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Pág. 213279 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de diciembre de 2001 Comité Evaluador, será resuelto por éste, priorizando en todo caso, los intereses del Ministerio de Justicia. 13.- OFICIALIZACION DE EDICIONES 13.1.- El Ministerio de Justicia podrá OFICIALI- ZAR el contenido de una publicación elaborada por terceros cuando: • Su contenido verse sobre la Constitución Política, Códigos y normas legales en general, en forma indivi- dual o compendiadas. • Sea objeto de una minuciosa revisión por la Direc- ción Nacional de Asuntos Jurídicos. • Se garantice expresamente la asignación al Minis- terio de Justicia de por lo menos el 10% del tiraje total de la publicación. • Se pague la tasa correspondiente fijada en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Justicia. 13.2.- La oficialización se otorga mediante Resolu- ción Ministerial, la que necesariamente se insertará en cada uno de los ejemplares de la publicación. 13.3.- Para tener validez el otorgamiento de la oficia- lización de ediciones, se requiere que cada uno de sus ejemplares esté autenticado mediante sello y firma del Director Nacional de Asuntos Jurídicos. 35414 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación para participar en la Undécima Reunión Ordinaria de la Junta Interamericana de Agricultura (JIA) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0925-2001-RE Lima, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que del 26 al 29 de noviembre del año 2001, se realizará la Undécima Reunión Ordinaria de la Junta Interamericana de Agricultura (JIA), en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana; Que la referida Junta agrupa a los Ministros de Agricultura del hemisferio, en consecuencia debe desig- narse la delegación peruana que participará en la citada reunión; Que mediante Oficio Nº 491/2001-AG-VM, de 15 de noviembre del año 2001, del señor Viceministro de Agri- cultura, se designa a los representantes del Ministerio de Agricultura que participarán en la reunión antes citada; Teniendo en cuenta lo dispuesto en las Hojas de Trámite (GAC) Nºs. 2808 y 2837, del Gabinete de Coor- dinación del señor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 20 de noviembre del año 2001; De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Designar a la delegación peruana que participará en la Undécima Reunión Ordinaria de la Junta Intera- mericana de Agricultura (JIA), a realizarse en la ciudad de Punta Cana, República Dominicana, del 26 al 29 de noviembre del año 2001, la que estará conformada por los siguientes funcionarios:- Ingeniero Alvaro Quijandría Salmón, Ministro de Agricultura, quien la presidirá; - Ingeniero Efraín Palti Solano, Viceministro de Agri- cultura; y, - Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República, don Gustavo Bonelli Vásquez, funcionario de la Embajada del Perú en la República Dominicana. 2º.- Los gastos que irrogue la participación del inge- niero Alvaro Quijandría Salmón y del ingeniero Efraín Palti Solano, serán con cargo al presupuesto del sector Agricultura. 3º.- Los gastos del Segundo Secretario Gustavo Bo- nelli Vásquez, serán con cargo a la asignación para gastos de funcionamiento y gestión de la Embajada del Perú en la República Dominicana. 4º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 35479 TRABAJO Y PROMOCIÓN SOCIAL Declaran la tercera semana del mes de noviembre de cada año como "Sema- na de la Formación y la Capacitación Laboral" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2001-TR Lima, 27 de noviembre de 2001 Visto, el Oficio s/n de fecha 9 de noviembre de 2001, del Foro Peruano de Capacitación Laboral - FOPECAL; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 23º de nuestra Carta Magna, estable- ce que el Estado promueve las condiciones para el progre- so social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; Que, asimismo, el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitivi- dad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97- TR, establece como uno de sus objetivos el fomento de la capacitación y formación laboral de los trabajadores como un mecanismo de mejoramiento de sus ingresos y la productividad del trabajo; Que, el Foro Peruano de Capacitación Laboral - FOPECAL, desde 1999 realiza una serie de esfuerzos de manera conjunta con instituciones representativas de diferentes sectores de la actividad económica e institu- ciones de entidades públicas y privadas, ONG's y Orga- nismos Internacionales relacionadas con la formación y capacitación laboral en nuestro país; Que, bajo este marco, es importante motivar y respal- dar los esfuerzos de las instituciones que contribuyen al desarrollo de los trabajadores, de las empresas y de la sociedad, por lo que es conveniente oficializar la Semana de la Formación y la Capacitación Laboral; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, y su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 058-2001-TR;