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Pág. 198445 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de febrero de 2001 PROMUDEH Autorizan a procuradora iniciar proce- sos judiciales a ex funcionarios y ex servidores de las Sociedades de Bene- ficencia Pública de Ica y Chiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2001-PROMUDEH Lima, 9 de febrero de 2001 Vistos el Informe "Examen Especial de Auditoría Interna practicado a solicitud del Directorio de la Socie- dad de Beneficencia Pública de Ica al 31 de marzo de 1999"; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo especificado en el Informe de Examen Especial, del Organo de Auditoría Interna de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica se ha determi- nado presunta responsabilidad penal y civil por parte de la ex Presidenta del Directorio de la citada institu- ción así como de otras personas responsables, al haber- se suscrito el contrato con la compañía CASEWOLL S.A.C. sin haber tomado las medidas necesarias que el caso ameritaba; Que de los hechos descritos en el mencionado Informe, se evidencian indicios razonables de comi- sión de responsabilidad penal y presunta responsa- bilidad civil por parte de la señora Sonia Miranda Nieto, ex Presidenta del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica y otros funcionarios, al haberse suscrito el Contrato con la compañía CA- SEWOL S.A.C. sin la documentación legal que sus- tente los pagos que se venían efectuando desde los meses de enero de 1998 hasta febrero de 1999 a través de contratos sucesivos; así como de las otras irregularidades encontradas en la mencionada Institución al incumplirse las Normas Técnicas de Control Interno; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley de Sistema Nacional de Con- trol aprobado por Decreto Ley Nº 26162 los resulta- dos de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH a iniciar las acciones judi- ciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, modificado por Ley Nº 17667, y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y el Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMU- DEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, contra la señora Sonia Miranda Nieto, ex Presidenta de la Sociedad de Benefi- cencia Pública de Ica y otros funcionarios responsables, comprendidos en el Examen Especial de Auditoría practicado a la Sociedad de Beneficencia Pública de Ica y contra aquellos que resulten responsables por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 17965 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2001-PROMUDEH Lima, 9 de febrero de 2001 Vistos el Informe Especial Legal de fecha 21 de noviembre del 2000 y la Hoja Informativa Nº 01-2000- OAI, del Organo de Control Interno de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al contenido del Informe Especial Legal y la Hoja Informativa Nº 01-2000-OAI del Organo de Control Interno de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo se determinó que existiría Respon- sabilidad Penal por parte de los ex servidores y trabaja- dora contratada bajo la modalidad de servicios no per- sonales, por el período comprendido de enero a octubre del 2000 al haberse evidenciado irregularidades en el desempeño de sus funciones; Que de los hechos descritos en el referido informe se evidencia indicios razonables de la comisión de ilícitos penales por parte de los señores Felipe Llere- na Gómez, ex Jefe encargado del Area de la División de Patrimonio e Inmobiliaria, Juana Gutiérrez Sama- mé, Auxiliar del Area de División de Patrimonio e Inmobiliaria, Jaime Cruzado Rivera, encargado del Registro de Estándar en alquileres, emisión de factu- ras y boletas de arriendo al haber permitido la sus- cripción de los Contratos de Locación - Conducción con firma falsificada del señor Tirso Aldana Castro, ex Presidente de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo y con vigencia para dos años con rebaja de alquiler y cobro de la merced conductiva respectiva; siendo corroborado a través de los Dictámenes Peri- cial Grafotécnico Nº 61-2000-PGJ y Nº 80-2000-PGJ, el mismo que concluyó que las firmas de los respecti- vos Contratos de Locación - Conducción fueron falsi- ficadas utilizando el método de "imitación servil"; incumpliéndose por lo tanto las Normas de Control Interno así como la ausencia de Directivas Internas que cautelen los recursos de la Institución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nº 27050 y Nº 27273; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra los seño- res Felipe Llerena Gómez, ex Jefe encargado del Area de la División de Patrimonio e Inmobiliaria, Juana Gutiérrez Samamé, Auxiliar del Area de División de Patrimonio e Inmobiliaria, Jaime Cruzado Rivera, encargado del Registro de Estándar en alquileres, emisión de facturas y boletas de arriendo de la Socie- dad de Beneficencia Pública de Chiclayo y contra aquellos que resulten responsables, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.