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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2001 (27/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 197815 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de enero de 2001 Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, a través de la Dirección General de Telecomunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, viene desarrollando el Proyecto "Apoyo a la Comunicación Comunal", el mismo que cuenta con el equipamiento requerido por IRTP; Que, a efectos de garantizar la continuidad en la operación de las estaciones radiodifusoras por televisión de las cuales es titular IRTP, es necesario que el Ministerio ceda en uso a favor de dicho instituto, 181 equipos de recepción satelital y trans- misión local pertenecientes al Proyecto "Apoyo a la Comunica- ción Comunal", debiéndose suscribir el respectivo Convenio; De conformidad con el D. Leg. Nº 560 y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del sector Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Cesión en Uso a celebrarse entre el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú. Artículo 2º.- Designar al ingeniero Jorge Menacho Ra- mos, Viceministro de Comunicaciones para que en representa- ción de este Ministerio, suscriba el convenio al que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 17127 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2001-MTC/15.03 Mediante Oficio Nº 186-2001-MTC/15.05 el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 038-2001-MTC/15.03, publicada en nues- tra edición del 22 de enero de 2001, en la página 197596. DICE: Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de concesión suscrito con la empresa TELEPUERTO INTERNACIONAL DEL PERU S.A. para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la República del Perú, en consecuencia sin efecto la Resolución Ministerial Nº 090-99-MTC/15.03; (...) DEBE DECIR: Artículo Único.- Declarar resuelto el contrato de concesión suscrito con la empresa TELEPUERTO INTERNACIONAL DEL PERU S.A., para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, en consecuencia sin efecto la Resolu- ción Ministerial Nº 090-99-MTC/15.03, en lo concerniente a dicha modalidad; (...) 17128 CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncias de magistrados de juzgados penal, de trabajo y de paz letrado del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 019-2001-CT-PJ Lima, 26 de enero de 2001 VISTA; La solicitud de fecha 4 de diciembre del 2000, mediante la cual el doctor José Luis Huirse Zelarayan formula renunciairrevocable al cargo de Juez Penal Titular del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima; CONSIDERANDO: Que, el doctor José Luis Huirse Zelarayan, fue nombrado en el cargo titular de Juez de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Lima, mediante Resolución Suprema Nº 317-86- JUS, de fecha 29 de octubre de 1986; Que, del Oficio Nº 24-2001-GD-OCMA-FAT de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del 12 de enero del presente año, así como del Oficio Nº 39-2001-P-EE- CCR-ODICMA-L, de la Presidencia del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 17 de enero del 2001, se observa que el Magistrado renunciante no tiene proceso disci- plinario alguno en trámite; Que, asimismo, del Oficio Nº 022-2001-P-CNM del 15 de enero del 2001, remitido por el Consejo Nacional de la Magis- tratura, tampoco aparece proceso abierto por inconducta fun- cional contra el referido Magistrado; Que, en consecuencia, el Magistrado antes citado no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones establecidas en la última parte del Artículo 172º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, a mérito de la certificación de firma de fecha 11 de diciembre del año 2000; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, en Sesión de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Roger Rodríguez Iturri, por encontrarse de viaje en comisión de servicios; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, la solicitud de renun- cia formulada por el doctor José Luis Huirse Zelarayan, al cargo de Juez del Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima (ex Juez de Ejecución Penal del Distrito Judicial de Lima). Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTIZ BERNARDINI HUGO SIVINA HURTADO VICTOR RAUL MANSILLA NOVELLA CARLOS MONTOYA ANGUERRY JUAN VERGARA GOTELLI 17099 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2001-CT-PJ Lima, 26 de enero de 2001 VISTA; La solicitud de fecha 11 de diciembre del 2000, mediante la cual el doctor Samuel Cristobal Anchante Pérez, formula renuncia irrevocable al cargo de Juez Titular del 5to. Juzgado Especializado en lo Laboral de Lima; CONSIDERANDO: Que, el doctor Samuel Cristobal Anchante Pérez, fue nom- brado en el cargo titular de Juez de Comunidades Laborales de Ica, mediante Resolución Suprema Nº 0105-75-PM/ONAJ, de fecha 26 de junio de 1975, siendo posteriormente reubicado al Quinto Juzgado de Trabajo de Lima; Que, del Oficio Nº 14-2001-GD-OCMA-FAT de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del 11 de enero del año en curso, así como del Oficio Nº 38-2001-P-EE- CCR-ODICMA-L, de la Presidencia del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 17 de enero del 2001, se observa que el Magistrado renunciante no tiene proceso disci- plinario alguno en trámite; Que, asimismo, del Oficio Nº 023-2001-P-CNM del 15 de enero del 2001, remitido por el Consejo Nacional de la Magis- tratura, tampoco aparece proceso abierto por inconducta fun- cional contra el referido Magistrado; Que, en consecuencia, el Magistrado antes citado no se en- cuentra comprendido dentro de las limitaciones establecidas en la última parte del Artículo 172º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, a mérito de la certificación de firma de fecha 11 de diciembre del año 2000; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Poder Judicial, en Sesión de la fecha, sin la intervención del señor Consejero