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Pág. 196947 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de enero de 2001 CUADRO Nº 2 COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES AÑO 2001 TOTAL CONCEPTO ANUAL 1 GASTO DE PERSONAL 688 200 Mano de Obra Directa 585 600 Mano de Obra Indirecta 102 600 2 BIENES 189 307 Depreciación de Equipos 1 800 Herramientas y Uniformes 148 961 Utiles de Escritorio 2 886 Bienes Complementarios 35 660 3 SERVICIOS 194 702 Riego con cisterna 133 000 Servicios Básicos 26 042 Servicios Complementarios 35 660 COSTO TOTAL 1 072 209 El servicio de serenazgo comprende la ejecución de tareas, tales como el mantenimiento y mejora del servicio de vigilancia pública, protección civil y atención de emer- gencias, en procura de seguridad ciudadana. Su presta- ción por parte de la Municipalidad de Barranco ocasiona- rá los costos reseñados en el Cuadro Nº 3. CUADRO Nº 3 COSTO ANUAL DEL SERVICIO DE SERENAZGO AÑO 2001 TOTAL CONCEPTO ANUAL 1 GASTO DE PERSONAL 856 200 Mano de Obra Directa 753 600 Mano de Obra Indirecta 102 600 2 BIENES 210 264 Equipos Comunicación e Informática 47 100 Depreciación de Equipos 854 Uniformes y Limpieza 46 900 Utiles de Escritorio 3 610 Combustibles y Lubricantes 67 200 Bienes Complementarios 35 660 Suministros 8 940 3 SERVICIOS 293 158 Mantenimiento y Respuestos 42 900 Servicios Básicos 18 143 Servicios Complementarios 35 660 Seguros 4 455 Apoyo PNP 192 000 COSTO TOTAL 1 359 622 En el Cuadro Nº 4 se muestran los costos totales por servicio de arbitrios municipales. CUADRO Nº 4 COSTO TOTAL ANUAL AÑO 2001 SERVICIO MONTO Limp ieza Pública 2 317 912 Parques y Jardines Públicos 1 072 209 Serena zgo 1 359 622 COSTO TOTAL 4 749 743 La recaudación por concepto de los Arbitrios se obtiene al aplicar los criterios establecidos en la norma, utilizando los montos fijos para cada tramo dependiendo del uso o actividad desarrollada en el predio y del valor del mismo. 15507MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban apertura de vía denominada Calle 2 de Mayo Choque RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000430 Puente Piedra, 28 de noviembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, el Expediente Administrativo Nº 0982-2000, pre- sentado por el Asentamiento Humano "SAN PEDRO DE CHOQUE", mediante el cual solicitan el Proyecto y Autori- zación de la Apertura de Vía denominado Calle 2 de Mayo Choque; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Expediente Administrativo Nº 9260-2000, presentado por el Ministerio de Agricultura de la Unidad Agraria Departamental LIMA-CALLAO, Ad- ministración Técnica, Distrito de Riego Chillón-Rímac- Lurín certifica la inoperatividad de dicha acequia de riego Tambo Inga; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0049-96, se aprobó el PROGRAMA DE APERTURA DE VIAS, en todo el ámbito del distrito de Puente Piedra, correspon- diente a las Zonas Urbanas o de extensión Urbana; Que, de acuerdo a la Nueva Constitución Política del Perú, Art. 192º, Inc. 5, Artículos 1035º al 1054º del Código Civil; Reglamento de Habilitaciones Urbanas, Normas Técnicas de Zonificación General de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el distrito de Puente Piedra, Reglamento Nacional de Construcciones y demás Normas afines al tema de viabilidad que involucra la red Vial y categoría de vías; Que, el Ministerio de Agricultura emite la Resolución Administrativa Nº 171-2000-AG-UAD.LC/ATDR.CHRL, de fecha 29.9.2000 donde declara la EXTINCION DE LA SERVIDUMBRE DE RIEGO DEL CANAL DE REGA- DIO "TAMBO INGA", en un tramo de 188.00 M2 lineales colindantes, de frente con el cerro Choque del distrito de Puente Piedra; Y, estando los Informes Nº 075-2000-DPU-DDU- MDPP de fecha 11.10.2000 de la División de Planea- miento Urbano; Informe Nº 162-OAL-MDPP-2000 de la Oficina de Asesoría Legal de fecha 21.11.2000, y en uso de las facultades conferidas por la Ley de Municipalida- des Nº 23853; RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la apertura de la Vía deno- minada Calle 2 de Mayo Choque zona San Pedro de Choque, del distrito de Puente Piedra, provincia y depar- tamento de Lima; las características técnicas indican en el Plano de Vía. La longitud y sección son las siguientes: Primer Tramo PI-O a PI-1 de 35.00 metros lineales Segundo Tramo PI-1 a PI-2 de 45.60 metros lineales Tercer Tramo PI-2 a PI-3 de 89.60 metros lineales · La longitud total es de 188.00 metros lineales. · La sección transversal de dicha vía es de 12.00 metros lineales en toda longitud. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Dirección de Desarro- llo Urbano el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 15616