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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (22/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

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Pág. 209064 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de agosto de 2001 Autorizan a Royal Gaming S.A.C. la explotación de máquinas tragamone- das en establecimiento ubicado en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 800-2001/MITINCI/VMT/DNT Lima, 8 de agosto del 2001 Vistos, el Expediente Nº 006344-2001-MITINCI presen- tado por la empresa ROYAL GAMING S.A. solicitando autorización para la explotación de máquinas tragamo- nedas en el Restaurante Turístico 5 tenedores "Bellagio" ubicado en Av. Ricardo Palma Nºs. 251-299, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima y los Infor- mes Técnico Nº 079-2001-DEJCMT/DICF/E.B.M., Finan- ciero Nº 021-2001-DEJCMT/MMO y Legal Nº 285-2001- MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-MB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estable- ciendo los requisitos y documentos requeridos para obte- ner una autorización para explotar máquinas tragamone- das e indicando como autoridad competente para esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa solicitante en el citado expediente se advierte que ha cumplido con las disposi- ciones legales aplicables para obtener la autorización para explotar máquinas tragamonedas; Que, siendo la Dirección Nacional de Turismo la autori- dad administrativa competente para otorgar autorizacio- nes para explotar máquinas tragamonedas en el país, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que corres- pondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante los Informes Técnico Nº 079-2001- DEJCMT/DICF/E.B.M., Financiero Nº 021-2001-DEJCMT/ MMO y Legal Nº 285-2001-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/ DAR-MB; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa ROYAL GA- MING S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en el Restaurante Turístico 5 Tenedores "Bellagio" ubica- do en Av. Ricardo Palma Nºs. 251-299, distrito de Miraflo- res, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa ROYAL GAMING S.A.C. a explotar ciento ochen- ta y seis (186) máquinas tragamonedas y novecientas doce (912) memorias sólo de lectura, cuyas características apa- recen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolu- ción, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui- nas tragamonedas téngase presente lo dispuesto por el Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- La autorización otorgada es hasta el 31 de diciembre de 2005 y entrará en vigencia el día de publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO RAMÍREZ-GASTÓN ZEVALLOS Director Nacional de Turismo 29529 INTERIOR Sancionan con destitución a servidora de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0953-2001-IN/PNP Lima, 9 de agosto de 2001Visto el Acta Nº 34-2001-COPEPROAD-PNP de 20.ABR.2001, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC PC PNP Elizabeth GARCIA NARANJO PALOMINO (32) CIP Nº 70038857; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 2932-DIPER- PNP de 29.MAR.2001, se instauró proceso administrativo disciplinario a la EC PC PNP Elizabeth GARCIA NARAN- JO PALOMINO, quien prestaba servicios en el Hospital Central PNP, por la presunta comisión de Abandono de Cargo desde el 30.OCT.2000 hasta la fecha; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra la referida servidora, observando las garantías y procedimientos es- tablecidos, habiéndose determinado que ha incurrido en falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc. "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, y a los Arts. 155º Inc. "d" y 159º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 34-2001-COPEPROAD- PNP de 20.ABR.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PC PNP Elizabeth GARCIA NARANJO PALOMINO, con Destitución a par- tir del 30.OCT.2000, en vía de regularización; por grave falta disciplinaria (Abandono de Cargo). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Reso- lución a la interesada, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 29193 JUSTICIA Aceptan renuncia de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 368-2001-JUS Lima, 21 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 384-98-JUS, de fecha 11 de diciembre de 1998, se designó al doctor Juan Morales Godo como Superintendente Adjunto de la Super- intendencia Nacional de los Registros Públicos, organis- mo descentralizado del Sector Justicia; Que el mencionado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26366;