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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (08/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 198332 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de febrero de 2001 ESCALAS COMERCIALES :TINGO MARIA - AGUAYTIA - SAN ALEJANDRO - VON HUMBOLDT FRECUENCIAS :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: UO-7919 (1995), UO-7920 (1995) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: UO-2577 (1994) HORARIOS :salida de Huánuco: 08.00 horas salida de Pucallpa: 08.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes menciona- dos. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segun- do párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presen- te Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 15338 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio de transporte terres- tre interprovincial de pasajeros en las rutas Arequipa-Juliaca, Lima-Arequi- pa, Lima-Ayacucho, Lima-Jaén y Lima- Tumbes RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 097-2001-MTC/15.18 Lima, 26 de enero de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2000-002995, 2000-002995-A, 2000-002995-B, 2000-002995-C y 2000- 002995-D de fechas 28 de noviembre y 26 de diciembre del 2000 y 10, 12 y 18 de enero del 2001, organizados sobre concesión de ruta del servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, soli- citado por TURISMO CIVA S.A.C., Informe Técnico Nº 035- 2001-MTC/15.18.04.1.ATR y Memorándum Nº 215-2001- MTC/15.18.04, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa TURISMO CIVA S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Arequipa-Juliaca y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentación presentada según Informe Técnico Nº 035-2001-MTC/ 15.18.04.1.ATR concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memo-rándum Nº 215-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 072-2001-MTC/15.18.01 ambas dependen- cias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de TURISMO CIVA S.A.C. la concesión de ruta: Arequipa-Juliaca y viceversa, para prestar servicio público de transporte terrestre interpro- vincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :AREQUIPA - JULIACA y viceversa ORIGEN :AREQUIPA DESTINO :JULIACA ITINERARIO :MOQUEGUA-DESAGUADERO-PUNO ESCALA COMERCIAL :MOQUEGUA-DESAGUADERO-PUNO FRECUENCIAS :Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: VG-5402 (2000) y VG-5403 (2000) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: VG-5404 (2000) HORARIOS :Salida de Arequipa: 18.00 horas Salida de Juliaca: 18.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con rela- ción al año de fabricación de los vehículos antes menciona- dos. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segun- do párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 17350 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 098-2001-MTC/15.18 Lima, 26 de enero de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 2000- 002998, 2000-002998-A, 2000-002998-B, 2000-002998-C y 2000-002998-D de fechas 28 de noviembre y 26 de diciembre del 2000 y 10, 12 y 18 de enero del 2001, organizados sobre concesión de ruta del servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por ca- rretera en ómnibus, solicitado por TURISMO CIVA S.A.C., Informe Técnico Nº 036-2001-MTC/15.18.04.1.ATR y Me- morándum Nº 213-2001-MTC/15.18.04, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. CONSIDERANDO: Que, la empresa TURISMO CIVA S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Lima-Arequipa y viceversa, al ampa- ro de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público