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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2001 (06/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

Pág. 196944 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de enero de 2001 OSITRAN Autorizan publicación del texto y anexos del Contrato de Concesión para la explotación de la Carretera Arequipa-Matarani, en la página web de OSITRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2001-CD/OSITRAN Lima, 4 de enero de 2001 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Públi- co - OSITRAN; VISTO: El informe oral de la Vicepresidenta del Organismo Supervisor de Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN presentado ante el Consejo Directivo en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2000; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal d) del Artículo 5º de la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, uno de los objetivos de OSITRAN es fomentar y preservar la libre competencia en la utilización de la infraestructura pública de transporte por parte de las Entidades Prestadoras en beneficio de los usuarios; Que, asimismo el literal o) del Artículo 7º de la referida ley establece que una de las principales funciones de OSITRAN, consiste en llevar a cabo las acciones que requieran la promoción de una efectiva y leal competencia entre las Entidades Prestadoras vinculadas a la infraes- tructura pública nacional de transporte; Que, en ese sentido el literal c) del Artículo 3º del D.S. Nº 024-98-PCM, Reglamento de Organización y Funcio- nes de OSITRAN, señala que para el cumplimiento de sus funciones OSITRAN deberá velar por el adecuado funcio- namiento y mantenimiento de todos los servicios comunes de apoyo a la actividad de las Entidades Prestadoras; Que, se ha evaluado la conveniencia de contribuir al conocimiento del sistema de concesiones relacionado con el ámbito de competencia de OSITRAN y de las condicio- nes para la prestación de los servicios materia de conce- sión; Que, en ese sentido se ha previsto implementar los mecanismos de difusión que sean necesarios para tal fin, difundiendo entre los usuarios involucrados y la comuni- dad en general, entre otros, el texto íntegro del Contrato de Concesión suscrito entre el Estado y la empresa Con- cesiones de Carreteras S.A. - CONCAR, para la explota- ción de la Carretera Arequipa -Matarani, incluyendo las Bases de la Licitación y sus respectivos anexos; Que, del mismo modo y con el objeto de garantizar la transparencia en la ejecución de las labores de supervi- sión que la Ley Nº 26917 otorga a OSITRAN, se cree pertinente difundir los informes de supervisión continua y especial desarrollados hasta la fecha, y aquellos que se realicen con posterioridad, a fin de que las personas interesadas puedan conocer el procedimiento que ha venido realizando OSITRAN para verificar el cumpli- miento de las obligaciones legales y/o contractuales de los Concesionarios; Que, el Artículo 12º de la citada ley y el literal c) del Artículo 7º de la norma reglamentaria establecen que corresponde al Consejo Directivo de OSITRAN, dictar en el ámbito de su competencia normas referidas a intereses, obligaciones o derechos de las empresas concesionarias, operadoras, prestadoras de servicios o usuarios; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la publicación del texto ínte- gro del Contrato de Concesión suscrito por el EstadoPeruano con la empresa Concesiones de Carreteras S.A. - CONCAR para la concesión de la explotación de la Carretera Arequipa - Matarani, incluyendo las Bases de la Licitación y sus respectivos anexos en la página web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Artículo 2º.- Autorizar la publicación de los Informes de Supervisión Continua y Especial desarrollados hasta la fecha por OSITRAN, así como aquellos informes que se realicen con posterioridad. Artículo 3º.- Los usuarios y público en general ten- drán a su disposición en las oficinas de OSITRAN el contrato de concesión y demás documentos mencionados en el Artículo 1º, para su respectiva consulta. Artículo 4º.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese, publíquese y archívese. LEONIE ROCA VOTO - BERNALES Vicepresidenta 15589 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen disposiciones para la modificación de rutas de empresas concesionarias del servicio de trans- porte urbano de pasajeros RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 666-2000-MML-DMTU Lima, 29 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que con el fin de reordenar el servicio de transporte urbano en la ciudad de Lima, la Dirección Municipal de Transporte Urbano ha proyectado llevar a cabo un Estu- dio Integral de Rutas, cuyo desarrollo se ha iniciado con el proyecto denominado Tratamiento del Transporte Urba- no en el Centro de Lima que comprende su Sector I, que se encuentra delimitado por la Av. Abancay, Av. Grau, Paseo Colón, Av. Alfonso Ugarte y Río Rímac; Que el Estudio Integral de Rutas comprende el análi- sis detallado de las mismas, para que una vez concluido, se proceda a conferir la prestación del servicio a través de Procesos de Concursos Públicos, así como de Procesos de Autorización; Que las empresas autorizadas a operar el servicio público de transporte regular de pasajeros presentan solicitudes relacionadas a la modificación, ampliación o recorte de rutas que tienen en concesión; Que para la evaluación de las rutas de la ciudad se hace indispensable contar con información actual de las rutas en operación, sin modificaciones, ni alteraciones durante el tiempo de estudio, razón por la cual no resulta conve- niente acceder a solicitudes en ese sentido; Que, sin embargo lo señalado en el considerando anterior, es necesario que se reubiquen los paraderos o terminales que por diversas circunstancias dificultan el normal desenvolvimiento de los vecinos, o crean conges- tión vehicular en la zona; Que el segundo artículo de la Ordenanza Nº 104, modificada por la Ordenanza Nº 231, señala que es atribu- ción de la Autoridad Administrativa, reformular el Plan Regulador de Rutas, así como disponer modificaciones, ampliaciones, fusiones y permutas de rutas; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des y demás normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que a partir de la publi- cación de la presente Resolución, y por el transcurso de un