TEXTO PAGINA: 31
Pág. 213649 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de diciembre de 2001 NTP 821.087:2001 EDI. Mensaje de aviso de débito múltiple (DEBMUL). 1ª Edición. NTP 201.004:2001 CARNE Y PRODUCTOS CÁRNI- COS. Definiciones, requisitos y cla- sificación de las carcasas y carnes de ovinos. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 201.043:1982 NTP 208.020:2001 PRODUCTOS DE CACAO. Dulce de manteca de cacao. Determina- ción de humedad. Método Karl Fis- cher. 1ª Edición. NTP 208.016:2001 PRODUCTOS DE CACAO. Grasa en productos de cacao. Método de extracción por Soxhlet. 1ª Edición. NTP 208.015:2001 PRODUCTOS DE CACAO. Deter- minación de cenizas totales. 1ª Edición. Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Téc- nicas Peruanas: NTP 321.006:1980 PETROLEO Y DERIVADOS. Com- bustibles para turbina de aviación NTP 201.043:1982 CARNES Y PRODUCTOS CARNI- COS. Clasificación de las carcasas de ovinos Regístrese y publíquese. FABIAN NOVAK TALAVERA Vicepresidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 35918 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL Exoneran al CTAR Arequipa de proce- sos de selección a fin de efectuar contrataciones y adquisiciones necesa- rias para atender situación de urgencia declarada por sismo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 595-2001-CTAR/PE EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL - AREQUIPA VISTO: El Informe Conjunto Nº 902-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Regional de Operaciones, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26922, se aprueba la Ley Marco de Descentralización y en mérito a la cual se crean los Con- sejos Transitorios de Administración Regional, sobre la base del ámbito departamental; Que, por Decreto Legislativo Nº 909, se aprueba el Pre- supuesto de los Organismos del Sector Público, corres- pondiente al Ejercicio Fiscal 2001; Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, se declara en Estado de Emergencia a los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara en el departamento de Ayacucho; Que, mediante Decreto Supremo Nº 100-2001-PCM, se prorroga el plazo de emergencia decretado en los depar- tamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna y provincias de Parinacochas y Páucar del Sara Sara;Que, como consecuencia de la emergencia suscitada por el sismo ocurrido el pasado 23 de junio, en nuestra Región Arequipa en el que se destruyeron algunos Centros Educati- vos, Centros de Salud y Saneamiento Básico, por lo que se ha determinado la necesidad de ejecutar obras que permitan via- bilizar al más breve plazo la recuperación de los servicios, lo cual compromete de forma directa e inminente la etapa de la reconstrucción que afronta nuestra Región Arequipa, situación que se enmarca a lo establecido en el Artículo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por lo que es necesario declarar la urgencia de las obras que se ejecutarán en el marco del Convenio Traspaso de Recursos CTP-005-2001/EP/68.01-UCP-PAE-CAF suscrito entre el CTAR - Arequipa y la Oficina de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (O.D.I.) , las mismas que serán atendi- das por la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Quin- ta Disposición Complementaria establece que en las adquisi- ciones y contrataciones de bienes, servicios y obras realiza- das con recursos públicos para fines de la reconstrucción de las zonas afectadas por desastres naturales, las entidades del Estado prefieren, en condiciones de similar precio, cali- dad y capacidad de suministro, aquellos producidos o brinda- dos por la pequeña y microempresa nacional; Que, estando a lo opinado a través del Informe Conjun- to Nº 902-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ, el mismo que cuenta con proveído de autorización de la Presidencia Ejecutiva y visto bueno de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, es procedente emitir Resolución; Estando al Informe Conjunto Nº 902-2001-CTAR/PE- ST-GRAJ de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia de Operaciones; De conformidad con la Ley Nº 26922, Decreto Legisla- tivo Nº 909, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Suprema Nº 221-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERESE a la Sede del Consejo Transitorio de Administración Regional - Arequipa de los Pro- cesos de Selección de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Selectiva, según corresponda y autorícese las adquisiciones y contrataciones necesarias para atender la situación de urgencia de las Obras y Estudios previstos en el marco de la ejecución del Convenio de Traspa- so de Recursos Nº CTR 005-2001.EF.68.01.UCP-PAE-CAF Programa de Apoyo de Emergencia a la Zona Sur Afectada por el Sismo, suscrito entre el CTAR - Arequipa y la Oficina de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (O.D.I.), las mismas que serán atendidas bajo la modalidad de adjudi- cación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial desig- nado mediante R.P.R. Nº 561-2001-CTAR-PE CTAR-AREQUI- PA a realizar las adquisiciones y contrataciones exoneradas en mérito a la presente Resolución, de conformidad con el Art. 118º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo Cuarto.- Remítase copia de la presente reso- lución a la Presidencia Ejecutiva, Secretaría Técnica, Ge- rencia Regional de Administración, Comité Especial y a la Contraloría General de la República adjuntando el Informe Técnico Legal, dentro de los diez días hábiles de emitida la presente Resolución, para su conocimiento y fines. Dada en la Sede Central del Consejo Transitorio de Ad- ministración Regional - Arequipa, a los tres (3) días del mes de diciembre del dos mil uno. Regístrese y comuníquese. EDGARD GALLEGOS MELGAR Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional - Arequipa 35937