Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2001 (10/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 10 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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seguridad de la MORDAZA humana y prevenir la contaminacion del medio ambiente; De conformidad con lo propuesto el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales, a lo recomendado por el Jefe del Departamento de Carga Peligrosa y a lo opinado por el Director del Medio Ambiente de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas; SE RESUELVE: 1. Disponer la aplicacion obligatoria de la enmienda 30-00, del "Codigo Maritimo Internacional de Mercancias Peligrosas" (Codigo IMDG), para el transporte maritimo, fluvial, y lacustre de mercancias peligrosas en bultos y en forma solida a granel y sustancias perjudiciales transportadas en bultos, asi como en todo recinto portuario a nivel nacional. 2. Establecer que las nuevas disposiciones del Codigo Maritimo Internacional de Mercancias Peligrosas (Codigo IMDG), entraran en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion, con un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre del 2001; en cuya fecha seran de cumplimiento obligatorio, a efectos de que las mismas puedan ser implementadas y ser de conocimiento general. 3. El incumplimiento de las disposiciones del "Codigo Maritimo Internacional de Mercancias Peligrosas" (Codigo IMDG), sera sancionado por las Capitanias de Puerto, de conformidad con las normas vigentes. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.). MORDAZA MORDAZA COLE Director General de Capitanias y Guardacostas 17972

aprobo el respectivo Plan de Promocion de la Inversion Privada; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, debidamente concordado con el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, conforme fuera sustituido por el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue a los titulares de concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos incluidas en los alcances del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, las garantias de las obligaciones, declaraciones y garantias asumidas por el Estado, en el respectivo contrato de concesion; Que, la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional para la entrega en Concesion al Sector Privado del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" ha sido otorgada a favor del Consorcio Frankfurt - Bechtel Cosapi, ahora sociedad concesionaria MORDAZA AIRPORT PARTNERS SRL., en acto publico realizado el 15 de noviembre del 2000; Que, de lo senalado, procede que el Estado Peruano otorgue a su favor, las garantias referidas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 26885, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 25570, el Articulo 6º de la Ley Nº 26438, el Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- El Estado Peruano garantiza, mediante contrato celebrado al MORDAZA del Articulo 1357º del Codigo Civil, las declaraciones, obligaciones y garantias a su cargo, contenidas en el contrato de concesion para la Construccion, Mejora, Conservacion y Explotacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", que se celebre con MORDAZA AIRPORT PARTNERS SRL., Sociedad Concesionaria constituida por el consorcio Frankfurt - Bechtel - Cosapi; adjudicatario de la Buena Pro de la Licitacion Publica Internacional para la entrega en Concesion al Sector Privado del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Autorizase al senor MORDAZA MORDAZA Salmon, a suscribir, en nombre y representacion del Estado Peruano, el contrato de otorgamiento de garantia a que se hace referencia en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de febrero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 18008

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan garantia del Estado en contrato de concesion para la construccion, mejora, conservacion y explotacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"
DECRETO SUPREMO Nº 022-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 839, se declaro de interes nacional la promocion de la inversion privada en el ambito de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos y, se creo la Comision de Promocion de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, como el organismo encargado de promover dicha inversion; Que, mediante Ley Nº 27111 se aprobo la transferencia de la Comision de Promocion de Concesiones Privadas - PROMCEPRI, a la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-96-PCM se aprobo el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos y, mediante Decreto Supremo Nº 060-96-PCM del 27 de diciembre de 1996, se promulgo su Reglamento; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 052-98-TR del 6 de setiembre de 1998 se ratificaron los acuerdos de la Comision de Promocion de la Inversion Privada ("COPRI") de fecha 25 de agosto de 1998 en virtud de los cuales: (i) Se determino entregar en concesion el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, bajo los mecanismos del TUO y del Reglamento del TUO; y, (ii) Se

Aprueban donaciones efectuadas a favor de diversos institutos especializados y hospitales del Ministerio de Salud e instituciones privadas
RESOLUCION SUPREMA Nº 113-2001-EF MORDAZA, 5 de febrero de 2001

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