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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (11/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 213745 NORMAS LEGALES Lima, martes 11 de diciembre de 2001 Subestaciones Tensión PEMP PEMF Base kV ctm. S/./kW.h ctm. S/./kW.h Oroya Nueva 220 11,72 8,53 Oroya Nueva (2) 50 11,69 8,54 Carhuamayo 138 11,67 8,52 Caripa 138 11,74 8,55 Machupicchu 138 9,78 7,24 Cachimayo 138 10,12 7,49 Cusco (3) 138 10,16 7,52 Combapata 138 10,52 7,80 Tintaya 138 10,91 8,12 Ayaviri 138 10,71 8,01 Azángaro 138 10,59 7,90 Juliaca 138 10,97 8,13 Puno 138 11,18 8,24 Puno 220 11,19 8,25 Callalli 138 11,04 8,21 Santuario 138 11,18 8,29 Socabaya 138 11,26 8,33 Socabaya 220 11,29 8,32 Cerro Verde 138 11,29 8,36 Repartición 138 11,31 8,37 Mollendo 138 11,33 8,37 Montalvo 220 11,28 8,32 Montalvo 138 11,29 8,33 Toquepala 138 11,22 8,30 Aricota 138 11,17 8,28 Aricota 66 11,14 8,28 Tacna 220 11,32 8,33 Tacna 66 11,36 8,32 Artículo 2º.- Modificar los valores contenidos en la pri- mera tabla del numeral 1.2 del Artículo Segundo, colum- nas "d", "e", "f", "g", "s" y "cb", en la parte correspondiente al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), en la siguiente forma: Sistema d e f g s cb SEIN 0,0975 0,0208 0,1565 0,6329 0,0000 0,0923 Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página WEB de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifa- ria de OSINERG: www.cte.org.pe. AMADEO PRADO BENÍTEZ Presidente del Consejo Directivo 36097 SENAMHI Aprueban modificaciones del Plan de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI para el año 2001 OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0196-SENAMHI-JSS-OGA-OAS/2001 Lima, 30 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que deberá ser aprobado por la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0289-SENAM- HI-OGA-OAS/2000 de fecha 28 de diciembre del 2000, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI para el año 2001;Que, es necesario modificar el citado Plan Anual, incorporando al mismo la construcción de obras, nuevas adquisiciones y modificando algunas, como Repuestos y Componentes para Instrumental Hidrometeorológico y Equi- pamiento Hidrometeorológico, en menor cantidad a la pre- vista con anterioridad, entre otros; De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM; con la visación del Director Técnico, la Direc- tora de la Oficina General de Administración, el Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del SENAMHI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las modificaciones del Plan de Adquisiciones y Contrataciones del SENAMHI para el año 2001, según el anexo adjunto las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones modificado, sea puesto a disposición del público, de conformidad a lo señalado en el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación y remisión de la presente Resolución al Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comi- sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROM- PYME, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. Regístrese, comuníquese y archívese. GUSTAVO EBERMANN TREMOLADA Jefe del SENAMHI 36081 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 027-2001-MDSM Mediante Oficio Nº 266-2001-SG/MDSM la Municipa- lidad Distrital de San Miguel solicita se publique Fe de Erra- tas de la Ordenanza Nº 027-2001-MDSM, publicada en nuestra edición del 28 de noviembre de 2001, página 213178. En la Nomenclatura de Infracciones Municipales: DICE: (...) 301 Por apertura de establecimiento sin tener autorización Municipal 40% Clausura (...) 311 Por permitir la alteración del orden público, la moral, buenas costumbres y la tranquilidad del vecindario 20% (...) 510 Por no encontrarse los baños en mal estado y antihigiénicos 10% DEBE DECIR: (...) 301 Por apertura de establecimiento sin tener autorización Municipal 60% Clausura (...) 311 Por permitir la alteración del orden público, la moral, buenas costumbres y la tranquilidad del vecindario 20% Clausura (...) 510 Por encontrarse los baños en mal estado y antihigiénicos 10% 36083