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Pág. 213654 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de diciembre de 2001 hace necesario continuar con medidas correspondientes para la recuperación de ingresos; que conscientes de la situación económica actual, es política del Concejo Muni- cipal establecer medidas y facilidades extraordinarias que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los Contribuyentes en el distrito; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artícu- los 47º incisos 2) y 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad con lo esta- blecido en el Art. 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, se establece que las deudas tributarias sólo podrán ser condonadas por norma expresa con rango de Ley, limitándose dicha facultad para el caso de los Gobier- nos Locales quienes podrán condonar los Intereses, Mo- ratorias, Multas y Sanciones y los Tributos que han sido regulados por éste; el mismo que deberá otorgarse con carácter general de acuerdo a la Ley de Tributación Munici- pal aprobado por el Decreto Legislativo Nº 776; Estando a lo expuesto por los Artículos 47º Incs. 2 y 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el voto Mayoritario del Pleno se adoptó la siguiente: AMPLIACION Y MODIFICACION DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2001 DE FECHA 17 DE OCTUBRE DEL 2001 Artículo Primero.- AMPLIAR la Vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 010 de fecha 17 de octubre del 2001 sobre BE- NEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA EXTRAOR- DINARIA ESPECIAL "CUENTA CERO", aplicable a las deu- das acumuladas contraídas hasta el año 2000; desde el 21 de noviembre al 31 de diciembre del 2001, consistente en: a) Condonación del 100%, de los Reajustes, Intereses, Moras y Multas Tributarias. b) Descuento del 75% por el pago de las Multas Admi- nistrativas. c) Rebaja del 60% por el pago de la Tasa de Arbitrios, cuando la deuda no supere el valor de 1 UIT vigente. d) Rebaja del 25% por el pago de la Tasa de Arbitrios, para las deudas superiores a 1 UIT vigente. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Artículo Segun- do de la Ordenanza Municipal Nº 010-2001-MDSJM. Artículo Tercero.- Modifíquese el Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 010-2001-MDSJM, en el senti- do: Inclúyese en el Beneficio a que hace referencia el Art. 1º Inc. a), las deudas acumuladas correspondientes al año 2001, incluido todas las cobranzas que se encuentren en procedimiento de ejecución coactiva, en este último caso sólo se abonará por concepto de costa procesal, el impor- te único de Dieciséis Nuevos Soles (S/. 16.00). Artículo Cuarto.- Inclúyese dentro del presente benefi- cio las deudas determinadas por Omisión a la declaración jurada y las que se encuentren en proceso de fiscalización. Artículo Quinto.- Establecer el Régimen de Incentivo de un descuento del 15% cuando el contribuyente cancela la deuda total de la tasa de arbitrios correspondiente al año 2001. Artículo Sexto.- FACÚLTESE al Sr. ALCALDE, para que dicte las disposiciones complementarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sétimo.- DERÓGUESE todas las disposicio- nes referidas a beneficios tributarios y las que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 35939 Declaran en situación de urgencia el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2001 San Juan de Miraflores, 26 de noviembre de 2001EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Oficio Nº 3944-2001-DIGESA/DG de fecha 13 de noviem- bre del 2001, Informe Nº 1330-2001-DEHAZ de fecha 8 de noviembre del 2001 de la División de Vigilancia y Fiscali- zación Sanitaria, Memorando Nº 407-DM-2001 de fecha 15 de noviembre del 2001, Informe Nº 064-APVL-MDSJM- 2001 de fecha 15 de noviembre del 2001, Informe Nº 032- 2001-DA/MDSJM de fecha 15 de noviembre del 2001, Re- solución de Alcaldía Nº 000583 del 9 de mayo del 2001, Informe Nº 1690-A-01/OAJ/MDSJM de fecha 15 de noviem- bre del 2001, Informe Nº 033-2001-DA/MDSJM de fecha 15 de noviembre del 2001, Resolución de Alcaldía Nº 001514 de fecha 15 de noviembre de 2001, e Informe Nº 19-DM-2001/MDSJM de la fecha; CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de mayo del 2001 se expidió la Reso- lución de Alcaldía Nº 000583, por la que se aprobó el Con- trato de Suministro de Hojuela de Quinua, suscrito entre la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y la Em- presa Marco Poll EIRL, por la que la citada empresa resul- tó beneficiaria de la Buena Pro para la provisión de la Ho- juela de Quinua PARA EL Programa del Vaso de Leche; Que, por Oficio Nº 039-01/OVL de fecha 11 de setiem- bre del 2001 la Municipalidad de San Juan de Miraflores solicitó a DIGESA se practiquen los análisis correspon- dientes a unas muestras de Hojuelas de Quinua, que pro- vee la Empresa Marco Poll para el programa Vaso de Le- che, habiéndose realizado la toma de muestras del pro- ducto con la presencia de la Empresa Proveedora, y Comi- té de Administración; Que, el pleno de Concejo ha tomado conocimiento del Oficio Nº 3944-2001-DIGESA/DG de fecha 13 de noviembre del presente año remitiendo el Informe Nº 1330-2001/DEHAZ de fecha 8 de noviembre del 2001 firmada por la Blga. Sonia Palomino Salcedo, en la que concluye que las Muestras de HOJUELAS DE QUINUA analizadas no son aptas para el consumo humano debido a que presentan materias extrañas (Tierra) tal como indica en el Item III - Resultados; Que, de los hechos expuestos y las conclusiones que ha llegado DIGESA, Dirección General de Salud Ambiental, ha sido causal válida para la resolución del Contrato, por estar contemplados y ser hechos sobrevinientes a la celebración del mismo, en concordancia con nuestras normas civiles. Por lo que la Administración ha emitido la Resolución de Alcaldía Nº 001514 de fecha 15 de noviembre de 2001; Que, debido a la situación planteada, es necesario adop- tar las medidas pertinentes a fin de que el Programa del Vaso de Leche, no quede desabastecido y asegurar el nor- mal abastecimiento de la Hojuela de Quinua, para los be- neficiarios en el distrito; Que, es de aplicación al caso lo dispuesto en el D.S. Nº 012-2001-PCM, respecto a las formalidades de los proce- dimientos no sujetos a Licitación Pública y Concurso Pú- blico o Adjudicación Directa, debiendo de declararse para tal efecto la "Situación de Urgencia" a que se contrae el Art. 21º de la citada Norma Legal, y con el voto unánime de los señores Regidores, el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACORDO: Artículo Primero.- DECLARAR en situación de UR- GENCIA el Programa del Vaso de Leche, hasta el 31 de diciembre del 2001. Para el abastecimiento del Item II - Hojuelas de Quinua. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de las en- tidades competentes el presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 35936