Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2001 (27/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 27 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan a PROABONOS adquirir combustible a PETROPERU mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
DECRETO SUPREMO Nº 007-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas PROABONOS, es un organo tecnico, desconcentrado del Pliego Ministerio de Agricultura, el cual ejerce competencia exclusiva sobre islas y puntas ubicadas en el litoral peruano, teniendo a su cargo las actividades de extraccion, procesamiento y comercializacion de guano de las islas, como actividad empresarial subsidiaria del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 26857; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 039-2000-AGPROABONOS/DE se aprobo el Plan de Extraccion Anual PROABONOS 2001, donde se preve efectuar labores de extraccion de guano en Punta San MORDAZA (Ica), Punta Coles (Moquegua), Punta Chira (Arequipa), Islas Lobos de Tierra y Lobos de Afuera (Lambayeque); Que, por razones ecologicas vinculadas a la reproduccion de la colonia mas importante de Pinguinos de Humboldt que se realiza durante el periodo de MORDAZA a diciembre de cada ano, PROABONOS ha iniciado en el mes de enero la MORDAZA de Extraccion de guano 2001 en Punta San MORDAZA, a fin de proteger dicha especie y no perturbar su apareamiento; Que, para efectuar el transporte maritimo del guano extraido, se requiere a partir de febrero el abastecimiento continuo de combustible (Petroleo Diesel Nº 2) para las embarcaciones de PROABONOS, habiendose previsto en el Plan de Extraccion Anual de PROABONOS 2001, la adquisicion de combustible hasta por el monto de QUINIENTOS SESENTA MIL y 00/100 Nuevos Soles (S/. 560 000.00), monto que corresponde a un MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica segun lo establecido en el inciso b), Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001; siendo Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU productor y distribuidor de combustibles; Que, el plazo que demandaria la realizacion del citado MORDAZA de seleccion, no permitiria atender oportunamente el combustible (Petroleo Diesel Nº 2) a las embarcaciones, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad de la ejecucion de la actividad extractiva de guano y las operaciones de transporte maritimo que ejecuta el Proyecto Especial, originando la ausencia de dicho bien una situacion de urgencia prevista en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el literal c), Articulo 19º de la Ley Nº 26850, establece que estan exoneradas de licitacion publica, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia declarada de conformidad con la ley; Que, el Articulo 20º de la Ley Nº 26850 y el literal c) del Articulo 44º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, senala que es de aplicacion el procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia, en los supuestos de exoneracion previstos en el Articulo 19º de la citada ley; Que, al configurarse una situacion de urgencia, resulta necesario exonerar a PROABONOS del requisito de Licitacion Publica, autorizandole a adquirir mediante el procedimiento de adjudicacion directa de menor cuantia, combustible (Petroleo Diesel Nº 2), a fin de asegurar la continuidad de las operaciones de transporte maritimo desde las islas y puntas ubicadas en el litoral peruano hasta el Puerto del Callao; De conformidad con lo establecido en el literal c), Articulo 19º, Articulos 20º, 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y literal c), Articulo 44º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98PCM y Decreto Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese en situacion de urgencia, por el plazo de 180 dias, la ejecucion de las operaciones de transporte maritimo que ejecuta el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS del Ministerio de Agricultura, en el MORDAZA de su Plan de Extraccion Anual 2001. Articulo 2º.- Exonerar al Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de combustible (Petroleo Diesel Nº 2) hasta por el monto de quinientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 560

000.00), con cargo al Presupuesto para el Ano Fiscal 2001, del Pliego 013- Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 004PROABONOS, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizase a PROABONOS, a adquirir a Petroleos del Peru S.A. - PETROPERU, a traves del procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, el bien senalado en el articulo precedente, con sujecion a las disposiciones de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, modificatorias y complementarias. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera puesto en conocimiento de la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, la Contraloria General de la Republica y el Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA AMAT Y MORDAZA Ministro de Agricultura 17161

ECONOMIA Y FINANZAS
Aceptan renuncias de presidente y miembro del Comite Especial encargado de la entrega en concesion al sector privado del Proyecto Hidroenergetico y de Irrigacion Alto MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2001-EF MORDAZA, 26 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 623-97-PCM de fecha 4 de diciembre de 1997, se ratifico el Acuerdo de la PROMCEPRI en virtud del cual se establece que la ejecucion y explotacion del Proyecto Hidroenergetico y de Irrigacion Alto MORDAZA, sea entregado en concesion al sector privado, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96PCM, Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 153-99-PE del 25 de setiembre de 1999, se acepto la renuncia de los miembros del Comite Especial a cargo de la entrega en concesion al sector privado del Proyecto Hidroenergetico y de Irrigacion Alto MORDAZA, designandose a los senores MORDAZA MORDAZA Ballen, MORDAZA Guiulfo Zender y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente y miembros, respectivamente, de dicho Comite Especial; Que, los miembros del referido Comite Especial han presentado su renuncia al encargo encomendado mediante Resolucion Suprema Nº 153-99-PE, habiendose propuesto por parte de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, encargar al Comite Especial constituido mediante Resolucion Suprema Nº 485-96-PCM, la ejecucion del MORDAZA de entrega en concesion al sector privado del Proyecto Hidroenergetico y de Irrigacion Alto Piura; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por los senores MORDAZA MORDAZA Ballen, MORDAZA Guiulfo Zender y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al encargo encomendado mediante Resolucion Suprema Nº 153-99-PE, como Presidente y miembros, respectivamente,

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