Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2001 (23/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 23 de enero de 2001

Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias, a MORDAZA MORDAZA BABILONIA MORDAZA DE DEL MORDAZA o MORDAZA MORDAZA BABILONIA MORDAZA DEL MORDAZA, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 16832 RESOLUCION SUPREMA Nº 026-2001-JUS MORDAZA, 22 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que PINAN MORDAZA, MORDAZA se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; Que el caso de la referida interna de setentitres (73) anos de edad, de acuerdo a su respectivo certificado de nacimiento, por su avanzada edad, por sus condiciones personales, familiares y su estado de salud, se adecua a los requerimientos de una decision humanitaria, por encontrarse debidamente acreditada su edad en el certificado MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118º, inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias, a MORDAZA PINAN MORDAZA, quien viene cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 16833

Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Informe de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, de fecha 13 de diciembre del 2000, que recomienda la concesion de Indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creo una Comision Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la Republica en forma excepcional, la concesion de indulto y derecho de MORDAZA, para quienes se encuentren condenados por delito de terrorismo o traicion a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonablemente que no habrian tenido ningun MORDAZA de vinculacion con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234, se otorgo al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 26655; Que la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas para casos de Terrorismo y Traicion a la Patria, creada por Decreto Supremo Nº 003-2000-JUS, ha recomendado la concesion de indulto a favor del citado ciudadano, por encontrarse su solicitud dentro de los alcances del Articulo 1º de la Ley Nº 26655; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º inciso 21) de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Conceder INDULTO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Chorrillos. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 16834

Conceden indulto por razones humanitarias a 2 sentenciados del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2001-JUS MORDAZA, 22 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que BARKER MORDAZA MORDAZA se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho; Que de acuerdo al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 1201-2000-INPE/OSP, del 12 de octubre de 2000, el citado interno de sesenta y un anos ha sido diagnosticado con una enfermedad pulmonar obstructiva cronica, por lo que requiere de tratamiento medico especializado; Que el caso del referido interno por su avanzada edad, por sus condiciones personales, familiares y su

Conceden indulto a sentenciada por delito de terrorismo o traicion a la patria del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Chorrillos
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2001-JUS MORDAZA, 22 de enero de 2001

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