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Pág. 197810 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de enero de 2001 JUSTICIA Encargan funciones de Jefa del Archi- vo General de la Nación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2001-JUS Lima, 26 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 006-98-JUS, del 13 de enero de 1998, se ratificó a la doctora AIDA LUZ MENDOZA NAVARRO como Jefa del Archivo General de la Nación, Nivel F- 6, Organismo Descentralizado del Sector Justicia; Que el Artículo 4º de la Ley Nº 25323 establece que el Poder Ejecutivo nombra al Jefe del Archivo General de la Nación por un período de tres años; Que habiéndose vencido el período a que se refiere el Considerando precedente, se ha considerado conveniente encargar a la referida doctora las funciones de Jefa del Archivo General de la Nación; Que resulta pertinente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 y 595 y Decretos Leyes Nºs. 25515, 25957 y 25993; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a la doctora AIDA LUZ MENDO- ZA NAVARRO, las funciones de Jefa del Archivo General de la Nación, Nivel F-6, Organismo Descentralizado del Sector Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17165 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2001-JUS Mediante Oficio Nº 0176-2001-JUS/SG el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 030-2001-JUS publicada en nuestra edición del día 23 de enero de 2001, en la página 197613. DICE: Artículo Unico.- ... quienes se encuentran en el Esta- blecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro Lima. DEBE DECIR: Artículo Unico.- ... quienes se encuentran en el Esta- blecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro Lima y Establecimiento Penitenciario Yanamilla Ayacucho, respec- tivamente. 17062 PESQUERÍA Otorgan licencia a Gyoren del Perú S.A.C. para operar planta de congela- do a bordo de embarcación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2001-PE/DNPP Lima, 25 de enero del 2001 Visto el Escrito de registro Nº CE-00002002, del 2 de enero de 2001, presentado por GYOREN DEL PERU S.A.C.,representante legal en el Perú del armador japonés TAKE- BAYASHI GYOGYO KABUSHIKI KAISHA. CONSIDERANDO: Que el Artículo 138º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, estable- ce que los armadores y, en general, las personas naturales y jurídicas que operen embarcaciones pesqueras de bandera nacional y de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales, requerirán de permiso de pesca y, en su caso, de licencia para el procesamiento a bordo; Que a través de la Resolución Directoral Nº 004-2001-PE/ DNE, del 5 de enero de 2001, se otorgó permiso de pesca a GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés TAKEBAYASHI GYOGYO KABUSHI- KI KAISHA, para que opere la embarcación pesquera de bandera japonesa "RYOUN MARU Nº 16", en la extracción del recurso calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas ) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la línea de costa, con vigencia hasta el 5 de febrero del 2001; Que mediante el escrito del visto la recurrente, solicita licencia para la operación de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la embarcación pesquera de bandera japonesa denominada "RYOUN MARU Nº 16", a fin de que desarrolle la actividad de congelado; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesque- ría, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2000-PE, por lo que resulta procedente otorgar a la recurrente licencia para la operación de la planta de procesamiento a bordo de la embarcación señalada en el considerando anterior, con una capacidad instalada de 80 t/día, licencia que tendrá vigencia hasta el término del respectivo permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral a que se refiere el segundo considerando; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 010-2001-PE/DNPP-Dn, de fecha 4 de enero del 2001, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en las Resoluciones Ministeriales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE; los Artículos 43º, inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca; los Artículos 59º, 60º y 61º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- mo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés TAKEBA- YASHI GYOGYO KABUSHIKI KAISHA, licencia para la operación de la planta de congelado a bordo de la embarca- ción que a continuación se indica: EMBARCACION CAPACIDAD (t/día) VIGENCIA HASTA RYOUN MARU Nº 16 80.00 5/2/2001 Artículo 2º.- La licencia de operación a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución caducará auto- máticamente al término del plazo mencionado en el mismo artículo. Artículo 3º.- La empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., deberá operar su planta de procesamiento de recursos hidro- biológicos con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que asegu- ren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimis- mo, deberá contar con un sistema de control de proceso que garantice la óptima calidad del producto, así como cumplir con las normas y procedimientos para evitar la contamina- ción marina. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 17068