070-98-EF, la ONP tiene la facultadad de solicitar la destitucion o despido de los funcionarios responsables que incumplan las disposiciones senaladas sin perjuicio de su responsabilidad civil y penal. 5. Para los casos donde no existiera el documento solicitado, la entidad debera acompanar las comunicaciones cursadas a otras instituciones que acrediten la gestion efectuada y/o la imposibilidad de obtener dicha documentacion; asimismo, debera presentar un informe especifico que sustituya el documento faltante. 6. Las Resoluciones y documentos entregados a la ONP por la entidad, deberan figurar: Original o MORDAZA certificada por el fedatario de la entidad o transcripcion literal debidamente certificada por el funcionario competente, caso contrario, se consideran como no entregados. 7. El expediente administrativo debera ser entregado debidamente foliado en cada una de sus hojas, de atras hacia delante en forma ascendente. PRESTACIONES PENSIONARIAS E - 05 Solicitud de Pension de Sobrevivientes Orfandad-Decreto Ley Nº 20530

La MORDAZA de MORDAZA del Peru, es la encargada de remitir el acervo documentario a la ONP, remitiendo la solicitud segun formatos autorizados anexos al presente, adjuntando: 1.- Solicitante: a) MORDAZA simple legible del documento de identidad vigente del solicitante o representante legal. b) Solicitud del recurrente o de su representante legal requiriendo pension de orfandad, con indicacion de su direccion domiciliaria. c) Para el caso que el solicitante sea tutor, documento que lo acredite como tal. d) Acta de defuncion del causante: original o MORDAZA fedateada por el funcionario competente de la entidad, MORDAZA tres mese de antiguedad. e) Partida de nacimiento de los hijos menores de edad del causante: MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva, MORDAZA tres meses de antiguedad. f) En caso de hijo adoptivo: 1. Resolucion que declare haberse realizado la adopcion por el causante: MORDAZA certificada expedida por el funcionario competente. 2. Partida de nacimiento con la anotacion correspondiente, que MORDAZA dispuesto la adopcion por el causante: MORDAZA certificada expedida por la Municipalidad respectiva, MORDAZA tres meses de antiguedad. g) En caso de ser hijo incapacitado : 1. Para el caso que el solicitante sea curador, documento que lo acredite como tal. 2. Partida de nacimiento del hijo incapacitado: MORDAZA certipor la Municipalidad respectiva, MORDAZA tres meses de antiguedad. 3. Resolucion Judicial que declare la incapacidad: MORDAZA certificada expedida por el Juzgado respectivo. 4. Resolucion Judicial que declare consentida la Resolucion de Incapacidad: MORDAZA certificada expedida por el Juzgado respectivo. h) En caso de ser hija soltera mayor de edad : 1. Partida de nacimiento de la hija soltera mayor de edad: MORDAZA certifiacada por la Municipalidad respectiva, MORDAZA tres meses de antiguedad. 2. Declaracion jurada de la recurrente indicando si permanece como soltera, si ha formado hogar fuera del matrimonio, si tiene actividad lucrativa, si carece de renta afecta y si se encuentra amparada en algun sistema de seguridad social. 3. MORDAZA de no inscripcion de la hija soltera mayor de edad en el Registro de Asegurados del Seguro Social de Essalud, expedida por la Oficina de Registro y Cuenta Indidual Nacional de Empleadores y Asegurados (ORCINEA). 2.- Departamento de Expedientes y Pensiones: a) Proyecto de Resolucion. b) Proyecto de Liquidacion de considerarse procedente. c) Informe Tecnico Legal. d) Legajo Personal del causante: con inclusion de la Resolucion de reconocimiento de derecho a pension de cesantia, de haberse emitido.

Gratuito

X

Oficina de Tramite Documentario de la Direccion General del Personal de la Marina. (Depto. De Expedientes y Pensiones), sito en la Cdra. 36 de la Av. La MORDAZA, Esquina con Av. Insurgentes, La MORDAZA - Callao.

Jefe de la Division de Calificaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP)

Reconsideracion: Division de Calificaciones (ONP) Apelacion: Gerencia de Operaciones (ONP)

NOTA: 1. Los plazos que impliquen inicio de prestaciones economicas se cuentan desde el primer dia habil del mes siguiente al de la recepcion de los documentos en MORDAZA, pues el MORDAZA de calificacion esta centralizada en esta ciudad. 2. Estos plazos no consideran los tiempos de espera en la complementacion del expediente por pruebas supletorias, solicitados como producto del MORDAZA de calificacion. 3. Segun lo dispuesto por el Art. 4º in fine del D.S.Nº 070-98-EF, cada entidad continua manteniendo la responsabilidad del pago de las pensiones que le corresponde con arreglo a Ley. 4. Segun lo dispuesto por el Art. 25º del D.Leg. Nº 817 y Art. 26º del TUO del Regimen Pensionario del Estado, aprobado por D.S. Nº 070-98-EF, la ONP tiene la facultadad de solicitar la destitucion o despido de los funcionarios responsables que incumplan las disposiciones senaladas sin perjuicio de su responsabilidad civil y penal. 5. Para los casos donde no existiera el documento solicitado, la entidad debera acompanar las comunicaciones cursadas a otras instituciones que acrediten la gestion efectuada y/o la imposibilidad de obtener dicha documentacion; asimismo, debera presentar un informe especifico que sustituya el documento faltante. 6. Las Resoluciones y documentos entregados a la ONP por la entidad, deberan figurar: Original o MORDAZA certificada por el fedatario de la entidad o transcripcion literal debidamente certificada por el funcionario competente, caso contrario, se consideran como no entregados. 7. El expediente administrativo debera ser entregado debidamente foliado en cada una de sus hojas, de atras hacia delante en forma ascendente. PRESTACIONES PENSIONARIAS E - 06 Solicitud de Pension de SobreviLa MORDAZA de MORDAZA del Peru, es la encargada de remitir el acervo vientes Ascendientes-Decreto documentario a la ONP, remitiendo la solicitud segun formatos Ley Nº 20530. autorizados anexos al presente, adjuntando: 1.- Solicitante: a) MORDAZA simple legible del documento de identidad vigente del solicitante o representante legal.

Gratuito

X

Oficina de Tramite Documentario de la Direccion General del Personal de la Marina. (Depto. De Expedientes y Pensiones), sito en la

Jefe de la Division de Calificaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP)

Reconsideracion: Division de Calificaciones (ONP) Apelacion: Gerencia de Operaciones (ONP)

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