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Pág. 198168 NORMAS LEGALES Lima, domingo 4 de febrero de 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2001-TR Lima, 3 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regional de Trabajo y Promoción Social del Consejo Transitorio de Administración Regional Junín; Que, en consecuencia es necesario designar al funcio- nario que desempeñe dicho cargo; Que, mediante Oficio Nº 92-01-CTAR JUNIN-PE el Pre- sidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional Junín propuso la terna respectiva, conforme a lo dispuesto en el literal g) del Artículo 14º del Organigrama Estructural y el Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922, Ley Marco de Descen- tralización, y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, que aprobó el Organigrama Estructural y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de los Consejos Transitorios de Administra- ción Regional; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al doctor EDDY RAMIRO MISARI CONDE como Director Regional de Trabajo y Pro- moción Social del Consejo Transitorio de Administración Regional Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 17587 M T C Aprueban Reglamento de Transporte Fluvial Comercial DECRETO SUPREMO Nº 005-2001-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 683, se declaró de necesi- dad y utilidad pública y de preferente interés nacional el transporte acuático comercial en el tráfico nacional o Cabo- taje; Que, así mismo se declaró la libertad total de rutas en el citado tráfico, eliminándose todas las restricciones y obstá- culos legales y administrativos que impidan la adecuada y eficiente prestación de los servicios de transporte acuático comercial a las Empresas Navieras Nacionales; Que, en ese sentido, se hace necesario establecer el marco normativo y de procedimientos administrativos del trans- porte fluvial, con el fin de lograr su ordenamiento operativo y de control, que facilite y promueva el desarrollo de sus actividades; Que, en este contexto resulta necesario expedir el Regla- mento de Transporte Fluvial Comercial que constituya el instrumento legal regulatorio de las actividades de este modo de transporte; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 683; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, el mismo que consta de noventa artículos, una disposición complementaria y cinco disposiciones tran- sitorias. Artículo 2º.- Derógase o déjase en suspenso, según el caso, las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los dos días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción REGLAMENTO DE TRANSPORTE FLUVIAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I :Ámbito de Aplicación Capítulo II : Definiciones TITULO II DEL TRANSPORTE FLUVIAL Capítulo I :Generalidades Capítulo II :Del Transporte Fluvial de Pasajeros Capítulo III :Del Transporte Fluvial de Carga Capítulo IV :Del Transporte Fluvial Mixto Capítulo V :Del Transporte Fluvial Turístico Capítulo VI :Del Transporte Fluvial de Apoyo Logístico Propio Capítulo VII :Del Transporte Fluvial de Apoyo Social TITULO III DE LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TRANSPORTE FLUVIAL Capítulo I :De la Constitución Capítulo II :Del Capital TITULO IV DE LOS REGISTROS Capítulo I :Del Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan Servicio de Transporte Fluvial Capítulo II :Del Registro Administrativo Especial de Empresas Navieras Extranjeras de Trans- porte Fluvial Internacional TITULO V DE LOS PERMISOS DE OPERACION Capítulo I :Generalidades Capítulo II :De los Requisitos y del Otorgamiento Capítulo III :De la Renovación de Permisos de Operación TITULO VI DE LAS EMBARCACIONES Capítulo I :Generalidades Capítulo II :De los Fletamentos Capítulo III :De Incremento o Reducción de Flota TITULO VII DE LAS DIRECCIONES REGIONALES TITULO VIII DEL CONTROL Y FISCALIZACION TITULO IX DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES DISPOSICION COMPLEMENTARIA DISPOSICIONES TRANSITORIAS REGLAMENTO DE TRANSPORTE FLUVIAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I Ambito de Aplicación Artículo 1º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento se aplicarán a los servicios de transporte fluvial