Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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RESOLUCION DIRECTORAL Nº 100-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 26 de enero del 2001

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese.

VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 2000-002992, 2000-002992-A, 2000-002992-B, 2000-002992-C, 2000002992-D, y 2000-002992-E, organizados por "TURISMO CIVA" S.A.C., Informe Tecnico Nº 034-2001-MTC/ 15.18.04.1.ATR y Memorandum Nº 217-2001-MTC/ 15.18.04, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, "TURISMO CIVA" S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 0342001-MTC/15.18.04.1.ATR concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 217-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 070-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de "TURISMO CIVA" S.A.C., la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA : : : : : : : MORDAZA - MORDAZA y viceversa MORDAZA MORDAZA CHIMBOTE-CHICLAYO-CRUCE OLMOS Una (1) diaria en cada extremo de ruta Tres (3) omnibus Dos (2) omnibus de placas de rodaje VG-5413 (2000) y VG-5423 (2000) Un (1) omnibus de placa de rodaje VG-5409 (2000) Salida de Lima: 17.00 horas. Salida de Jaen: 17.00 horas.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 17354 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 101-2001-MTC/15.18 MORDAZA, 26 de enero del 2001 VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 2000-002997, 2000-002997-A, 2000-002997-B, 2000-002997-C y 2000002997-D, organizados por "TURISMO CIVA" S.A.C., Informe Tecnico Nº 037-2001-MTC/15.18.04.1.ATR y Memorandum Nº 214-2001-MTC/15.18.04, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, "TURISMO CIVA" S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: MORDAZA - Tumbes y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 0372001-MTC/15.18.04.1.ATR concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 214-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 075-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de "TURISMO CIVA" S.A.C., la concesion de ruta: MORDAZA - Tumbes y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : MORDAZA - TUMBES y viceversa : MORDAZA : TUMBES : CHIMBOTE-TRUJILLO-SAN MORDAZA DE LLOC-PACASMAYO-CHEPENCHICLAYO-PIURA-SULLANA-TALARAMANCORA ESCALA COMERCIAL : T R U J I L L O - C H I C L A Y O - P I U R A SULLANA-TALARA-MANCORA FRECUENCIAS : Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Cuatro (4) omnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus de placas de rodaje VG5405 (2000) y VG-5392 (2000) FLOTA DE RESERVA : Dos (2) omnibus de placa de rodaje VG-5393 (2000) y VG-5414 (2000) HORARIOS : Salida de Lima: 14.00 horas. Salida de Tumbes: 14.00 horas.

FLOTA DE RESERVA : HORARIOS :

Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95MTC.

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