Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2001 (19/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2001

sobre el particular ha remitido la Contraloria General de la Republica a este Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y la Resolucion de Contraloria Nº 261-2000CG; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Inspector General del Ministerio de Energia y Minas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 36606

la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la Servidumbre Area de Servidumbre 222,00 m² Propietario del Predio Estado Peruano

41112101

Estacion Repetidora Cerro Cuto Cuto Ubicacion: Distrito de Masma, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA Coordenadas UTM: VERTICE ESTE NORTE 8 699 058,00 8 699 076,00 8 699 076,00 8 699 058,00

A 450 848,00 B 450 848,00 C 450 854,00 D 450 854,00 Cota m.s.m.: 3 712

Area de servidumbre de transito: MORDAZA de herradura desde la base del cerro hasta la caseta repetidora.

Imponen servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA a favor de Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 433-2001-EM/VME MORDAZA, 25 de diciembre de 2001 VISTO: El Expediente Nº 41112101 organizado por Empresa de Transmision Electrica del Centro Norte S.A. ETECEN, solicitando la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Cuto Cuto, ubicada en el distrito de Masma, provincia de Jauja, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, ETECEN, concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 081-94-EM y 071-96-EM de fechas 17 de noviembre de 1994 y 23 de agosto de 1996, respectivamente, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Cuto Cuto; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el informe favorable Nº 097-2001-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Cuto Cuto, ubicada en el distrito de Masma, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, a favor de Empresa de Transmision Electrica del Centro Norte S.A. - ETECEN, con caracter permanente, de acuerdo a

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ETECEN, debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ETECEN, debera velar permanentemente para evitar que el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 31725

TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
Autorizan viaje de funcionaria para participar en reunion de grupo de trabajo establecido en Memorandum de Entendimiento para regularizar situacion migratoria de ciudadanos peruanos y bolivianos
RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2001-TR MORDAZA, 18 de diciembre de 2001 VISTO: El Memorando Nº 102-2001-TR/DM del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion Social, de fecha 11 de diciembre de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, se llevara a cabo la II Reunion del Grupo de Trabajo establecido en el "Memorandum de Entendimiento para regularizar la situacion migratoria de ciudadanos peruanos y bolivianos entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Bolivia", a desarrollarse el 13 de diciembre de 2001; Que, de acuerdo al documento de visto, la Directora de la Oficina de Asuntos Internacionales, doctora MORDAZA MORDAZA Santander, ha sido designada para participar en dicho evento como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion Social;

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