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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (08/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 198335 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de febrero de 2001 Las tarjetas de circulación serán expedidas con relación al año de fabricación de los vehículos antes mencionados. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 17352 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Yauyos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 109-2001-MTC/15.18 Lima, 30 de enero de 2001 VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 2001-000027 y 2001-000027-A, de fechas 2 y 15 de enero del 2001, organizados por la empresa de transportes BUSS Y RE- YES S.A.C. sobre concesión de ruta: Lima - Yauyos y viceversa, Informe Técnico Nº 031-2001-MTC/ 15.18.04.1.RCM y Memorándum Nº 168-2001-MTC/ 15.18.04, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes BUSS Y REYES S.A.C., mediante los expedientes indicados en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: Lima - Yauyos y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Ómnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, para el efecto ha presen- tado la documentación establecida en el Artículo 13º del Reglamento acotado; Que, la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentación presentada según Informe Técnico Nº 031-2001-MTC/ 15.18.04.1.RCM concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento así como en lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000- MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memo- rándum Nº 168-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 091-2001-MTC/15.18.01 ambas dependen- cias de la Dirección General de Circulación Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción aproba- do por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Orgánica del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de la empresa de transpor- tes BUSS Y REYES S.A.C., la concesión de ruta: LimaYauyos y viceversa, para prestar servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en ómnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - YAUYOS y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :YAUYOS ITINERARIO :SAN VICENTE DE CAÑETE - IMPERIAL - LUNAHUANA - PACARAN - ZUÑIGA - COTAHUASI ESCALA COMERCIAL :IMPERIAL FRECUENCIA :Dos (2) diarias en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR :Cinco (5) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Cuatro (4) ómnibus de placas de rodaje: UF-1363 (1981), UI-6978 (1986), UO- 9761 (1991) y UI-6969 (1984) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus de placa de rodaje UI-7169 (1981) HORARIOS :Salida de Lima: 06.00 y 06.30 horas Salida de Yauyos: 02.30 y 04.30 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas con relación al año de fabricación de los vehículos antes mencionados. Segundo.- La presente resolución deberá ser publica- da por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el párrafo precedente, se aplicará lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolu- ción a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. OSCAR MORENO ARAUJO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 17698 CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Constituyen Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial para el Año 2001 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 053-2001-P-CT/PJ Lima, 6 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 165º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el Proce- dimiento Administrativo Disciplinario para Funciona- rios, estará a cargo de una Comisión Especial que obser- vará similar procedimiento que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, por Resolución Administrativa Nº 095-SE-TP- CME-PJ de fecha 21 de febrero del 2000, se constituyó la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios del Poder Judicial para el año 2000; Que, por necesidad del servicio resulta conveniente para el año 2001, dictar el acto administrativo que designe