Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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(Direccion exacta, indicando MORDAZA, numero, A.H., Urbanizacion, Sector, etc.) Distrito .............., Provincia............., Departamento.......... Con Domicilio en MORDAZA o Callao en: ................................................................ (Direccion exacta, indicando MORDAZA, numero, A.H., Urbanizacion, Sector, etc.) Distrito .............., Provincia............., Departamento.......... Estado civil: (Marcar con una «x» el estado civil) Casada: ..................... Conviviente: .............. III. FINALIDAD DE LA SOLICITUD Por la presente el suscrito solicita acogimiento al beneficio de Refinanciamiento de deuda dispuesto por el Decreto Supremo Nº -2001-PE, y declara bajo juramento que todos los datos que manifiesto son ciertos, asumiendo mi total responsabilidad si se verificase la falsedad de los mismos. IV. COMPROMISO Me comprometo a acudir en compania de mi conyuge/ conviviente, garante y/ o fiador, segun sea el caso, a efecto de suscribir toda la documentacion que fuera necesaria para acceder al Refinanciamiento, caso contrario, me comprometo a diligenciar los poderes que resulten necesarios. V. ANEXOS Acompano los siguientes documentos: - MORDAZA de la Libreta Electoral o DNI del adjudicatario solicitante. - MORDAZA de la Libreta Electoral o DNI de la conyuge o conviviente. - MORDAZA de Recibo de pago cualquier empresa de Electricidad, Agua, Telefono que contenga el domicilio real senalado; o Certificacion policial del domicilio senalado. VI. LUGAR Y FECHA DE LA SOLICITUD .................... , ................. del mes de ..................... de 2001. VII. FIRMAS ............................................................ Firma del solicitante adjudicatario NOMBRE: ............................................. ................................................................................... Firma de la conyuge o conviviente del solicitante. NOMBRE: ................................................ 17838

travalor dirigido a brindar apoyo economico al sector pesquero; Que con fecha 21 de marzo de 1995 se suscribio entre los gobiernos del Peru y Japon los documentos denominados Nota Reversal y Acuerdo sobre Modalidad de Aplicacion a traves del cual el FONDEPES fue beneficiado con cuarentisiete (47) camiones isotermicos de 10 TM MORDAZA International, en el MORDAZA del IV Non Project MORDAZA Aid; Que la donacion indicada se efectuo en favor del FONDEPES, siendo aprobada por Resoluciones Supremas Nº 044-96-PE correspondiente a cuarentiseis (46) vehiculos, y Nº 010-97-PE correspondiente a un (1) vehiculo; Que el FONDEPES de acuerdo a las atribuciones concedidas por su MORDAZA de creacion el Decreto Supremo Nº 010-92-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 01592-PE, genero programas crediticios a fin de adjudicar en credito los vehiculos mencionados a personas naturales y juridicas del sector pesquero artesanal que hubieran calificado como sujetos de credito; Que dado el tiempo de fabricacion de estos vehiculos, que datan de 1996, es necesario actualizar su precio de realizacion, y contando el FONDEPES con un saldo de 28 vehiculos que deben ser adjudicados a valores objetivamente competitivos que permitan su colocacion, debe tomarse como base el valor comercial determinado por el Consejo Nacional de Tasaciones del Peru - CONATA; Que, en consecuencia, es necesario disponer medidas conducentes hacia la realizacion de dichos bienes, a fin de permitir el logro de los fines promocionales del FONDEPES mediante la subasta publica al sector pesquero artesanal y, eventualmente, al publico en general, de conformidad con las normas legales vigentes; De conformidad con lo establecido por el inciso 2) del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De la actualizacion del valor de los vehiculos. El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES queda autorizado a aprobar la actualizacion del valor de los vehiculos adquiridos para la ejecucion de los convenios relativos al IV Non Project MORDAZA Aid al precio fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA. Articulo 2º.- De la adjudicacion por subasta de los vehiculos. El Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES queda autorizado a adjudicar los vehiculos en subasta publica al valor actualizado a personas naturales o juridicas del sector pesquero artesanal, asi como a subastar al publico en general las unidades remanentes. Articulo 3º.- De la Reglamentacion. El Reglamento del presente Decreto Supremo sera aprobado mediante Resolucion Ministerial expedida por el Ministerio de Pesqueria, en el plazo de 30 dias contado a partir de su vigencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los siete dias del mes de febrero de 2001. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 17839

Autorizan al FONDEPES actualizar valor de vehiculos adquiridos en el MORDAZA del IV Non Project MORDAZA Aid y adjudicarlos en subasta publica
DECRETO SUPREMO Nº 004-2001-PE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que dentro del MORDAZA del Decreto Supremo Nº 015-92PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, se suscribio con fecha 8 de marzo de 1991, un Acuerdo de Cooperacion Financiera No Reembolsable con el Gobierno de Japon, por el cual el Ministerio de Pesqueria recibia en donacion camiones isotermicos y accesorios, a fin de generar un Fondo Con-

Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Italia para participar en consulta tecnica sobre pesca ilegal, reunion del Comite de Pesca de la FAO y en la asamblea general de INFOPESCA
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2001-PE MORDAZA, 7 de febrero de 2001

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