Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

a. Sustraccion de pruebas, alteracion de notas, soborno o intento de soborno o grave falta de respeto al profesor o al personal administrativo. b. Incumplir las directivas emitidas por el Consejo Directivo, la Direccion General, Direccion Academica, Subdireccion del Programa, que tipifiquen infracciones con indicacion de la gravedad que les corresponde. c. Quien MORDAZA sido sancionado por falta leve y vuelve a reincidir en otra falta leve incurre en falta grave. d. Quienes hayan sido sancionados por inconducta funcional por el organo de control respectivo. Articulo 28º.- Imposicion de sanciones leves Las sanciones leves son impuestas por el Coordinador Local, cursando informe al Subdirector del Programa. El Coordinador Local notificara al infractor acerca de los hechos ocurridos y la falta imputada, para que en el plazo de dos (02) dias realice los descargos correspondientes. La decision de sancion por falta leve puede ser apelada ante el Subdirector del Programa dentro de los tres dias, en instancia final. Articulo 29º.- Las sanciones graves son impuestas por el Subdirector del Programa. El Coordinador Local, notificara al infractor acerca de los hechos ocurridos y la falta imputada, para que en el plazo de dos (02) dias realice los descargos correspondientes. Vencido dicho plazo, el Coordinador Local informara al Subdirector del Programa, adjuntando el descargo del discente, los documentos pertinentes y emitiendo opinion. La decision de sancion por falta grave puede ser apelada ante la Direccion Academica, dentro de los tres dias, en instancia final. DISPOSICION FINAL Primera.- Facultese a la Direccion Academica a desarrollar las acciones necesarias para implementar los Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso dirigido a los Magistrados Titulares del Poder Judicial y Ministerio Publico, conforme a la Ley Nº 27368. 17774

Que, para la conformacion de las comisiones de evaluacion es necesario contar con profesionales de reconocida trayectoria profesional, para asegurar una adecuada seleccion de participantes en los cursos del PCA; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, el Estatuto de la Academia de la Magistratura aprobado por Resolucion Nº 01-94/AMAG-CD, el Reglamento del Concurso Publico de Meritos para la Admision a Cursos Especiales del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso, aprobado por Resolucion Nº 002-2001-AMAGCD; y conforme al acuerdo del Pleno del Consejo Directivo de la AMAG, de fecha 1 de febrero del ano en curso; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejese sin efecto la Resolucion Directoral Nº 014-2001-AMAG-DG, publicada el 18 de enero del 2001. Articulo Segundo.- Constituyase las Comisiones de Evaluacion de los Postulantes inscritos en el Concurso Publico de Meritos para la Admision al "Curso Especial del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso, dirigido a los Magistrados Titulares del Poder Judicial y Ministerio Publico, conforme a la Ley Nº 27368"; que estaran conformadas por los siguientes miembros: Comision para Vocales y Fiscales Supremos 1. Dr. MORDAZA Ugarte del MORDAZA, quien la presidira. 2. Dr. MORDAZA Avendano MORDAZA 3. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Comision para Vocales y Fiscales Superiores, Fiscales Adjuntos al Supremo; Jueces Especializados o Jueces Mixtos, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos al Superior Comision A Sedes MORDAZA y MORDAZA 1. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA , quien la presidira. 2. Dr. MORDAZA Ferreira Vildozola 3. Dr. MORDAZA Bramont Arias-Torres Comision B Sedes MORDAZA y MORDAZA 1. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira 2. Dr. MORDAZA MORDAZA Ratti 3. Dr. MORDAZA MORDAZA Chipoco 4. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (suplente) Comision C Sedes MORDAZA y MORDAZA 1. Dr. MORDAZA Vascones MORDAZA, quien la presidira 2. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 17775

Constituyen comisiones de evaluacion de postulantes inscritos en Concurso Publico de Meritos para admision al Curso Especial del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso
RESOLUCION Nº 006-2001-AMAG-CD MORDAZA MORDAZA, 6 de febrero de 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en el MORDAZA parrafo de su Articulo 151º, establece que es requisito para el ascenso en la MORDAZA judicial o fiscal la aprobacion de los estudios especiales que disene e implemente la Academia de la Magistratura; que, ademas el inciso b) del Articulo 2º de la Ley Nº 26335, Ley Organica de la Academia de la Magistratura, senala que es funcion de la misma la capacitacion academica para ascensos de los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico; Que, el literal c) del Articulo 11º de la Ley Nº 26335 establece que la admision al Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso, se efectua mediante concurso publico de meritos que comprende tanto pruebas de conocimiento como la consideracion de los calificativos que hubieren obtenido los postulantes en los programas de actualizacion y perfeccionamiento; Que, el Reglamento del Programa de Capacitacion Academica para el Ascenso, aprobado por Resolucion Nº 011-99-CRG-AMAG, modificado por la Resolucion Nº 025-99-CRG-AMAG, establece el sistema de evaluacion en el Concurso Publico de Meritos; el mismo que dispone la conformacion de comisiones de evaluacion para llevar a cabo tal labor;

Constituyen comision de evaluacion de antecedentes de postulantes al MORDAZA Concurso Publico de Meritos del PROFA para Curso Especial de Preparacion de Aspirantes del Poder Judicial y Ministerio Publico
RESOLUCION Nº 030-2001-AMAG-DG MORDAZA MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 151º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Academia de la Magistratura se

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