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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (19/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 214091 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de diciembre de 2001 CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia FERNANDO VILLARAN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción Social RAUL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 36595 P C M Autorizan al Ministro de Educación a ausentarse del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 656-2001-PCM Lima, 18 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el señor Nicolás Javier Lynch Gamero, Ministro de Educación, debe ausentarse del país para atender asuntos de índole personal, del 21 al 28 de diciembre del 2001; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor Nicolás Javier Lynch Gamero, Ministro de Educación, a ausentarse del país para atender asuntos de índole personal, del 21 al 28 de diciem- bre del 2001. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema no irro- gará gastos al Estado, y no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su cla- se o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 36600 Encargan la Cartera de Educación al Ministro del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 657-2001-PCM Lima, 18 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación, señor Nicolás Javier Lynch Gamero se ausen- tará del país, con el fin de atender asuntos de índole per- sonal, del 21 al 28 de diciembre del 2001; Que, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho del Ministro de Educación, al señor Fernando Miguel Rospigliosi Capurro, Ministro de Estado en el Despacho del Interior a partir del 21 de diciembre del 2001, y mientras dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 36601 Autorizan viaje de Consejero Presiden- cial para Asuntos Económicos a los EE.UU., a fin de participar en Asamblea General de la ONU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 658-2001-PCM Lima, 18 de diciembre de 2001 Visto el Oficio Nº 478-2001/CMPR/DGAdm del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República; CONSIDERANDO: Que del 8 al 12 de noviembre del 2001 se llevó a cabo la 56º Asamblea General de las Naciones Unidas en la ciu- dad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica; Que es pertinente autorizar en vía de regularización la participación de un funcionario que formó parte de la dele- gación de apoyo que acompañó al Presidente Constitucional de la República en el evento antes mencionado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar en vía de regularización el viaje del doctor DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG, Con- sejero Presidencial para Asuntos Económicos del Presi- dente de la República, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, del 8 al 12 de noviembre del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo de la Unidad Ejecutora 001 Despacho Presidencial del Pliego Presi- dencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos : US$ 1320.00 Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado deberá de elaborar un informe sobre las actividades realizadas en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 36602