Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2001 (23/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Disposicion Complementaria:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de enero de 2001 DIRECTIVA Nº 02-2001-MP-FN

Los Fiscales Provinciales y Superiores deberan coordinar todas las actuaciones relativas a la aplicacion de la Ley Nº 27378 con el Fiscal Superior Coordinador designado conforme a la citada norma. RESPONSABILIDADES: Los senores Fiscales Provinciales, Superiores, y el Fiscal Superior Coordinador seran responsables del cumplimiento de las normas contempladas en la presente directiva. 16796

"Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador" a que se refiere la Ley Nº 27378, que Establece Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada. OBJETO: Reglamentar las Funciones del Fiscal Superior Coordinador en el ambito de la Ley Nº 27378. FINALIDAD: Establecer los mecanismos de coordinacion entre los Fiscales Provinciales, Superiores y el Fiscal Superior Coordinador delimitando sus funciones, y estableciendo modalidades de reporte de informacion que permitan evaluar en el futuro los resultados de la aplicacion de la Ley Nº 27378 atendiendo principalmente a su naturaleza transitoria establecida en su Cuarta Disposicion Final. BASE LEGAL: Decreto Legislativo Nº 052 -Ley Organica del Ministerio Publico-. Ley Nº 27378 - Ley que Establece Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada-. ALCANCE: El presente Reglamento es de aplicacion para todos los organos competentes del Ministerio Publico que intervengan en la aplicacion de la Ley Nº 27378. NORMAS GENERALES Y ESPECIALES: 1.- Son Funciones del Fiscal Superior Coordinador orientar y concertar estrategias y formas de actuacion de los Fiscales Provinciales y Superiores en la aplicacion de la Ley que establece beneficios por colaboracion eficaz en el ambito de la criminalidad organizada, asi como comunicar periodicamente al Despacho de la Fiscal de la Nacion todo lo referente a la participacion del Ministerio Publico en este ambito. 2.- En el desempeno de sus funciones el Fiscal Superior Coordinador debera: 2.1. Proponer al Despacho del Fiscal de la Nacion la expedicion de Directivas a efectos de cautelar y facilitar la debida aplicacion de la Ley por parte de los Fiscales a cargo de los casos concretos. 2.2. Informarse en todos los casos de las reuniones que celebraran los Fiscales Provinciales o Superiores con los colaboradores, o con sus abogados y el Procurador Publico en el MORDAZA de lo prescrito en el Articulo 9º de la Ley Nº 27378. Para tal efecto los Fiscales Provinciales o Superiores, sin perjuicio de las coordinaciones directas que se lleven a cabo, deberan remitir un informe escrito, con caracter de confidencial al Fiscal Coordinador el mismo que debe contener cuando menos la siguiente informacion: a) Identificacion del Colaborador (generales de ley). b) Situacion Juridica del Colaborador (Investigado, procesado, condenado). c) Delitos con los que se encuentra involucrado el colaborador. d) Ambito de colaboracion eficaz a tenor de lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley, siempre que se cuente con esta informacion MORDAZA de celebrarse la reunion. 2.3. Informarse, en todos los casos, de las reuniones celebradas con los colaboradores o con sus abogados y con el Procurador Publico cuando el agraviado es el Estado, de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral precedente. En este caso, el Fiscal Provincial o Superior competente debera remitir MORDAZA del Acta a que se refiere el Articulo 12º de la Ley y MORDAZA del Proyecto de Acuerdo a celebrarse con el colaborador al Fiscal Superior Coordinador.

Aprueban la Directiva "Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador" a que se refiere la Ley Nº 27378
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 071-2001-MP-FN MORDAZA, 22 de enero del 2001 VISTO: El proyecto de Directiva "Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador" a que se refiere la Ley Nº 27378, Ley que Establece Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º de la Ley Nº 27378 se designara a un Fiscal Superior Coordinador a fin que oriente y concerte estrategias y formas de actuacion de los Fiscales en la aplicacion de los Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada, estableciendo que el Fiscal de la Nacion debera reglamentar sus Funciones; Que, en consecuencia, en concordancia con lo dispuesto en el mencionado dispositivo, y en el Articulo 5º y 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 022001-MP-FN "Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador" a que se refiere la Ley Nº 27378, que Establece Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada. Articulo Segundo.- El cumplimiento de las normas contenidas en el "Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador", que forma parte de esta Resolucion, es de responsabilidad del Senor Fiscal Superior Coordinador designado conforme a Ley y de los Fiscales Provinciales y Superiores que actuen dentro del ambito de la Ley Nº 27378, que Establece Beneficios por Colaboracion Eficaz en el Ambito de la Criminalidad Organizada. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente resolucion a los senores: Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo Transitorio del Poder Judicial, Fiscales Supremos, Fiscal Superior Coordinador, Presidente de la Corte Superior de MORDAZA y Fiscales Superiores Decanos, debiendo estos ultimos hacer lo propio a los Fiscales Provinciales Penales de su competencia. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

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